Todo lo qual, como dize Bobadilla, o{ Bobad. sup. n. 229. }se funda, en que los Reyes pueden prohibir, que los Eclesiasticos no graven à sus subditos, i vassallos con imposiciones i contribuciones ilicitas, i mandar à los Prelados q̃ embien ante ellos i sus Consejos, los Aranzeles de los Tribunales Eclesiasticos, de que tenemos tambien otra ley Recopilada, i un Capitulo de las Cortes de Madrid del año de 1593. i dixe otras cosas en otro capitulo, que se pueden tener en este por repetidas. p{ L. 27. tit. 25. lib. 4. Recop. c. 41. Curiar. de mod. Ego sup. lib. 4. c. 8. }