Lo qual es
conveniẽte
conveniente
tener advertido, contra algunos,
q̃
que
se dan
mucha prisa à sacar los titulos de
sus Encomiendas, i los
presentā
presentan
en
el Consejo, sin hazer mencion, que
quedan litigiosas, ò contradichas,
ò del derecho de otros terceros,
para tener ganada, antes
q̃
que
ellos lleguen, la confirmacion, pensando,
q̃
que
cō
con
esto mejoran su causa. Por
q̃
que
deben saber, que no les puede servir
de nada esta prisa, i anticipacion,
pues siempre
q̃
que
pareciere el tercero, i pidiere ser oido en razon de su
derecho, debe ser admitido, como
latamente, despues de otros, lo
prueba Cancerio,
añadiẽdo
añadiendo
, que
el Principe nunca se entiende que
quiere prejudicar à algun tercero
en el derecho
q̃
que
pueda tener
in
rẽ
rem
,
ò
ad rem, i
q̃
que
se presume que le engañaron, si del privilegio ò confirmacion resulta lo contrario, i que
aun quando conste con evidencia,
que fue essa su
volũtad
voliuntad
, se ha de interpretar, i templar desuerte, que
el perjuizio sea el menor que fuere possible.