¶ El primero mandamiento es. ¶ Hõrrar a Dios sobre todas las cosas. ¶ Acerca deste precepto, occurren nueue cosas: que son como cabeças principales en que se puede yr contra el. La primera es Jnfidelidad. ¶ Si se aparro dela Fe, no creyendo coss alguna della: y este tal aparramiento se llama Apostasia. O si desere yo alguna cosa dela Fe, esto se llama Heregia. O si dubdo en algunas cosas dela fe: esto es tambien Jnfidelidad. Pero ha se de entender esto. Si determinadamente y con deliberacion quiso dubdar, o no creer: porque si vacila en algo dela fe, sin deliberado consentimiente, no es mas de peccado venial. Tãbien si por miedo nego la fe de palabra: aun que no sea de coraçon, es peccado mortal. Segunda Jdolatria. ¶ Si adoro al demonio, o otra cosa que a Dios verdadero. Tercera, blasphemar de dios o de sus sãctos . ¶ Si blasphemo de Dios. o de sus sanctos. Si maldixo a dios o a sus sanctos: y si nombro injuriosamẽte algunos miembros cubiertos de dios o de sus sanctos. Quarta: del falso culto del verdadero dios. ¶ Si guardo algun rito Judayco, o si inxirio enel culto ecclesiastico alguna falsedad: porque es cosa perniciosa. Quinta, del superfluo culto del verdadero Dios. ¶ Si haʒe algũ excesso de aparato corporal, o de canto: o de musica instrumental. Esto lo comun es peccado venial: pero si el excesso es añadiendo al culto diuino alguna cancion mundana es peccado mortal: porque se haʒe injuria al culto ecclesiastico: y a dios, en honrrarle cõ tales cãciones . Sexta, manifiesta inuocacion delos demonios. Que es peccado mortal. ¶ Si tiene algũa familiaridad, o pacto, o habla: o compañia con el demonio: porque no es licito tratar con ellos: sino como enemigos: o mandandoles como señores suyos en virtud de Dios: y quanto a esto que no hagan mal hablar con el demonio, vana y curiosamente, quando estan en algun endemoniado: como lo acostumbran haʒer muchos, sin dubda es peccado, pues los demonios nos estan denunciados por enemigos: pero no sea mortal: con que no interuenga otra cosa peor: porque es curiosidad o vanidad. Septima, encantaciones y adeuinancas. ¶ Si encubiertamente se halla inuocacion del demonio, es peccado mortal: si no lo escusasse la ignorancia, Y a esto se han de referir las adeuinã ças por estrellas, sueños, gueros, o suertes quã do las suertes fueren supersticiosas: saluo si cree que aquello es medio para alcã çar algo de dios, o que es effecto natural. Y tambien se ha de referir a esto el traer nominas supersticiosas al cuello: saluo que escusa la simplicidad: creyẽdo que no es malo: porque ansi lo vee traer comunmente a los otros: y a ningun sabio oyo deʒir que es malo. Octaua de quebrar los votos o promessas. ¶ Sino cumplio el voto al tiempo deuido. Si hi ʒo voto de haʒer algun mal, como es acuchillar a alguno, o cosa semejante a esto: o si prometio de no haʒer algun bien, como no prestar, o no fiar: porque no solamente no vale nada el voto: ni es obligado a guardario: mas aun peco en haʒerlo. Nona, del tentar a Dios. ¶ Si tento a dios, queriendo que por milagro le socorriesse, poniendo a si o a otro en algun peligro, pudiendo el humanamente valerse, o otra semejante cosa.