EL que empena su cosa debaxo de Condi{ L. 41. Tit. 5. Part. 5. No vale el Pacto que no desempenando el Peno, quede vendido por lo que sobre el se dio. }cion, que si a plazo senalado no la desempenare, quede vendida por lo que sobre ella se le dio, tal pacto como este no vale. Mas si fue con pacto que no la desempenando al plazo, quedasse vendida por su justo valor, vale este Concierto y la Vendida, y entonces venido el plazo sera obligado el Comprador a suplir (sobre lo que tiene dado) lo que la prenda mas vale.