N. -  NACIONES muy politicas, no tienen noticias ciertas de su origen, 18. a. Trecientas se juntaron en Colcos, que todas hablaban diversas lenguas, 216. b. Muchas estiman mas el hierro, cobre, i estaño, i otras cosas, q̃ nosotros tenemos por viles, q̃ el oro, i la plata, 948. a. b. Refierense otras q̃ de suyo teniā el servir, i sugetarse a otras, 91. b. Algunas llevā como por cosecha el odiar, i calumniar siempre a sus Presidentes, 843. b. Otras suelen ser imputadas de vicios que no tienen, por embidia, ò calumnia de sus contrarios, 246. b. Las recien convertidas, quando, i como podràn ser toleradas en las costumbres, ò ritos de su infidelidad, 211. a. -  NARRATIVA en todas las cosas de gracia debe verificarse cumplidamente, 450. a. -  NATALES, el defecto en ellos que infamia causa, 246. b. -  NATVRALEZA humana pide, que deseemos ayudar mas, i ser de mas provecho a aquellos que mas nos tocan, 900. b. La mesma obliga a los sabios, i poderosos, a guiar, i amparar a los ignorantes, i desvalidos, 426. b. -  NATVRAL, ò originario de las Indias, qual se debe, i puede llamar, i juzgar, i cedulas que de esto tratan, 669. a. b. Las muchas razones que ay para entender que los naturales de cada tierra, seràn mas aptos para los premios, oficios, i goviernos della, 668. b. i sig. Que esto obliga a que regularmente deban ser preferidos en ellos, 264. a. I ser tenidos en los de las Indias, los naturales dellas por hijos legitimos, i los Estrangeros por adoptivos, 668 a. Las demas razones que assisten a esta preferencia, i cedulas Reales que la disponen, i mandan, 664. b. i sig. Que aun donde no ay leyes que lo māden en igualdad de meritos siempre deben ser antepuestos los naturales de cada tierra, 666. i sig. -  NAVARRA Reino, i como se justifica su retencion, 52. b. -  NAVARROS, i Aragoneses si se deben reputar por naturales de los Reinos de Castilla, i de las Indias, para los oficios, i beneficios dellas, i dudas, i declaraciones que sobre esto ha avido, 669. b. i sig. 1010. a. -  NAO VITORIA, dio buelta al mundo, i encomios della, 5. a. La Nave deshecha, que se buelve a rehazer, si se ha de juzgar por la mesma, ò por nueva, 460. b. Las Naves que van de guerra, quanto se requiere que vayan zafas, i boyantes, i porque, i penas de lo contrario, 924. a. Ceremonias que suelen guardar entre si los navios, quando se encuentran en la mar, i si por faltar a ellas se puede hazer justa guerra, 924. a. -  NAVEGACION, navegantes, i negociantes deben ser siempre favorecidos, 979. b. 1008. b. No es justo que los navegantes, i conmerciantes temā mas los puertos, que los naufragios, segun Cassiodoro, 979. b. Quando començaron las navegaciones, i como las usaron los antiguos, 24 a. Si fueron verdaderas las que se refieren de Hannon, i otros à las Indias, 25. a. Si el navegar, i peregrinar merece alabança, i la que por esto se debe a los Españoles, 32 a. b. Quan peligrosas son las navegaciones en los meses de hibierno, i reprehendidas por varios Autores, 922. a. b. Notase el hazer lo contrario estos ultimos años, i los riesgos que en ello se corren, alli. Si a uno se le manda hazer navegacion, se entiende de la segura, i acostumbrada, 780. b. -  NAVFRAGIOS, i Naufragantes, i lo que por todo derecho se manda hazer en ellos, i con ellos, i sus bienes, antes de llegar a tomarlos por perdidos, 964. a. b. Como solian pedir limosna los naufragos, llevando pintado en unas tablas su naufragio, i versos de Iuvenal que a esto aluden, 964 b. Quan abominados, i aborrecidos han sido, i son de algunas naciones los que naufragan, i porque, 966. a. -  NECESSIDAD lo que por su causa se induce, no ha de exceder lo preciso della, 168. a. Las necessidades mas urgentes deben ser socorridas, i preferidas en la distribucion de los premios, 303. b. -  NEGLIGENCIA qualquiera es capital en las causas en que se atraviessa la suma de la Republica, 918. a. El que es negligente en presentar sus cedulas, ò rescriptos, à si debe imputarse la culpa, 317. a. b. -  NEGOCIANTES, vease Mercaderes, i Navegantes, i quales son dignos de estos nombres, i de sus privilegios, 1008. b. Como, i porque estan prohibidos de todo genero de negociacion los Eclesiasticos de las Indias, i mas si son Curas de Indios, 633. a. b. -  NEGOCIOS graves, quien trata de introducirlos, ò resolverlos, que cosas ha de mirar, i prevenir antes de entrar en ellos, segun dotrina del Tacito, i otros, 906. b. -  NEGROS de Guinea, i como se practica su esclavitud, 69. b. Vease Esclavos. -  NEOPHITOS, quales se pueden llamar, i juzgar, 242 a. b. I si ya oy pueden ser tenidos por tales los Indios, alli, i. -  NERON, ay quiẽ diga ha de ser el Anti Christo, 966 a. Su soberbia por sus riquezas, i que esperò le avian de traer los pezes, las que perdiò en un naufragio, alli. Quan burlado se hallo por aver dado credito a uno, que le ofreciò un gran tesoro, 955. b. -  NESTOR, que consejo dio a Agamenon, cerca de dexar votar con libertad a qualquiera en las juntas, 818. a. -  NIETOS, I NIETAS, si podràn casar en las provincias donde sus abuelos son Oidores, i Magistrados, 830 i sig. Quando se comprehenden en el nōbre de hijos, ò hijas, 318 a. Las nietas se tienẽ por excluidas, quando se halla que sus madres lo son por algun estatuto, ò testamento, i porque, 410 b. Quando el nieto ò sobrino tendrà derecho de excluir a su tio, por la representacion de la persona de su padre, 388. a. Los nietos legitimos de hijos i legitimos, no suceden en las Encomiendas, feudos, ni mayorazgos, i porque, 376 a b. Si sucederàn en los aniversarios, i otras materias que llaman successores, alli. -  NILO RIO, como el tiempo vino a manifestar su origen, aunque se tuvo en el antiguo por impossible el llegar a saberse, 24. b. -  NIñOS menores de diez años, no es justo se echen a los obrages, 128. a. -  NOBLEZA, I NOBLES en cada provincia tienen diversos modos, i actos de regularse. 243. b. Como, i en que partes, i casos, se pierde la nobleza por entender en mercaderias, 1009. a. Para q̃ puntos se puede tratar de hidalguia, i nobleza en las Audiencias de las Indias, por incidencia, 774. a. En prometiendo una cosa los nobles se debe dar por hecha, 418. i sig. Como deben servir a sus Reyes en las guerras, aunque no lo ayan jurado, 419. b. Los nobles de Alemania, quan severa, i superiormente se sirven de los rusticos 91. b. Los de Cerdeña, reprehendidos por San Gregorio, porque hazian trabajar a los rusticos en sus heredades, sin pagarlos, ni dotrinarlos, 427. a. -  NOCHE la hizo Dios para el descanso de los hombres, i compensacion del trabajo del dia, 99. a. -  NOE, i sus nombres, i que despues del diluvio, fue segundo Protoplasto del genero humano, 17. a. No se sabe que sus descendientes poblassen tierra alguna fuera de Europa, Asia, i Africa, 17. a. -  NOMBRES verbales, si se toman, i verifican de solo un acto, 1009 b. Los que tenian los Indios en su infidelidad, no se les permiten en el bautismo, ni a los Indios, i porque, 213. a. Dar el nombre en la guerra, i navegacion, que ceremonia es, i como se llamaba entre los Romanos, 924. a. Nombrado ser uno en primer lugar, lo que obra, i la preferencia que le causa, 410. b. -  NOMINACION, i presentacion, es uno de los principales frutos del derecho del Patronazgo, 515 b. Las nominaciones, ò colaciones de Curas de Españoles, i Indios nadie las puede hazer sin presentacion Real, i cedulas que assi lo declaran, 625. b, i siguientes. Quando los Nominadores son tenidos por fiadores, ò subvades, 428. a. -  NORTE, i Sur, que significan, i de la etimologia destos vocablos, 15. a. -  NOTORIEDAD de los delitos, i de que los reos no tienen escusa, ni defensa alguna, quando podrà obrar, que contra ellos se proceda ex abrupto, 459 a. -  NOTARIOS, legos, i Clerigos, como, i por quien pueden ser castigados, si llevan derechos demasiados, ò por otros excessos, 562. b De sus visitas, i residencias, 563. a. -  NOTICIA de alguna cosa, si es visto, ò bastante tenerla uno por cartas particulares, 553. a. -  NOVEDADES en lo que ya està entablado, ò acostumbrado, no se deben admitir facilmente, i daños dellas, 80. a. 90. a. 489. a. b. Con que requisitos las permite Santo Tomas en derogacion de las leyes, alli. En materia de diezmos siempre son prohibidas las novedades, i como se prueba la innovacion, 197. a. -  NOVENOS dos, que en las Indias se reservan para el Rey en los diezmos, i su materia, i administracion, i cedulas que della tratan, 522. b. i sig. Si se pueden cobrar de los Eclesiasticos por juezes seculares, alli, i, 967. i sig. Como los suele distribuir el Rey de ordinario, 969. b. -  NOVICIOS, quando, i para q̃ efetos son tenidos por Religiosos, i si gozan de los feudos, i Encomiendas hasta la profession, 453. b. i sig. -  NVEVO ORBE, i su descubrimiento, 4. i siguientes. Si fue conocido por los antiguos antes del descubrimiento de Colon, 22. i sig. Este nombre es el que mas quadra a las Indias Occidentales, i porque, 8. a. b. Si puede competir, i aun aventajar al antiguo, i en que cosas, 11. b. Su division, i descripcion por mayor, i que es mas que lo restante del mundo, 9 a b. Esta por muchas partes contiguo, ò cercano con el antiguo, i quales son, i que por ellas pudo començarse su poblacion, 21. a. b. Vease Mundo, i Orbe, i Indias Occidentales. -  Nuevo, i duro lo que oy se juzga, como el tiempo lo haze despues antiguo, i sufrible, segun Tacito, 907. a. No aver nada nuevo en el mundo, como se ha de entender, 24. b, Cada edad trae cosas nuevas, i exemplos dellas, 24. a. La nueva forma de la investidura, muda la naturaleza del feudo, ò encomienda, 297 b. -  NVLIDAD por defeto de jurisdicion, nunca es visto excluirse, i si se puede oponer contra las dos sentencias conformes, que en las Indias se mandan executar por el Breve de Gregorio XIII. 571. b. -  NVNCIO Apostolico de España, i sus Breves, porque no corren en las Indias, i cedulas que de esto tratan, 722. i siguientes.