En el qual, tambien se ha mandado, que intervenga el Contador de cuentas mas antiguo del Tribunal de la Contaduria mayor, como en la otra junta que he dicho, i assi se pratica, pero no lo que es ir las Audiencias a la mano a los Virreyes en estos gastos, ni tampoco el que vayan firmadas de todos las librancas para sacar el dinero dellos de la Real caxa, ni el senalarles precisamente lo que se ha de gastar en los casos referidos, i en que. Assi porque esto no puede ser possible en muchas ocasiones, como por conservar su autoridad, i la confianca grande, que de sus personas se haze en el govierno superior, i porque son los que mas atienden al crecimiento de las rentas, i patrimonio Real, i a escusar los gastos, para poder hazer mayores embios, i socorros todos los anos a su Magestad, de que suele pender, i proceder su mayor credito, aumento, i conservacion.