Bula de Composicion. LA Composicion de que en este Capitulo tracto es, Comutacion, o Trueco de vna{ Composicion que es. } Restitucion en otra, por esto conuiene ante todas cosas saber que es Restitucion, Restitucion viene de Restituo, que en Latin signi{ Restitucion, su Etymologia y significado. }fica tornar la cosa a su estado, de Res que quiere dezir cosa, y Statuo estatuir, assi dezimos Restituir a vn menor agrauiado, quando le tornan aponer en el estado, en que estaua antes que le agrauiassen, hurta vno a otro. C. ducados, mandale el Confessor que los restituia, es dezir que los torne a el estado en que estauan en poder de su dueno, esto es la Restitucion por descripcion. Esta virtud es vna escalera, o puente que esta entre Dios, y el Pecador, sin la qual no puede passarse de el pecado a la Gracia, por esto es la mas importante materia que hai en el Derecho de la Conciencia, Su Conocimiento consiste en quatro{ En que consiste la Restitucion. } cosas, que son saber Quien, Porque, Como, y A quien, se ha de restituir. Las dos primeras son vna misma, que sabido quien ha de restituir, se sabra el porque, y sabido porque, se sabra quien. Esta parte es la mas dificil de todas, que en efecto es saber todo el Derecho escripto, y a esta causa en sin de cada Titulo la tracto (de lo tocante a aquel Titulo) y quien de esta manera no lo tractare, ierra, porque la{ Donde y como trata el Autor la Restitucion. } Restitucion es qualidad de la cosa que se ha de restituir, pues si la cosa no se sabe en perfecion, no podran tratar de ella, como tratare yo la Restitucion de Vsuras, o de Cambios, no tractando cada materia de estas por si? y assi todas las demas, que seria escreuir todo el Derecho, lo qual no se puede hazer en Sumas ni Tratadillos. Las otras dos partes, Como y a quien, tratare en este Capitulo (puesto que sean dificiles) con Resolucion y claridad, trato primero el Como, y luego el a quien se ha de restituir. La Restitucion para ser buena se ha de hazer sin fraude, porque esta virtud reconcilia al pecador con Dios, el qual jamas remite el pecado, al que no haze toda su possibilidad para salir del, porque estando en el peccado, el mismo se haze indigno de la{ Efecto dela perseuerancia en el pecado. } misericordia de Dios, pues que no toma el remedio necessario para aprouecharse de ella, este es la Restitucion al proximo, de todo aquello en que le es a cargo. En todo pecado contra el proximo hai dos ofendidos, vno Dios, otro el Proximo, la cuenta con Dios es facil, mas quiere que la del Proximo preceda a la suia, porque es el medio necessario, y pues Dios esta de pormedio no puede ser fingida{ Restitucion fingida. } sin que el la entienda, y assi sea el primer Requisito, que quien restituie, no haga impression en la persona a quien se restituie, porque aunque el se la remita, se queda con el cargo de antes, como el exemplo de el Capellan de Toledo (que pongo abaxo) aquel Capellan realmente hazia la Restitucion, mas con su persona (aunque era de menor a maior) hazia{ Impression de menor a maior. } impression en el Cabildo, porque hauian de tener algun respecto a su buen comedimiento, y no enconarse cada Canonigo en vna miseria que le podia caber, que si el quisiera restituir de veras, en vn panizuelo lo hauia de dar, sin que nadie supiera de donde venia: esto se ve claro, porque quando entendio que le tenian el embite que hazia de falso, y le comian el ceuo, no torno a ponerle mas en el anzuelo de la hypocresia, y assi quiero, que aquel voto del Canonigo se tenga por Resolucion desta materia que tracto, porque tiene mas sustancia de la que parece, y nos quedo en suma, que la Restitucion no quiere ser hecha por{ Restitucion de cumplimiento. } cumplimiento, sino con entranas de caridad, doliendose de la ofensa que a Dios y a su proximo hizo, si es de fama, o de qualquiera otra cosa, piense que con la misma cosa y no con otra ha de restituir, y esto sea con cordura, porque no traia mas dano la Restitucion, que el pecado principal: esta limitacion no quiero declarar mas, baste esto en quanto a la Forma. En quanto a la persona a quien se ha de ha{ A quien se ha de restituir. }zer la Restitucion, cada, vno se es letrado, y sabe a quien se ha de hazer la Restitucion, cada vno se entiende, y sabe a quien agrauio, a aquel restituia. Esta es la suma de todo, y no hai mas que saber, mas muchas vezes acaece no saber la persona a quien se ha de restituir, o aunque se sepa no poderle hauer: aqui entra la Bula de Composicion, cuio efecto para que mejor se entienda es de saber, que el Papa Apostolico de Roma es senor absoluto de todo el Tesoro Espiritual y Temporal de esta Iglesia Militante, de que Dios le dexo por cabeca. Desta administracion ninguno le puede tomar, ni pedir cuenta, ni el esta obligado a darla sino a quien en ella le puso, que es Dios, y nadie piense que por esto se aprueua lo que el hiziere en su Apostolado mal hecho, que ansi como el Corregidor o Alcalde que tiene poder de el Rei para administrar justicia en vna ciudad, si de hecho quisiesse ahorcar a alguno contra justicia, el que se le quitasse por fuerca tan rebelde y traidor seria a el Rei, como si aquel justiciado mereciera la muerte, por que no le hizo el Rei a aquel particular juez sobre el juez que el tiene puesto, mas por esso no se aprouaria el hecho de el juez, y que no huuiesse de dar cuenta a el Rei que le puso, y esperar del la pena que su delicto merece, ansi el Apostolico dara cuenta a Dios de lo que haze, el qual se la pedira estrechamente, y otro ninguno se la puede pedir, presupuesto esto (que es de Fe y no se puede negar) los Pontifices a quien incumben muchas necessidades temporales que han de remediar, y poco patrimonio con que darles remedio, valen{ Origen de la Composicion. } se de el tesoro espiritual de la iglesia, y a este efecto para obras pias (como es, guerras contra infieles, o fabrica de la iglesia de. S. Pedro, o reparo de otra iglesia) conceden vnas Bulas que llaman de Composicion, que son vna tassa de limosna, que al que la da, le haze gracia de aquello que deue restituir a vn tercero, el qual no sabe quien es, por que sabiendolo, es regla de Dios general y que no recibe excepcion, que el que deuiere, restituia la deu{ Donde hai parte nadie le puede quitar su derecho. }da, por que no saldra de las tinieblas, hasta que pague el postrer marauedi, fingen estas Bulas, que aquel que la recibe, quiere pagar, y no sabe a quien, entonces el Papa (como senor de lo temporal de la iglesia) aplica aquella restitucion a la guerra de infieles, o a la Fabrica, o a donde el quiere (como arriba he dicho) y por que tambien podria hauer duda, que tanto era lo que deuia, moderase lo en cierta quan{ Efecto dela Tassa. }tidad (que comunmente es dos reales de plata) Este es el efecto de esta Bula, el qual tomado como se deue tomar, y como le concede el Papa, es sanctissimo, y de grande, socorro a las animas que dessean su saluacion, mas como acaece (en todas las cosas buenas) que el mal vso de ellas las haze parecer no tales, suelen cargar de estas Bulas Carniceros, Tauerneros, Recatones, y toda esta gente semejante, que biuen de dar pesos y medidas falsas a los que de ellos compran, y en asomando el Iueues Sancto armanse de vna Bula de estas, para Componer se (que quiere dezir concer{ Composicion que significa. }tarse, de donde se llamo Composicion) y por ellas se absueluen, y creen que va perdonado hecho y por hazer, con grandissimo engano suio, y de quien los absuelue, por que la intencion de el Papa no es dar a nadie ocasion para pecar, sino carrera para saluar se y salir de el pecado hecho. La ignorancia de este pecado (que se ha de componer) esta en vna de{ Diuision de Ignorancia de el pecado. } tres cosas, o yo no se lo que he de restituir, mas bien se a quien, o se lo que he de restituir, y no se a quien, o ni se que he de restituir ni a quien, exemplo de el segundo, es vn caminante que passo por vnas vinas, harta se de vuas, y saco para sus companeros, este pongo por caso que saco. XX. libras de vuas, tantas sabe que ha de restituir, mas no sabe a quien, por que era estrangero, y no acertara a la vina, quanto mas saber quien es el senor de ella. Exemplo de el primero, soi Mercader, y por mi libro se que he vendido a Pedro, a Ioan, y a Francisco, y cargado les el pano mas de lo que era razon, mas ni se quanto, ni como, por que ha dias que passo, y el Pedro que era vn moco estrangero se fue donde no sabemos que se hizo, Ioan murio, aunque este Mercader quiera restituir no sabe a quien, ni aun perfectamente quanto, aqui entra en estos dos casos la Composicion, mas no de los dos Rea{ Efecto dela Composicion. }les (como piensan) dize el Papa, tu el de las vuas hae de restituir, y quieres, y no sabes a quien, has de hazer en confuso bien por la anima de aquel cuias eran las vuas que hurtaste, esta obra pia la commuto, en que lo que hauias de gastar en ella, lo gastes en la guerra de Infieles, en lo qual ningun merito tu ganas, como no lo ganaras en las Missas que dezias por el senor de las vuas, sino aquel por quien se dezian, ansi esta limosna que se da contra Infieles, quiero que el merito de ella, sea para aquel senor de las vuas, como si el hiziera esta limosna, y yo de mi poder suplo to{ Resueluese la Composicion. }do lo que esta obra es defectuosa: por no se hazer a el verdadero senor de las vuas, y quiero que le sea de tanto prouecho a el senor por quien se haze, como si tu por el gastaras todo lo que las vuas valian, esta es la verdadera Composicion, y el efecto para que se instituio, mas el que sabe a quien ha de restituir, no puede en poco ni en mucho componerse,{ No hai Composicion donde hai parte. } que seria lo que dize el Refran, descomponer vn sancto para componer otro: cada vno es senor de su hazienda, y quien lo deue que lo pague, y no restituia a otro, fuera que a quien deue, porque pierde lo que restituie, y se queda con la deuda (como antes dela restitucion) assi aquel Mercader (en quien puse exemplo) si sabe a quien deue, aunque no sepalo que le deue, no le aprouechan todas quantas composiciones hai en el mundo, mas que a componerle para el infierno, ha de ir a los pies de{ Remedio donde no se sabe la Deuda, sino el Deudor. } aquel a quien deue, y dezirle, Ved lo que os puedo deuer de tales y tales contrataciones que hemos tenido, y sino puede pagar, pedir que se lo perdone, alomenos haze su diligencia en quanto a Dios, y esto basta por paga. Mas si este puede por si solo liquidar la deuda, esta obligado a ello, y dezirle expressamente al Acreedor lo que le deue, pero si esto lo supiesse, y no pudiesse hauer aquellos a quien ha de restituir, entonces esta obligado a hazer la misma liquidacion de la deuda (que he dicho) y sino la pudiesse hazer precisa, haga la{ La Cuenta sea contra si, y no contra la Restitucion. } poco mas o menos, al gruesso, y antes contra si que contra el otro, y aquello que liquidare deuer, de lo todo a la Composicion, y no se engane con dezir que la tassa es dos Reales, porque aquella tassa fue para el efecto que luego dire, la razon de esto constara resoluien{ Resolucion del Contracto. }do este Contracto, y es, que la obra pia para que se haze la Composicion, sucede (como hemos visto) en lugar del senor de la deuda, a quien se hauia de restituir, y assi como si a aquel (sabiendo su Deudor quien era) restituiendose menos de la deuda, no se satisfazia, lo mismo es restituiendose menos a la obra pia (que sucede en su derecho) porque el Pa{ El Papa no suple dos especialidades. }pa no suple dos especialidades, la vna ignorancia del deudor, la otra ignorancia de la deuda, y la tassa que el hizo de los dos Reales, propriamente es para los dolictos y pecados, de quien dixo el Profeta Dauid, Quita tu cara senor de mis pecados, y delos encubiertos me limpia: los pecados primeros son los manifiestos a el pecador, y en estos que hai par{ El Papa no es parte donde hai parte. }te no tracta el Papa, en los segundos que llama encubiertos (que son los que el proprio pecador no conoce) enestos es la composicion (que es el tercer miembro de la Diuision) co{ Exemplos del Tercer Miembro. }mo si me hallasse yo donde venden trigo a cinco Reales la hanega, y digo sin proposito, que aquel trigo es mui bueno, y otro mas ruin que ello se vende a seis Reales, pujase por esto aquel pan, sin que mi intento fuesse que se pujasse, soi obligado a restitucion de aquel Real que se lleuo demasiado a los Compradores, en tal pecado como este cae bien la Composicion. Siendo moco entra vno en Vinas, o arboleda agena donde coge fruta (no cosa notable) esta bien la Composicion para este: el otro cauador que siendo obligado a cauar todo el dia (por el jornal que le dauan) dormia algunos ratos, todos estos se pueden componer, donde el delicto es poco, y no sabido, ni sabido a quien se ha de restituir. La Razon es,{ Razon dela Decision. } porque en los delictos donde hai parte agrauiada, queriendo seguir su derecho, no le puede excluir el Fisco, que solamente entra donde no hai parte, assi en la Restitucion, donde hai parte, no entra el Fisco de Dios, mas sino la hai, entra Dios por parte, y en su nombre y por el, su Vicario, para senalar quien sucede en lugar de la parte: mas el bienauenturado del Carnicero y Tauernero, que desde que Dios amanece hasta despues de noche, no haze sino echar pesos y medidas falsas (en interesse de. C.o.D.o.M. ducados en vn ano) y despues dize que no sabe a quien lo restituir. Esta es{ Ignorancia crassa y afectada. } ignorancia Afectada, y no Crassa. La Crassa es Necedad gruessa de no entender lo que todos entienden, y esta es de bestias, mas es sufridera, porque es en dano de solo el ignorante, y no mas. Afectada (quiere dezir Procurada) es quando vno a sabiendas procura no saber lo que se conuiene, y esta obligado a saber: y esta es diabolica, pecado infernal, y de mas de esto redunda en dano de tercero (como en nuestro exemplo) piensa este compuesto nouio del demonio con dos Reales satisfazer diez mil que lleua robados, engana se el, y quien se absuelue, porque sino sabe a quien restituirlo, ponga en vna bolsa todo lo que huuiera de restituir si supiera a quien, y delo a la Composicion (que sucede en todo y por todo en el derecho de la Parte interessada) y entonces quedara compuesto, y quando esto haia hecho, no osare firmar que haia satisfecho, porque pecan en confianca de la Bula (y es{ Pecado irremissible. } pecado contra el Spiritusancto) con dezir componerme he, y ha de hazer penitencia por el pecado, y sobre todo esto desenganese quien haze restitucion, que no basta restituir lo que el se aprouecho, sino juntamente con esto el dano que se le siguio a la parte agrauiada. La Razon de esto es, porque como hemos visto{ Que se ha de considerar en la Restitucion. } la Composicion ni da, ni quita derecho a la Parte restituiente, sino que el merito della es a cuenta de la Parte a quien se restituie (como si el hiziera la limosna) pues si el otro pobre hauia menester su hazienda (quando se la robaron) mas que no hazer limosna de ella, el que se la toma de presente para despues hazer limosna por el en su nombre, vn pecado se dexa en medio, lo qual se entendera reduziendo este Contracto a nuestros principios. Si el hazer limosna por fuerca no es meritorio a quien la haze, y hazer limosna de hazienda agena es pecado, forcosamente ha de ser maior pecado que entrambos, hazer a otro que haga limosna de su hazienda aunque el no quiera, que esto es tomar se la yo para restituir la despues. Este es vn punto importantissimo, y mui oluidado, antes nunca sabido en esta materia de Restitucion, su vso es mui general, como lo es el pecado. A qui entra la Restitucion { Diferentes Restituciones. } de lo que se gana en guerra injusta, y del Marinero que echo a perder la hazienda al Mercader, y los casos semejantes, y lo que arriba dixe de los Votos de Estudiantes, y de el Alueitar que enclauo el Cauallo de el Caminante que iua a negocios. La Resolucion de todo lo dicho, y de la materia de Restitucion, quiero (a fuer de Platon) concluir con vn cuento. El Cabildo de la. S. Iglesia de Toledo en{ Autoridad de el Cabildo de Toledo. } dignidad, autoridad y riqueza (despues del Consistorio Apostolico de Roma) es y siempre ha sido el mas principal de la Christiandad, porque es vn continuo habitaculo del Espiritusancto donde tantas vezes visiblemente ha decendido en los Concilios que la Iglesia Catolica tiene recebidos por Vniuersales, y donde decendio corporalmente la siempre{ Iglesia de Toledo Palacio dela Virgen. S. Maria. } Virgen gloriosa madre de Dios. S. Maria a dar las gracias de el seruicio que en defender su Virginidad en aquel sancto Palacio suio sele hauia hecho, y de su mano vistio vna Casulla a sancto Ilefonso su Capellan y Perlado, y estas son las Armas de aquella. S. Iglesia, la Vir{ Armas dela S. Iglesia de Toledo. }gen cercada de Angeles con su Capellan a los pies cercado de su Cabildo, y vistiendo le la Virgen vna Casulla labrada de su mano, que son las mas honrrosas Armas que Iglesia tiene en el mundo, He referido esto por ser esta S. Iglesia comun Patria Espiritual de todos, y particular mia, a causa de ser la. S. Iglesia Colegial de Talauera parte suia, y assi qualquiera cosa que en aquel. S. Cabildo passe, deue ser Lei general para todos. Hauia vn Capellan en el Coro que se preciaua de mucha conciencia, y cada ano se presentaua en el Cabildo con vna bolsa, y dezia, que hecha la cuenta de todos los descuidos que en el Coro le parecia hauer tenido, y ganado injustamente las Distribuciones, lo traia en aquella bolsa, para restituirlo al Cabildo cuio era: el. S. Cabildo todos de conformidad Ioauan su buen respecto y Christiandad, y hazian se merced de el dinero que traia, y el se boluia rico y contento, y con credito de mui buen Cristiano, y fue esto muchos anos arreo, cada ano tan ordinario como la letra Dominical, el Dotor Iuan de Vergara Canonigo de aquella I{ Doctor Iuan de Vergara. }glesia y de Alcala, hombre de mui grandes partes, docto en Teologia, y en lenguas Latina y Griega, y mui pratico en negocios, en vn Cabildo donde este Capellan vino a representar aquella Comedia ordinaria, hauiendole ya todos hecho gracia de ello, impidio la gracia, y mando que la Restitucion se aceptasse y repartiesse conforme a Derecho, hizo se assi, porque en las cosas de gracia vn solo Voto vale mas que todos los otros, aunque sean conformes: con este desconsuelo fue despedido el Clerigo, y a todos puso admiracion el Voto de Vergara, porque no era hombre miserable en su hazienda, ni executiuo en la agena, mas el dio razon de su Voto, y dixo: Este Clerigo piensa a nuestra costa hazernos{ Prudencia grande. } malos Christianos, y a si buen Christiano, con mostrar que haze la diligencia que otro del Coro no haze, y si restituie, es debaxo de saber que le han de hazer gracia de lo que restituie, vaiase sin su dinero, y de aqui adelante terna cuidado en el Coro, y vereis como no buelue mas. Y assi fue, que nunca mas boluio.