Tercera, Desobediencia. ¶ Si no obedescio por menosprecio de aquel a quien era obligado obedescer, como es: perlado, padre, o rey. Si desobedescio en cosas, que so pena de peccado mortal era obligado a haʒer. Si dexo de obedescer con daño de alguno. Si desobe descio en cosas que son de notable importãcia . Si no cũplio los mãdamiẽtos comunes. Y aqui se puede deʒir la guarda de leyes y estatutos.