CAP. II.

CAP. II.

Del Azogue, i sus Minas, i derechos Reales en ellas, i en particular de las de Huā cavelica Huancavelica en el Perù; i de como se beneficia la Plata con èl.

AVnqve lo que en el capitulo passado se ha dicho en general delos Metales, cōpete compete tambiẽ tambien al de Azogue, i dèl se deben igualmente los quintos Reales, he querido darle este en particular, por las muchas especialidades, i propriedades, que en si encierra, i el gran provecho que dèl ultimamente se ha experimẽtado experimentado , i sacado parà el nuevo beneficio del oro, i la plata; de que escriben mucho Plinio, S. Isidoro, el P. Ioseph de Acosta, i Lelio Bisciola, i los de| mas Autores, que han tomado à su cargo el tratar de metales, i minerales.
Conformandose, en que con razon se llama en Latin, Argentum vivum ; i en Griego Hydargyros ; i en Arabigo Azogue, porque parece plata viva, ò de agua que corre, segun bulle, i anda de unas partes à otras, penetrandolas todas, sino es el vidro, vasos vidriados, ò los valdreses de cuero, en que le suelen atar, para llevarle à las Indias, que llaman Maitos en el Perù. I que sustenta sobre si, quantos metales ay, por pesados que sean, fuera del oro, que por poco que echen, luego se hunde, i le abraça, i esconde en si, con maravillosa, i natural propriedad.
Su mas ordinario nacimiento suele ser (segun los mesmos Autores) en los minerales, en que se halla incorporado en sus piedras, de que le apartan, moliendolas, i poniendolas en unas hollas tapadas al fuego, el qual le haze subir en humo à otras, que ponen encima, i alli, en enfriandose, se condensa, quaxa, i toma cuerpo, en granos, ò gotas bulliciosas, i muy menudas, de las quales, aunque se hagan cien mil divisiones, no se pierde una, en queriendo bolverlas à juntar con el cuerpo, ô licor de que se separan, que es casi incorruptible, i apenas ay cosa que le pueda gastar, gastandolas èl à todas. Por lo qual Plinio
Plin. sup.
le llama sudor eterno, i veneno dellas. I san Isidoro
D. Isidor. suprà.
añade, que tambien se suele hallar hecho granos en esterquilinios antiguos, i en las cienegas de los poços.
I ay quien diga, que en los
huessos humanos delos sepulcros, i que se hallaron mas de dos on ças del en la calavera de una muger, que se ponia en vida mucho soliman, i la avia penetrado al cerebro, i murio desto, sin que cayessen en ello los Medicos.
I yo puedo testificar, i testifico, que el año de 1638. en la ciudad de Badajoz, cabando un Clerigo un corral suyo, para hazer en èl un poço, ò cisterna, à poca profundidad reconocio, que entre las gredas, i arenas que iba sacando, se hallabā hallaban mezclados muchos granos de azogue virgen, de que admirado, i prometiẽdose prometiendose dello una grande riqueza, dio aviso al Corregidor, i este, juntando los mas granos que pudo, al Rey nuestro Señor, el qual lo remitio à su Real junta de minas, donde yo à la sazon le servia, i por orden suya fui embiado à reconocerlo, i llevando conmigo personas entendidas de estas materias, i aviendo hecho venir otras de las minas del Almaden, por mas diligẽcias diligencias que hize, profundando aquel poço, i atravesandole con diferentes cavas por varias partes, hasta dar en el agua, no pude hallar rastro alguno de piedra, ni metal fixo, de que pudiessen aver procedido aquellos granos, ò tomarse esperança de su duracion, i provecho. I assi, porque el gasto era, i avia de ser siempre mayor que la saca, lo dexè, i me bolvi, reconociendo, que aquel no era mineral, sino un criadero de dichos granos, que la naturaleza prodiga, i luxuriosamente engendraba alli, por la grossedad de la tierra.
Lanceloto Conrado,
(refiriendo à otros) junta tambien muchas propriedades del Azogue, i concluye por dotrina de los Filosofos, que del, i del azufre procedẽ proceden , ò se engendrā engendran todos los metales. I que assi no se debe prohibir el arte Chimica, ò de los Alchimistas, que con la mezcla dellos, i de otros ingredientes que les aplican, i el concurso de los elementos, pretenden sacar plata, i oro, porque esto no es mudar la sustancia de las cosas, lo qual solo Dios puede hazerlo,
sino imitar, ò ayudar con el arte la naturaleza, que tiene encerradas en si, i en este metal, estas, i otras secretas maravillas, que aun para evitar la fascinacion, ò mal de ojo, i otros efetos medicinales, refieren Evonimo Marbodeo, i otros Autores.
Con cuya consideracion, concluye pia, i cuerdamente el Padre Acosta,
Acosta d. c. 10. in fine.
| Que en todas estas, i otras estrañezas, que tiene este metal, es digno el Autor de su naturaleza de ser glorificado, pues à sus leyes ocultas, obedece tan prontamente toda la naturaleza criada.
Simon Mayolo, contentandose con sola la alegacion de Plinio, i S. Isidoro, para lo tocante à las propriedades de este metal, entra confessando, que ay dèl notable penuria en todas partes, por tener como tiene en si mas admirables, i extraordinarios efetos, que todos los otros, i ser siempre raro, i dificultoso de hallar todo lo admirable, i precioso.
Punto que tambien nos le dexò enseñado Plinio, i otros Autores,
porque nuestra madre naturaleza, que como Horacio
dize, no quiso dar nada à los mortales, sin que trabajassen mucho por cō seguirlo conseguirlo , parece que procurò, que esto fuesse mas cierto, en lo que en si fuesse mas raro, i como lo dize el Adagio de Griegos, i Latinos, que apunta, i exorna Erasmo,
esso mesmo les saliesse mas caro.
I assi dixo (aun mas en nuestros terminos) Cassiodoro,
que el trigo, i otras semillas, nos las hizo, ò concedio mas usuales, i francas la naturaleza, mediante la industria, i las viñas, i vinos parece que ellos mesmos porfian por derramarse, i por el contrario quiso escondernos, i dificultarnos tanto los metales preciosos, para que los apetezcamos con mayor ansia, i los busquemos, i saquemos con mayor diliigencia diligencia , i trabajo.
I tengo por cierto, lo que dize Mayolo, de la penuria de este metal, porque aunque en diferentes partes, i tiempos he visto hazer ofrecimientos, i registros de minas del ningunas han llegado à ser de sustancia, i solo las que hasta oy sabemos que la tengan en todo el mundo, son, las de Carintia en Alemania, las del Huancavelica en el Perù, i las de Almaden en Espa ña, cuyos poços descubren, que se començaron à labrar desde el tiẽ po tiempo de los Romanos, i assi lo dà à entender Plinio,
diziendo, que llebavan à Roma cada año mas de diez mil libras de sus metales para solo aprovecharse del bermellon, i que esto lo tenian por excessiva riqueza.
Otras se dize que ay en la China muy caudalosas, i en años passados insistio mucho un Diego de Baeça Portugues, en que se tomasse assiento con el, para traer à la Nueva España, i al Perù, por essa via, los azogues, que fuessen necessarios. Pero esta platica no se admitiò, por la poca seguridad de que alli huviesse tales minas, i por otras justas consideraciones, què se refieren en una cedula de Valladolid tres de Hebrero del año de 1603. escrita al Virrey del Perù don Luis de Velasco, que tambien avia propuesto este medio.
I viniendo aora à tratar delas de Huancavelica, por ser las que mas pertenecen à mi instituto, la historia, i tiempo de su descubrimiento pone bien el Padre Ioseph de Acosta, de quien lo trasladò en Latin, sin citarle, el Padre Bisciola, i en Romance Antonio de Herrera. I en suma es, que governando el Perù el Licenciado Lope Garcia de Castro, el año de 1566. vino à poder de un hombre inteligente, llamado Enrique Garces, Portugues de nacion, una piedra de metal colorado, que los Indios llamaban Llimpi, con que se teñian los rostros, i mitandolo, conocio ser lo que en Castilla llaman Bermellon, i como sabia, que el bermellon se saca del mesmo metal, que el azogue, conjeturò, que las minas dedonde se avia traido aquella piedra, avian de ser de azogue, fue allà, i hizo la experiẽ cia experiencia , i ensaye, i hallò ser assi. I de esta manera se descubrieron las que llaman de Palcas, en terminos de la ciudad de Guamanga, i poco despues un Indio de Amador de Cabrera, llamado Navinccopa, del pueblo de Acoria, descubrio alli cerca las que oy llaman de Huancavelica, i entre ellas, la principal, que tomò el nombre de su Encomendero, i tambien la llamaron la de los Santos, la qual es un peñas| co de piedra durissima, empapada toda en azogue, de tanta grandeza que se estiende por ochenta varas de largo, i quarenta en ancho, en que podian labrar mas de trecientos hombres juntos por su grande capacidad.
Esta mina, por ser tan rica, fue entonces muy codiciada, i sobre ella se le puso pleito al Amador de Cabrera por parte del Fisco, i aunque ganò executoria para gozar su usufruto, por ser descubridora, despues la vendiô al Rey por docientos i cincuenta mil ducados, i pareciendole que avia sido engañado en la venta, tornò à poner pleito, por dezir que valia mas de quinientos mil, i aun à muchos les parecia que mas de un millon, i en seguimiento de este pleito vino à la Corte, donde muriò pretendiendo titulo en recompensa de su derecho, i algunos lugares de tierra de Cuenca dedonde era natural, i Cavallero principal.
Por esta via quedò esta gran mina incorporada en la Corona Real, i lo mesmo se fue haziendo de otras muchas, i no menos ricas, que en su contorno se fueron descubriendo, registrando, i labrando, porque todo aquel cerro no parece de veras, sino de māto manto de azogue, i por aver se agraviado de esto los descubridores, huvo cerca de su satisfacion diferentes mandatos, hasta que ultimamente quedò assentado, que se tuviesse cuenta con ellos, i con sus descendientes, para que en los assiẽtos assientos , i arrendamientos que por orden de su Magestad, i de sus Virreyes se hiziessen, sobre las labores, i beneficio dellas, fuessen preferidos, i se les pagassen en precios justos los azogues que fuessen sacando, como no lot lo pudiessen extraviar, ni vender à otra persona que à su Magestad, de cuya mano recibian las minas, i los Indios para labrarlas, i se huviessen de obligar à esto, i à tenerlas siempre firmes, limpias, i desmontadas, en conformidad de lo que piden las leyes, i ordenan ças de esta materia, de todo lo qual, començando desde el pleito con Amador de Cabrera, i de como lo fueron executando, i entablando los Virreyes don Francisco de Toledo, i don Martin Enriquez, se hallar à particular relaciō relacion en las muchas cedulas, que dello tratan, i estàn copiadas en el tercer tomo de las impressas.
I es de advertir, que segun parecio, por los muchos socabones antiguos, que junto à estas minas se hallaron, ya la avian labrado en su tiempo por muchos siglos los Indios, pero no para sacar dellas el azogue, que no le conocieron, ni estimaron, sino solo el bermellon con que se pintaban, ò como ellos dizen, embijaban, para sus fiestas, i en otros usos. Lo qual no es de maravillar en gente tan barbara, pues para el mesmo efeto llebrvan llevaban de España este metal los Romanos, como se ha dicho. I usaban teñir con el, no solo sus per sonas quando triunfaban, sino las figuras de sus falsos Dioses, especialmente las de Bacho, i lo mesmo hazian los Africanos, i otras naciones, como juntando muchos que de esto tratan, lo dize, i prueba con erudicion el Padre Iuan de Pineda,
i Laurencio Beyerlinch eu su Teatro de la vida humana,
diziendo juntamente, quien fue el primero que descubriò el bermellon, i en que lugares se halla con mas abundancia, i Nicolao Leonico, que escribe tambien de esto, i sus diferencias, i como nos aprovechamos del para la pintura.
I echose de ver, que solo para lo referido se aprovechaban los Indios de este metal, por la gran copia del que se hallò junto à los arroyos, barrancas, ò cochas donde le labavan, de que los nuestros sacaron muchos millares de quintales de Azogue, en los primeros años que estas minas se descubrieron.
Las quales vinieron à ser de mayor estimacion, porque ya en la Nueva-España se avia començado à beneficiar la plata por azogue, i se llevò mucho à aquella provincia, con cuya ocasion se hizieron ricos no pocos. I porque | governando el Perù el Virrey don Francisco de Toledo, un hombre que avia estado en la dicha Nueva España, i sabia aquel beneficio, llamado Pero Fernandez de Velasco, se ofrecio de enseñarle, i entablarle assimesmo en el assiento de Potosi, i hecha la prueba, i saliendo muy bien, el año de 1571. se començ ò alli este beneficio, con los azogues que se llevaron de Huancavelica, que fue el total remedio de aquellas minas; porque ya no rendian los ricos metales que en sus principios, llamados Tacana, i con los azogues se sacò infinita plata, no solo de los que sacaban, por pobres que fuessen, sino aun de los que estaban desechados, que llamaban Desmontes, como lo refiere Acosta, i tomandolo del, Garcilaso.
I de este beneficio usaron, i usan en esta manera (yendose mejorando, i subtiliçando mas cada dia) muelese el metal en unos ingenios que hizieron à la ribera de un rio, que se llama Tarapaya, que està dos leguas del cerro de Potosi, i despues de molido, se cierne en unos cedazos de telas de alambre, i se echa en caxones capaces de cincuenta quintales del, i de cinco de sal, i sobre esto se echa el azogue que parece ser necessario, para que esta harina se amasse, i incorpore una con otra, i luego la dan fuego manso por debaxo, con la llama de unas pajas à manera de esparto, que llaman Icho, con lo qual, i repassarlo muy amenudo, en cinco ò seis dias se incorpora el metal con el azogue, i se lava despues en unas tinas grandes, ò poças de agua, hasta que en el fondo de las bateas, queda el azogue, i la plata, lo qual se junta, i esprime fuertemente en un lienço, en que queda echa la pella de plata, i el azogue que sale della, se recoje en otras bateas. Destas pellas se hazen las piñas à modo de panes de azucar en vaslos de barro. A los quales dan fuego en unos hornos, que tienen hechos para este efeto, i con el fuego se acaba de exhalar en humo el azogue, que ha quedado en la pi ña, i queda la plata acendrada, la qual se reduce à barras, llevandola à ensayar, i quintar à las caxas Reales, como lo dize el mesmo Padre Acosta con gran distincion.
Añadiendo, la suma importancia de que ha sido este beneficio, porque mediante el, el azogue atrahe toda la plata que el metal della tiene, poca, ò mucha, sin dexar nada en ella, i la embeve en si, como la espōja esponja al agua, incorporandola cō sigo consigo , i apartandola de la tierra, plomo, cobre, almartaga, i otras malezas con que se cria, por la oculta, i natural propriedad que Dios puso en el para este, i otros efetos.
Por lo qual, como despues de otros, lo dize don Sebastian de Covarruvias,
hazen grā gran caudal del azogue los Alchimistas, i le llaman entre si, Mercurio. Porque segun fingen los Poetas, como Mercurio era el intervenidor de los Dioses, siendo mensajero de Iupiter: assi el azogue anda entre los metales, i con el se purifican, i refinan, i apartan el oro de la plata.
I antes de averse caido en este beneficio, i secreto tan importante, del qual por lo antiguo no tuvieron noticia los Romanos, ni otra alguna nacion, el modo ordinario que se solia tener en sacar la plata, i oro de las piedras, i tierras en que se cria, era dandolas fuego, una, i mas vezes, hasta que se derritian, i afinaban, dexando toda su escoria, i à esta plata assi acrisolada llama David en su Psalmo
plata examinada con el fuego, i siete vezes purgada de sus mezclas de tierra, i los Latinos Argentum pustulatum, ò pusulatum por las postillas, ò caspas que cria con el fuego de estas purificaciones, como tambien al oro, que en semejante forma purificaban, le llamaron Obryzo, que segun su mas verdadera etymologia se deriva de la palabra Obrussa, que significa este examen, cocimiento, i purgacion que del se hazia por fuego, ò lo que oy dezimos, Probado en la copela, como lo advierten bien Adriano Turnebo, i el Padre Iuā Iuan | de Pineda.
I de este mesmo modo de beneficiar usaron los Indios en las minas de plata que labravan en Porco, antes de la venida de los Españoles, i despues ellos, i los Españoles, assi en essas, como en las de Potosi, adonde se passaron, quando se descubrio el cerro rico, el año de 1545. por cuya causa hizieron en el mas de seis mil guairas, esto es, hornillos, donde fundian los dichos metales, que de noche hazian tan hermosa vista, como si fueran luminarias. I quando mucho, si reconocian, que los metales de plata no eran dociles, ni corrientes, los mezclaban con otro metal baxo, que casi del todo era de plomo, al qual llamā llaman Soroche, que quiere dezir en lenguaje Indiano, cosa que haze deslizar, ò derretir, como mas à la larga lo dizen Acosta, Garcilaso, i el Padre Eusebio Nieremberg. I refiriendo en quantas maneras se saca el oro en el Perù, Antonio de Herrera.
I este ingrediente del plomo, hierro, cobre, i estaño para este efeto, tambien le conocieron, i usarō usaron los Romanos, segun parece de Plinio, i otros Autores.
I entre ellos el Padre Iuan de Pineda.
que trata del plomo Argentario, i de otros mil generos, con que la naturaleza suele variar, i mezclar este metal, que aunque por la mucha copia que ay del, es poco estimable, tiene assimesmo muchas propriedades medicinales, provechosas, i extraordinarias, de que tratan Iorge Agricola, i otros Metalistas.
A los quales podemos añadir à San Cyrilo, referido por el Padre Martin del Rio,
que dize, que al diamante, al qual no puede labrar, ni quebrar otra alguna materia, le quiebra el plomo. I à lo mesmo de fundir, i endulçar la placa con plomo, aludiò Ieremias,
quando dixo como en enigma, Faltaron los fuelles, faltò el plomo, en vano el platero trabaja en sacar la plata, porque aun sus malicias no estàn derretidas.
Con la utilidad pues que se reconocio, como he dicho, en bene ficiarla con el Azogue, creciò mas la estimacion de este metal en todas partes, i en particular en las Indias, i se fueron poblādo poblando , i ennobleciendo mucho las minas de Huancavelica, i à la falta de leña, que se començo à sentir en su contorno, para cozer los hornos, i tapaderas de los azogues, cuya forma dexo apuntada, socorrio Dios con la industria de un entendido minero, llamado Rodrigo de Tores Navarra, que probo à encenderlos con la paja del Icho, de que en todos aquellos montes ay grā de grande abundancia, i crece mas, mientras mas la cortan, ò queman, i le salio mejor este modo de fuego, que el de la leña. Con que aquel mineral llegò à tener todo lo necessario para rendir conmodamente un año con otro de seis â siete mil quintales, que son los que se consumen en beneficiar la plata de Potosi, i de otros minerales de plata, que despues se han ido descubriendo, i poblando, como lo refieren los Padres Acosta, i Bisciola,
añadiendo con Plinio,
Plin. d. lib. 33. c. 4.
que en Roma tambien se introduxo, i tuvo como por milagro, quemar, i acrisolar el oro con paja, i que un metal tan duro, i que apenas se dexaba domar, i derretir con fuego de leña muy fuerte, ardiesse tan presto con el de la paja.
I si bien en algunas ocasiones, por los derrumbamientos que ha avido en estas minas de Huancavelica, i aliviar el gran trabajo, i consumo de los Indios, que para su labor se reparten. I porque tambien abunde de azogues la Nueva- España, se suelen llevar en las Flotas, i Arma das que van de este Reino gruessas partidas dellos, sacados de las minas del Almaden, i traidos de las de Alemania, por assientos que para esto se toman con Estrangeros. Lo cierto es, que la mina de Huancavelica, como se tenga buena cuenta con ella, puede escusar esta costa, i dar azogues para todas las de las Indias, pues en el año de 1617. i parte del de 1618. que Yo tuve à mi cargo su visita, i govierno, i hize | los siete estribos de cal, i canto para su reparo, i sustento, i di principio al Socabon, llamado nuestra Señora de Belen, que ya se ha acabado, i se ha reconocido su mucha importancia, saquè dellas mas de diez mil quintales de azogue, con estar mal paradas, i traer ocupados los Indios en las obras que he dicho.
I por esto se ha mandado por muchas cedulas, que se mire mucho por la conservacion, i buena administracion de aquel mineral, porq̃ porque dèl resulta la prosperidad, i riqueza del Reino. I aunque la provision de su govierno, ò Corregimiento se solia hazer en Espa ña por consulta del Consejo, se dexò despues à los Virreyes del Perù, por cedula del Pardo de 16. de Enero de 1608. años, porque les estuviessen mas subordinados los que se ocupassen en èl. I por otras de Madrid 5. de Otubre de 1607. i de San Lorenço 26. de Abril de 1618. se dà à entender, que convẽ drà convendrà , que de ordinario assista en aquel assiento, i en el de Potosi, un Oidor por Governador, lo qual se va executando quando cō viene conviene . I de mi embiada al de Huā cavelica Huancavelica , se le dieron gracias, i aprobaciones al Virrey Principe de Esquilache, por un capitulo de carta de Madrid 16. de Abril de 1618. por estas palabras: Por lo que contienen ocho cartas vuestras, que en seis, i diez de Abril del año passado de 1617. me escribistes, sobre cosas de mi hazienda, he entendido el estado que tiene. I en quanto à lo que dezis acerca de aver embiado al Dotor Don Iuan de Solorçano Oidor de mi Audiencia Real de la ciudad de los Reyes, por Visitador del assiento de minas de Huancavelica, aviendo entendido el riesgo con que estaban aquellas minas, mediante lo qual se avian reparado, i en quinze meses se avian recogido en los almacenes siete mil i quiniẽ tos quinientos quintales de azogue, ha parecido que està bien, i os agradezco el cuidado que aveis puesto en ello, encaminando, i acudiendo al reparo de estas minas, i os encargo lo prosi gais, pues faltando ellas, cessarian las labores de los metales, de donde resulta la prosperidad, i riqueza de essos Reinos, i estos.
Otras muchas cedulas tocantes à estas minas, i à los assientos i arrendamientos que se han de hazer con los mineros dellas, por no averse tenido nunca por conveniente, que se labren por cuenta, i gasto de la hazienda Real, se hallan en el tercer tomo de las impressas, i ya arriba las dexo apuntadas.
I aunque por una mas antigua, dada en Madrid à 19. de Iunio del año de 1568. dirigida à don Martin Enriquez, que por aquel tiempo era Virrey en la Nueva España, se dà licencia, que todas personas puedan buscar, i labrar minas de azogue en qualquier parte que sea, con que acudan à su Magestad con el quinto de lo que sacaren, en puto, i limpio azogue, por las demas se mandaron poner, i incorporar estas minas de Huancavelica en la Corona Real, como joya tan digna della, i que en todo el Perù nadie pudiesse contratar, ni extraviar sus azogues, ni llevarlos à la Nueva- España, sino fuesse por cuenta de su Magestad. I esso se ha ido, i va cō tinuando continuando , i en conformidad de un capitulo de carta del año de 1573 escrita al Virrey don Francisco de Toledo, en todos los dichos assientos, se les pone por condiciō condicion expressa, que el azogue que cada semana sacaren en caldo, le ayan de llevar al fin della, à las caxas, i almacenes Reales, vendiendole, i entregandole alli à sus oficiales, i recibiendo de mano dellos el precio en que cada quintal estuviere apreciado, i moderado, que en mi tiempo era de quarenta pesos corrientes.
La qual condicion, aunque parece gravosa, i contra las reglas ordinarias del derecho, que disponen, que en este contrato aya mas libertad.
Aqui corre con mucha justificacion, porque pues el Rey les da las minas, i los Indios que les sirven en ellas, por precios tan moderados, no es mucho se le ha| ga essa conveniencia. Demas de ser cosa llana, i assentada en todas las que tocan al Fisco, i especialmente en los metales, salinas, portazgos, i otros derechos semejantes, el privilegio, que el mesmo Fisco tiene, de que sus arrendadores à quienes ha concedido el util dominio dellos, estèn obligados à darle, cederle, ò venderle por el tanto, todo lo que de las dichas cosas huviere menester para su uso i servicio, i que en esto aya de ser, i sea preferido à otros qualesquier compradores, ò personas particulares, como lo dizen muchos Textos, i Autores, que de esto tratan, i copiosamente juntan Tiraquelo, Pedro Barbosa, Covarruvias, Alvaro Valasco, Iorge Cabedo, i don Francisco de Alsaro.
I tambien en los mesmos assientos se ha declarado, i especificado siempre, que ayan de pagar, i paguen sin precio alguno, i horro de todas costas, el quinto de estos mesmos azogues, excepto que algunas vezes se ha reducido al octavo. I ha sido, i es conveniente, que esto se deduzga en contrato, porque de otra suerte, aunque de todas las minas, que son proprias de los mineros, sea cierto, que deban pagar el quinto, como se ha dicho en el capitulo passado, i en las del azogue lo dispone la del año de 1568. que en este he citado, en las que son de la Corona Real, i se dan en arrendamiento por su Magestad con el dicho pacto, no he hallado ley, ni cedula, que disponga se le pague el quinto. Antes mirando lo que passa en las alcabalas, parece, que no se deben de las ventas que se hazen al Rey, ò à otro Señor inferior en su tierra, quando toma à los vassallos alguna cosa de que necessita, dandoles buen cambio por ella, como en explicacion de una ley de Partida, lo advierten doctamente Lassarte, i Iuan Gutierrez.
I porque en la saca, i provision de los azogues, que se reparten en las Indias, ora sean los que se labran en Huancavelica, ora los que se llevan de España, nunca se ha puesto la mira por su Magestad en el interes, i ganancia dellos, ò en ellos, sino en que estèn abundantes de este genero los mineros, i minerales. Porque la experiencia ha mostrado, que de cada mil quintales de azogue, que se consumen, ò reparten, procede un millon de plata, como lo dize una cedula dada en Aranda à 14. de Agosto de 1610. està mandado por otras muchas, i particularmente por aquella tan celebrada del año de 1609. que llaman la del servicio personal, Que el azogue que se vendiere à los mineros se les de al precio, i costo que al Rey le tuviere, puesto en Potosi, i en los demas assientos de minas, por las grandes costas de su labor, i porque hagan mejor paga à los Indios en sus jornales.
En quanto à si estos azogues se les podràn dar fiados, tambien ay muchas cedulas que lo permiten, como sea con seguridad bastante, i à plazos acomodados, i en particular un capitulo de carta, su fecha en Madrid à 28. de Março del año de 1620. escrita al Virrey del Perù Principe de Esquilache, por estas palabras: Assimesmo ha parecido cosa muy conveniente, el aver dado fiado el azogue à los dueños de ingenios de Potosi, por las razones que representais, pues siendo esto con seguridad bastante, i à plaços acomodados, es cierto ha de resultar en beneficio comun de todos, &c.
Pero por averse por esta causa ocasionado muchos rezagos, i ser muy malas de cobrar las ditas antiguas de este genero de personas, se despacharon los años siguientes otras cedulas, para que no se pudiessen dar al siado. I una de S. Lorenço de 27. de Setiẽbre Setiembre de 1614. dirigida al mesmo Virrey Principe de Esquilache, le propone, i aun dispone por buen medio, para ir extenuādo extenuando , i cobrando los dichos rezagos, que sobre el precio de cada quintal que de alli adelante se diesse de contado, que supone que entonces valia en Potosi setenta pesos ensayados, se fuessen cobrando otros ocho pesos mas, por cuenta de lo atrassa| do, que vendria à montar cada año quarenta i ocho mil pesos ensayados, con que no les seria tan sensible la paga. Pero este medio nunca se puso en execucion, ni pudo ser conveniente.
I en quanto à si lo es mas, que se den los azogues fiados, ò de cō tado contado , es punto de los que llaman Problematicos, que se puede porfiar, i dezir mucho por ambas partes. Yo, como se assegure la dita. i el plazo no passe de la primera cosecha, juzgo, que para el mayor aumento della, i de los Reales quintos, conviene darlo fiado, como lo dize el capitulo de carta del año de 1620. que acabo de referir. I me hallo con una cedula del Pardo 18 de Febrero de 1608 en que grave i seriamente se refieren las razones de conveniencia, que el Licẽciado Licenciado Alonso Maldonado de Torres, siendo Presidente de los Charcas avia escrito, para que los azogueros de Potosi fuessen sobrellevados en la satisfacion, i paga de estos rezagos, i se ordena al Virrey Marques de Mō tesclaros Montesclaros , que atendiendo à ellas, use con ellos toda la equidad que fuere possible, si bien por otra de Madrid 4, de Iulio de 1620. dirigida â su sucessor Principe de Esquilache, con ocasion de que el Cō tador Contador Alonso Martinez de Pastrana avia escrito, que yendo à visitar la caxa Real de Potosi, hallava que hasta fin del año de 1618. se debian en ella dos millones quatrocientos i sesenta mil trecientos i diez pesos, los mas de ellos causados de deudas de azogues, se le encarga apriete en su cobrança quanto pudiere, i proceda contra los oficiales Reales por las omissiones que en esto ha avido por lo passado, pues por su dissimulacion i complacencia avia sucedido este daño. I que no se diesse de alli adelante fiado.
I verdaderamẽte verdaderamente la machina de Potosi es tan grande, i se compone de tantas cosas, que ni se deben apurar todas, ni tampoco perderse de vista. I echase de ver lo que en ella obran, i frutifican estos azogues, pues sus Mine ros se han querido, i quieren llamar Azogueros, preciandose mas del nombre del metal, que se les reparte para beneficiar los de plata, que del de la mesma plata, ò minas dedonde la sacan.
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