LA Vendida de casa, o heredad, hecha compacto que el Comprador no la pueda vender a tales y tales personas (que vaian senaladas) so pena que el contracto sea ninguno no vale, y sin embargo de el concierto la puede vender a quien prohibieron y valdra la Venta. Mas si hai pena en el contracto estara obligado a pagarla, y los danos que al Vendedor se le siguieren, apreciados por su juramento, y moderados por el juez.