EL Vendedor despues de cumpli{ L. 15. Tit. 10. lib. 3. Fue. Como quando y a quien se ha de entregar la cosa vendida. }da Vendida derechamente, sea obligado a entregar lo que vendio a el Comprador (pudiendo ser hauida la tal cosa) y sino la pudiere hauer, sea a escoger del Comprador que le de el valor de la cosa, o el precio que por ella recibio, qual el Comprador mas quisiere.