I aviendo consultado el Principe de Esquilache, siendo Virrey del Perù, lo mucho que excedian en esta parte, i los daños, i rezagos q̃ dello resultaban, i propuesto los medios que para atajarlos tuvo por convenientes, se le aprobaron por un capitulo de carta fecha en Madrid à 28. de Março del año de 1620. i en el mesmo dia se despachò cedula particular à la Audiencia de Lima, avisando de esta resolucion, i otras generales para todas las Indias, del tenor siguiente.