I por tener nuestros Reyes noticias tan ciertas de esta que he dicho de los Indios, i que podia ser considerable el aprovechamiento, que se sacasse de estas Huacas, entierros, i adoratorios dellos, dize Antonio de Herrera, z{ Herrer. decad. 5. lib. 5. c. 8. pag. 147. }que el ano de 1533. con ocasion de los que se comencaron a descubrir en la governacion de Cartagena, en las sepulturas del Cenu, i despues en las de Peru, se ventilo entre Religiosos la question, si era licito cavarlas, para efeto de sacar dellas los dichos Tesoros? I despues de aver traido algunas razones, que se la hazian dificultosa, i escrupulosa, da a entender, que resolvieron, que como no huviesse sucessores de los que consigo los enterraron, bien se podian sacar con licencia del Rey.