De donde podemos venir en conocimiento de la justificacion de la nueva cedula del año de 1633. por la qual se mandô imponer en favor de la Real hazienda cierto modo de censo, ò tributo sobre las viñas, que en el Perù se avian plantado, contra las muchas que lo prohiben, de que mas largamẽte he hablado en otro capitulo. l{ Sup. lib. 2. c. 9. }