¶ De la materia deſta Lei final ſe vea el ſin de la Anotacion de el Titulo xvij. de la Prelacion de Hypotecas, del libro antes deſte, y lo que alli dixe ſe regule por eſta Lei, y ſe entiẽda quando houo Pacto expreſſo, o tacito, o ſubintellecto, de que la Venta ſe hazia porq̃ hizieſſe los frutos ſuios, y el Cõtracto realmente era Peño, y no Vendida; porque en tal caſo no ſolamente no haze los frutos ſuios el Comprador colorado, o fingido, mas aun que paſſe el tiempo no vale la Vendida, porq̃ ſiempre fue ſobre vicioſo fundamento; pero ſino huuo eſte Pacto, o fiction de por medio, ſino Vendida (como alli dixe) y no fingida, el Contracto es bueno, y el Comprador con buena conſciencia haze ſuios todos los frutos lleuados en el tiempo intermedio deſde que hizo la Compra.