COntractos Inominatos llaman en Latin,{ L. 5. Tit. 6. Par. 5. L. 45. y. 46. Tit. 14. Par. 5. Contractos Inominatos que son, y su Diuision. } los Pleitos y posturas que han los hombres entre si, en que no interuiene dinero, porque si interuiniesse dinero, ya se harian Contra{ Question. Si el Trueco y la Vendida son vn mismo Contracto. }ctos con nombre. Estos Contractos Inominatos son en vna de quatro maneras. Primera quando doi mi cosa por otra que me dan, y este es el Cambio de que se ha hablado. Segunda, quando doi mi cosa senalada, por que me hagan otra cosa. Tercera, quando hago vna cosa senalada, por que me den otra cosa que me prometen. Quarta, quando hago vna cosa senalada, por que me hagan otra senalada que me prometen, en qualquiera de estos quatro casos, el que por su parte huuiere cumplido lo que es obligado, puede compeler a el otro, que cumpla lo que prometio, o pedir el Interesse que por no lo cumplir se le sigue, el qual se ha de juzgar, y pagar, por jura de el que recibio el dano, estimandolo primero el Iuzgador ante quien se pide.