Por esta via quedò esta gran mina incorporada en la Corona Real, i lo mesmo se fue haziendo de otras muchas, i no menos ricas, que en su contorno se fueron descubriendo, registrando, i labrando, porque todo aquel cerro no parece de veras, sino de māto de azogue, i por aver se agraviado de esto los descubridores, huvo cerca de su satisfacion diferentes mandatos, hasta que ultimamente quedò assentado, que se tuviesse cuenta con ellos, i con sus descendientes, para que en los assiẽtos, i arrendamientos que por orden de su Magestad, i de sus Virreyes se hiziessen, sobre las labores, i beneficio dellas, fuessen preferidos, i se les pagassen en precios justos los azogues que fuessen sacando, como no lot pudiessen extraviar, ni vender à otra persona que à su Magestad, de cuya mano recibian las minas, i los Indios para labrarlas, i se huviessen de obligar à esto, i à tenerlas siempre firmes, limpias, i desmontadas, en conformidad de lo que piden las leyes, i ordenanças de esta materia, de todo lo qual, començando desde el pleito con Amador de Cabrera, i de como lo fueron executando, i entablando los Virreyes don Francisco de Toledo, i don Martin Enriquez, se hallar à particular relaciō en las muchas cedulas, que dello tratan, i estàn copiadas en el tercer tomo de las impressas. p{ Sched. 3. tomo, ex pagin. 416. }