I lo que en nuestro caso importa, es, que estas Encomiendas, pues se hizieron para benemeritos, se repartan entre ellos, i sus descendiẽtes, por el descōsuelo, que les causa verlas dar, i posseer à los que no lo son en aquellas provincias, de q̃ tambien he dicho mucho en otros lugares, i{ Sup. li. 3. c. 8. }pero no puede dañar repetirlo en este, pues veo lo q̃ se va introduciendo, i prevaleciendo el estilo cōtrario, proveyẽdo las mas i mejores, en personas de España, i q̃ segun dotrina de Seneca, k{ Senec. "Nunquam satis dicitur, quod nunquam satis discitur." }nũca se puede tener por culpable repetir lo que se juzga por conveniente, si se conoce, que no se acaba de aprender, ni percebir ò executar como ello conviene.