Pero sin embargo de lo
q̃
que
se ha
dicho por esta opinion, como esto
de inducir, ò escusar presunciones
de fraudes, consiste en el animo, i
sean
tātas
tantas
, i tan vehementes las
cō
jeturas
conjecturas
, i sospechas que se pueden
sacar, i tomar delas circunstancias
de las donaciones hechas en el modo, i tiempo que se ha referido, como parece por lo
q̃
que
dexè ponderado por la contraria, con razon el
mesmo Molina,
concluye,
q̃
que
quā
do
quando
tales casos se ofrecieren, se ha
de deliberar mucho en ellos, como
yo lo he hecho en los
q̃
que
he juzgado, variando sus determinaciones
segun se variaron las calidades, i
circunstancias de las personas, de
las cosas de los tiempos, i de los
modos, i formas de estas donaciones, i lo mesmo he visto hazer i praticar en el Real
Cōsejo
Consejo
de las Indias, en los arduos pleitos sobre
los Espolios, i donaciones
q̃
que
dexaron hechas los Arçobispos de Lima don Toribio Alfonso Mogrovejo, i
dō
don
Bartolome Lobo Guerrero, Obispos del Cuzco
dō
don
Antonio de la Raya, i
dō
don
Fernādo
Fernando
de
Mendoça. I
ultimamẽte
ultimamente
en la causa de que hize mencion al principio de este capitulo, sobre los bienes de
dō
don
Iuā
Iuan
de Valle Obispo de
Guadalaxara, en la qual, despues
de varios autos, i remissiones en
discordia de votos, finalmente se
pronuncio contra las donaciones
q̃
que
avia hecho estando enfermo, aun
que fueron en favor del
Convẽto
Convento
de S. Benito el Real de Valladolid, i de otras obras pias,
aviẽdose
aviendose
juntado para esta determinacion
en virtud de decretos Reales algunos graves i doctos Consejeros
del supremo Consejo de Castilla,
con los del de Indias.