Bula de Compoſicion. LA Compoſicion de que en eſte Capitulo tracto es, Comutacion, o Trueco de vna{ Cõpoſicion que es. } Reſtitucion en otra, por eſto conuiene ante todas coſas ſaber que es Reſtitucion, Reſtitucion viene de Reſtituo, que en Latin ſigni{ Reſtituciõ, ſu Etymologia y ſignificado. }fica tornar la coſa a ſu eſtado, de Res q̃ quiere dezir coſa, y Statuo eſtatuir, aſsi dezimos Reſtituir a vn menor agrauiado, quando le tornan aponer en el eſtado, en que eſtaua antes q̃ le agrauiaſſen, hurta vno a otro. C. ducados, mandale el Confeſſor que los reſtituia, es dezir que los torne a el eſtado en que eſtauan en poder de ſu dueño, eſto es la Reſtitucion por deſcripciõ. Eſta virtud es vna escalera, o puente que eſta entre Dios, y el Pecador, ſin la qual no puede paſſarſe de el pecado a la Gracia, por eſto es la mas importãte materia que hai en el Derecho de la Conciencia, Su Conocimiẽto conſiſte en quatro{ En que conſiſte la Reſtitucion. } coſas, que ſon ſaber Quien, Porque, Como, y A quien, ſe ha de reſtituir. Las dos primeras ſon vna miſma, que ſabido quien ha de reſtituir, ſe ſabra el porque, y ſabido porque, ſe ſabra quien. Eſta parte es la mas dificil de todas, que en efecto es ſaber todo el Derecho eſcripto, y a eſta cauſa en ſin de cada Titulo la tracto (de lo tocãte a aquel Titulo) y quiẽ de eſta manera no lo tractare, ierra, porque la{ Donde y como trata el Autor la Reſtitucion. } Reſtitucion es qualidad de la coſa que ſe ha de reſtituir, pues ſi la coſa no ſe ſabe en perfecion, no podran tratar de ella, como tratare yo la Reſtitucion de Vſuras, o de Cambios, no tractando cada materia de eſtas por ſi? y aſsi todas las demas, que ſeria eſcreuir todo el Derecho, lo qual no ſe puede hazer en Sumas ni Tratadillos. Las otras dos partes, Como y a quiẽ, tratare en eſte Capitulo (pueſto que ſean dificiles) cõ Reſolucion y claridad, trato primero el Como, y luego el a quien ſe ha de reſtituir. La Reſtitucion para ſer buena ſe ha de hazer ſin fraude, porque eſta virtud reconcilia al pecador con Dios, el qual jamas remite el pecado, al que no haze toda ſu poſsibilidad para ſalir del, porque eſtando en el peccado, el miſmo ſe haze indigno de la{ Efecto dela perſeuerancia en el pecado. } miſericordia de Dios, pues q̃ no toma el remedio neceſſario para aprouecharſe de ella, eſte es la Reſtitucion al proximo, de todo aquello en que le es a cargo. En todo pecado contra el proximo hai dos ofendidos, vno Dios, otro el Proximo, la cuenta con Dios es facil, mas quiere que la del Proximo preceda a la ſuia, porq̃ es el medio neceſſario, y pues Dios eſta de pormedio no puede ſer fingida{ Reſtitucion fingida. } ſin que el la entienda, y aſsi ſea el primer Requiſito, que quien reſtituie, no haga impreſſion en la perſona a quien ſe reſtituie, porq̃ aunque el ſe la remita, ſe queda con el cargo de antes, como el exemplo de el Capellan de Toledo (que pongo abaxo) aquel Capellan realmente hazia la Reſtitucion, mas con ſu perſona (aunque era de menor a maior) hazia{ Impreſsion de menor a maior. } impreſsion en el Cabildo, porque hauian de tener algun reſpecto a ſu buen comedimiento, y no enconarſe cada Canonigo en vna miſeria que le podia caber, que ſi el quiſiera reſtituir de veras, en vn pañizuelo lo hauia de dar, ſin que nadie ſupiera de dõde venia: eſto ſe ve claro, porque quando entendio que le tenian el embite que hazia de falſo, y le comian el ceuo, no torno a ponerle mas en el anzuelo de la hypocreſia, y aſsi quiero, que aq̃l voto del Canonigo ſe tenga por Reſolucion deſta materia que tracto, porq̃ tiene mas ſuſtancia de la que parece, y nos quedo en ſuma, q̃ la Reſtitucion no quiere ſer hecha por{ Reſtitucion de cũplimiẽto. } cumplimiento, ſino con entrañas de caridad, doliẽdoſe de la ofenſa que a Dios y a ſu proximo hizo, ſi es de fama, o de qualquiera otra coſa, pienſe que con la miſma coſa y no con otra ha de reſtituir, y eſto ſea con cordura, porque no traia mas daño la Reſtitucion, q̃ el pecado principal: eſta limitacion no quiero declarar mas, baſte eſto en quanto a la Forma. En quãto a la perſona a quien ſe ha de ha{ A quien ſe ha de reſtituir. }zer la Reſtituciõ, cada, vno ſe es letrado, y ſabe a quien ſe ha de hazer la Reſtitucion, cada vno ſe entiende, y ſabe a quien agrauio, a aquel reſtituia. Eſta es la ſuma de todo, y no hai mas que ſaber, mas muchas vezes acaece no ſaber la perſona a quien ſe ha de reſtituir, o aunque ſe ſepa no poderle hauer: aqui entra la Bula de Compoſicion, cuio efecto para que mejor ſe entienda es de ſaber, que el Papa Apoſtolico de Roma es ſeñor abſoluto de todo el Teſoro Eſpiritual y Temporal de eſta Igleſia Militãte, de que Dios le dexo por cabeça. Deſta adminiſtraciõ ninguno le puede tomar, ni pedir cuenta, ni el eſta obligado a darla ſino a quien en ella le puſo, q̃ es Dios, y nadie piẽſe que por eſto ſe aprueua lo que el hiziere en ſu Apoſtolado mal hecho, que anſi como el Corregidor o Alcalde que tiene poder de el Rei para adminiſtrar juſticia en vna ciudad, ſi de hecho quiſieſſe ahorcar a alguno contra juſticia, el que ſe le quitaſſe por fuerça tã rebelde y traidor ſeria a el Rei, como ſi aquel juſticiado mereciera la muerte, por que no le hizo el Rei a aquel particular juez ſobre el juez q̃ el tiene pueſto, mas por eſſo no ſe aprouaria el hecho de el juez, y q̃ no huuieſſe de dar cuenta a el Rei q̃ le puſo, y eſperar del la pena q̃ ſu delicto merece, anſi el Apoſtolico dara cuenta a Dios de lo q̃ haze, el qual ſe la pedira eſtrechamente, y otro ninguno ſe la puede pedir, preſupueſto eſto (q̃ es de Fe y no ſe puede negar) los Pontifices a quien incumben muchas neceſsidades temporales que han de remediar, y poco patrimonio con que darles remedio, valen{ Origen de la Compoſicion. } ſe de el teſoro eſpiritual de la igleſia, y a eſte efecto para obras pias (como es, guerras contra infieles, o fabrica de la igleſia de. S. Pedro, o reparo de otra igleſia) cõceden vnas Bulas que llaman de Compoſicion, que ſon vna taſſa de limoſna, que al que la da, le haze gracia de aquello que deue reſtituir a vn tercero, el qual no ſabe quien es, por que ſabiendolo, es regla de Dios general y que no recibe excepcion, que el que deuiere, reſtituia la deu{ Donde hai parte nadie le puede quitar ſu derecho. }da, por que no ſaldra de las tinieblas, haſta q̃ pague el poſtrer marauedi, fingẽ eſtas Bulas, que aquel que la recibe, quiere pagar, y no ſabe a quien, entonces el Papa (como ſeñor de lo temporal de la igleſia) aplica aquella reſtitucion a la guerra de infieles, o a la Fabrica, o a donde el quiere (como arriba he dicho) y por que tambien podria hauer duda, que tanto era lo q̃ deuia, moderaſe lo en cierta quan{ Efecto dela Taſſa. }tidad (que comunmente es dos reales de plata) Eſte es el efecto de eſta Bula, el qual tomado como ſe deue tomar, y como le concede el Papa, es ſanctiſsimo, y de grãde, ſocorro a las animas que deſſean ſu ſaluacion, mas como acaece (en todas las coſas buenas) que el mal vſo de ellas las haze parecer no tales, ſuelen cargar de eſtas Bulas Carniceros, Tauerneros, Recatones, y toda eſta gente ſemejante, que biuen de dar peſos y medidas falſas a los que de ellos compran, y en aſomando el Iueues Sancto armanſe de vna Bula de eſtas, para Componer ſe (que quiere dezir concer{ Compoſicion que ſignifica. }tarſe, de donde ſe llamo Compoſicion) y por ellas ſe abſueluen, y creẽ que va perdonado hecho y por hazer, con grandiſsimo engaño ſuio, y de quien los abſuelue, por que la intencion de el Papa no es dar a nadie ocaſion para pecar, ſino carrera para ſaluar ſe y ſalir de el pecado hecho. La ignorancia de eſte pecado (que ſe ha de componer) eſta en vna de{ Diuiſion de Ignorancia de el pecado. } tres coſas, o yo no ſe lo que he de reſtituir, mas bien ſe a quiẽ, o ſe lo que he de reſtituir, y no ſe a quien, o ni ſe que he de reſtituir ni a quien, exemplo de el ſegundo, es vn caminante que paſſo por vnas viñas, harta ſe de vuas, y ſaco para ſus compañeros, eſte pongo por caſo que ſaco. XX. libras de vuas, tantas ſabe que ha de reſtituir, mas no ſabe a quien, por que era eſtrangero, y no acertara a la viña, quanto mas ſaber quien es el ſeñor de ella. Exemplo de el primero, ſoi Mercader, y por mi libro ſe q̃ he vendido a Pedro, a Ioan, y a Franciſco, y cargado les el paño mas de lo que era razon, mas ni ſe quanto, ni como, por que ha dias que paſſo, y el Pedro que era vn moço eſtrangero ſe fue donde no ſabemos que ſe hizo, Ioan murio, aunq̃ eſte Mercader quiera reſtituir no ſabe a quien, ni aun perfectamẽte quãto, aqui entra en eſtos dos caſos la Compoſiciõ, mas no de los dos Rea{ Efecto dela Compoſicion. }les (como piẽſan) dize el Papa, tu el de las vuas hae de reſtituir, y quieres, y no ſabes a quien, has de hazer en confuſo bien por la anima de aquel cuias eran las vuas que hurtaſte, eſta obra pia la commuto, en que lo que hauias de gaſtar en ella, lo gaſtes en la guerra de Infieles, en lo qual ningun merito tu ganas, como no lo ganaras en las Miſſas que dezias por el ſeñor de las vuas, ſino aquel por quien ſe dezian, anſi eſta limoſna que ſe da contra Infieles, quiero que el merito de ella, ſea para aquel ſeñor de las vuas, como ſi el hiziera eſta limoſna, y yo de mi poder ſuplo to{ Reſuelueſe la Compoſicion. }do lo que eſta obra es defectuoſa: por no ſe hazer a el verdadero ſeñor de las vuas, y quiero que le ſea de tãto prouecho a el ſeñor por quien ſe haze, como ſi tu por el gaſtaras todo lo que las vuas valian, eſta es la verdadera Compoſicion, y el efecto para que ſe inſtituio, mas el que ſabe a quien ha de reſtituir, no puede en poco ni en mucho componerſe,{ No hai Cõpoſiciõ donde hai parte. } que ſeria lo que dize el Refran, deſcomponer vn ſancto para componer otro: cada vno es ſeñor de ſu hazienda, y quien lo deue que lo pague, y no reſtituia a otro, fuera q̃ a quiẽ deue, porque pierde lo q̃ reſtituie, y ſe queda con la deuda (como antes dela reſtituciõ) aſsi aquel Mercader (en quien puſe exemplo) ſi ſabe a quien deue, aũque no ſepalo que le deue, no le aprouechan todas quantas compoſiciones hai en el mundo, mas que a componerle para el infierno, ha de ir a los pies de{ Remedio dõde no ſe ſabe la Deuda, ſino el Deudor. } aquel a quien deue, y dezirle, Ved lo que os puedo deuer de tales y tales contrataciones que hemos tenido, y ſino puede pagar, pedir que ſe lo perdone, alomenos haze ſu diligencia en quanto a Dios, y eſto baſta por paga. Mas ſi eſte puede por ſi ſolo liquidar la deuda, eſta obligado a ello, y dezirle expreſſamẽte al Acreedor lo que le deue, pero ſi eſto lo ſupieſſe, y no pudieſſe hauer aquellos a quiẽ ha de reſtituir, entõces eſta obligado a hazer la miſma liquidacion de la deuda (que he dicho) y ſino la pudieſſe hazer preciſa, haga la{ La Cuenta ſea cõtra ſi, y no contra la Reſtitucion. } poco mas o menos, al grueſſo, y antes cõtra ſi que contra el otro, y aquello que liquidare deuer, de lo todo a la Compoſiciõ, y no ſe engañe con dezir que la taſſa es dos Reales, porque aquella taſſa fue para el efecto q̃ luego dire, la razon de eſto conſtara reſoluien{ Reſolucion del Contracto. }do eſte Contracto, y es, que la obra pia para que ſe haze la Compoſicion, ſucede (como hemos viſto) en lugar del ſeñor de la deuda, a quiẽ ſe hauia de reſtituir, y aſsi como ſi a aquel (ſabiendo ſu Deudor quien era) reſtituiendoſe menos de la deuda, no ſe ſatiſfazia, lo miſmo es reſtituiendoſe menos a la obra pia (que ſucede en ſu derecho) porque el Pa{ El Papa no ſuple dos especialidades. }pa no ſuple dos eſpecialidades, la vna ignorãcia del deudor, la otra ignorancia de la deuda, y la taſſa que el hizo de los dos Reales, propriamẽte es para los dolictos y pecados, de quien dixo el Profeta Dauid, Quita tu cara ſeñor de mis pecados, y delos encubiertos me limpia: los pecados primeros ſon los manifieſtos a el pecador, y en eſtos que hai par{ El Papa no es parte dõde hai parte. }te no tracta el Papa, en los ſegundos que llama encubiertos (que ſon los que el proprio pecador no conoce) eneſtos es la compoſiciõ (que es el tercer miembro de la Diuiſion) co{ Exemplos del Tercer Miembro. }mo ſi me hallaſſe yo dõde venden trigo a cinco Reales la hanega, y digo ſin propoſito, q̃ aquel trigo es mui bueno, y otro mas ruin q̃ ello ſe vende a ſeis Reales, pujaſe por eſto aquel pan, ſin que mi intento fueſſe que ſe pujaſſe, ſoi obligado a reſtituciõ de aquel Real que ſe lleuo demaſiado a los Compradores, en tal pecado como eſte cae bien la Compoſicion. Siendo moço entra vno en Viñas, o arboleda agena donde coge fruta (no coſa notable) eſta bien la Compoſicion para eſte: el otro cauador que ſiẽdo obligado a cauar todo el dia (por el jornal que le dauan) dormia algunos ratos, todos eſtos ſe pueden componer, donde el delicto es poco, y no ſabido, ni ſabido a quien ſe ha de reſtituir. La Razõ es,{ Razon dela Deciſion. } porque en los delictos donde hai parte agrauiada, queriẽdo ſeguir ſu derecho, no le puede excluir el Fiſco, que ſolamente entra donde no hai parte, aſsi en la Reſtitucion, donde hai parte, no entra el Fiſco de Dios, mas ſino la hai, entra Dios por ꝑte, y en ſu nõbre y por el, ſu Vicario, para ſeñalar quien ſucede en lugar de la parte: mas el bienauenturado del Carnicero y Tauernero, que deſde q̃ Dios amanece haſta deſpues de noche, no haze ſino echar peſos y medidas falſas (en intereſſe de. C.o.D.o.M. ducados en vn año) y deſpues dize que no ſabe a quien lo reſtituir. Eſta es{ Ignorancia craſſa y afectada. } ignorancia Afectada, y no Craſſa. La Craſſa es Necedad grueſſa de no entender lo que todos entienden, y eſta es de beſtias, mas es ſufridera, porque es en daño de ſolo el ignorante, y no mas. Afectada (quiere dezir Procurada) es quando vno a ſabiendas procura no ſaber lo que ſe conuiene, y eſta obligado a ſaber: y eſta es diabolica, pecado infernal, y de mas de eſto redunda en daño de tercero (como en nueſtro exemplo) pienſa eſte compueſto nouio del demonio con dos Reales ſatisfazer diez mil que lleua robados, engaña ſe el, y quien ſe abſuelue, porq̃ ſino ſabe a quiẽ reſtituirlo, ponga en vna bolſa todo lo que huuiera de reſtituir ſi ſupiera a quien, y delo a la Compoſicion (que ſucede en todo y por todo en el derecho de la Parte intereſſada) y entonces quedara compueſto, y quando eſto haia hecho, no oſare firmar q̃ haia ſatiſfecho, porque pecan en confiança de la Bula (y es{ Pecado irremiſsible. } pecado cõtra el Spirituſancto) con dezir cõponerme he, y ha de hazer penitencia por el pecado, y ſobre todo eſto deſengañeſe quien haze reſtituciõ, que no baſta reſtituir lo que el ſe aprouecho, ſino juntamente con eſto el daño que ſe le ſiguio a la parte agrauiada. La Razon de eſto es, porque como hemos viſto{ Que ſe ha de cõſiderar en la Reſtitucion. } la Compoſicion ni da, ni quita derecho a la Parte reſtituiente, ſino que el merito della es a cuenta de la Parte a quiẽ ſe reſtituie (como ſi el hiziera la limoſna) pues ſi el otro pobre hauia meneſter ſu hazienda (quando ſe la robarõ) mas que no hazer limoſna de ella, el q̃ ſe la toma de preſente para deſpues hazer limoſna por el en ſu nombre, vn pecado ſe dexa en medio, lo qual ſe entendera reduziendo eſte Contracto a nueſtros principios. Si el hazer limoſna por fuerça no es meritorio a quien la haze, y hazer limoſna de hazienda agena es pecado, forçoſamente ha de ſer maior pecado que entrambos, hazer a otro que haga limoſna de ſu haziẽda aũque el no quiera, que eſto es tomar ſe la yo para reſtituir la deſpues. Eſte es vn punto importantiſsimo, y mui oluidado, antes nunca ſabido en eſta materia de Reſtituciõ, ſu vſo es mui general, como lo es el pecado. A qui entra la Reſtituciõ { Diferentes Reſtituciones. } de lo que ſe gana en guerra injuſta, y del Marinero que echo a perder la hazienda al Mercader, y los caſos ſemejantes, y lo que arriba dixe de los Votos de Eſtudiantes, y de el Alueitar que enclauo el Cauallo de el Caminãte que iua a negocios. La Reſolucion de todo lo dicho, y de la materia de Reſtitucion, quiero (a fuer de Platon) cõcluir con vn cuẽto. El Cabildo de la. S. Igleſia de Toledo en{ Autoridad de el Cabildo de Toledo. } dignidad, autoridad y riqueza (deſpues del Conſiſtorio Apoſtolico de Roma) es y ſiempre ha ſido el mas principal de la Chriſtiandad, porque es vn continuo habitaculo del Eſpirituſancto donde tantas vezes viſiblemẽte ha decẽdido en los Concilios q̃ la Igleſia Catolica tiene recebidos por Vniuerſales, y donde decendio corporalmente la ſiempre{ Igleſia đ Toledo Palacio dela Virgẽ. S. Maria. } Virgẽ glorioſa madre de Dios. S. Maria a dar las gracias de el ſeruicio que en defender ſu Virginidad en aquel ſancto Palacio ſuio ſele hauia hecho, y de ſu mano viſtio vna Caſulla a ſancto Ilefonſo ſu Capellan y Perlado, y eſtas ſon las Armas de aquella. S. Igleſia, la Vir{ Armas dela S. Igleſia de Toledo. }gen cercada de Angeles con ſu Capellã a los pies cercado de ſu Cabildo, y viſtiendo le la Virgen vna Caſulla labrada de ſu mano, que ſon las mas honrroſas Armas que Igleſia tiene en el mundo, He referido eſto por ſer eſta S. Igleſia comun Patria Eſpiritual de todos, y particular mia, a cauſa de ſer la. S. Igleſia Colegial de Talauera parte ſuia, y aſsi qualquiera coſa que en aquel. S. Cabildo paſſe, deue ſer Lei general para todos. Hauia vn Capellan en el Coro que ſe preciaua de mucha conciencia, y cada año ſe preſentaua en el Cabildo con vna bolſa, y dezia, q̃ hecha la cuenta de todos los deſcuidos que en el Coro le parecia hauer tenido, y ganado injuſtamente las Diſtribuciones, lo traia en aquella bolſa, para reſtituirlo al Cabildo cuio era: el. S. Cabildo todos de conformidad Ioauan ſu buen reſpecto y Chriſtiandad, y hazian ſe merced de el dinero q̃ traia, y el ſe boluia rico y contento, y con credito de mui buen Criſtiano, y fue eſto muchos años arreo, cada año tan ordinario como la letra Dominical, el Dotor Iuan de Vergara Canonigo de aquella I{ Doctor Iuã de Vergara. }gleſia y de Alcala, hombre de mui grandes partes, docto en Teologia, y en lenguas Latina y Griega, y mui pratico en negocios, en vn Cabildo donde eſte Capellã vino a repreſentar aquella Comedia ordinaria, hauiendole ya todos hecho gracia de ello, impidio la gracia, y mando que la Reſtitucion ſe aceptaſſe y repartieſſe conforme a Derecho, hizo ſe aſsi, porque en las coſas de gracia vn ſolo Voto vale mas que todos los otros, aunque ſean conformes: cõ eſte deſconſuelo fue despedido el Clerigo, y a todos puſo admiraciõ el Voto de Vergara, porque no era hombre miſerable en ſu hazienda, ni executiuo en la agena, mas el dio razon de ſu Voto, y dixo: Eſte Clerigo pienſa a nueſtra coſta hazernos{ Prudencia grande. } malos Chriſtianos, y a ſi buen Chriſtiano, cõ moſtrar que haze la diligencia que otro del Coro no haze, y ſi reſtituie, es debaxo de ſaber que le han de hazer gracia de lo que reſtituie, vaiaſe ſin ſu dinero, y de aqui adelante terna cuidado en el Coro, y vereis como no buelue mas. Y aſsi fue, q̃ nunca mas boluio.