DE entrãbas partes viene la Torpedad quãdo { L. 51. Ibi. Torpedad de entrambas partes. } el que da algo, comete Torpedad en lo que da, o promete, y aſsi miſmo el q̃ lo reſcibe, comete Torpedad. Y en tal caſo, ni el q̃ promete, eſta obligado a cumplir lo prometido, ni el que recibe, obligado a boluer lo que reſcibio. Como en el exemplo paſſado, ſi entrambos caſados ſabian el impedimento, no valdra la promeſſa de Dote, o Arras, ſino eſta pagado, excepto ſi fueſſen menores de veynte y cinco años, que en tal caſo cada vno cobrara lo que dio.