TOdos los contractos aſsi Regulares { Materia de eſtos III. libros. } como Irregulares que ſe hallan en el derecho Ciuil y del Reino, o en alguna manera ſe pueden referir al Derecho de las gentes, o a los demas Contractos que del tiene origen (con quanta diligẽcia y eſtudio me ha ſido poſsible) he tratado en eſtos tres libros, y con ellos la materia de las obligaciones y Actiones, no ſolo como ſe deuan conſiderar en la contemplacion del derecho, ſino tambien como ſe han de reduzir a Pratica, en el Fuero judicial ante los tribunales, de los juezes. El eſtudio y diligencia que en ello he pueſto, entẽdera quien cõ animo ſenzillo, y ojos claros examinare mi eſcriptura, porque ſi tales no los tuuiere, el juizio q̃ de ella y de mi hiziere, ninguna pena me dara. Los demas Titulos de eſtos libros ſe fundã, ſobre las leies que tratan la materia de ſu Rubrica, ſolo el Titulo. I. del primer libro y e{ Que Titulos no tienẽ Leies, y por que. }ſte que es poſtrero del. III. no tienen Leies del Reino, ſino doctrina propria mia. Aquel por que es introducion (y como Prologo vniuerſal) de todo lo demas, eſte por q̃ es remate en que fenece eſte edificio, y no halle leies en nueſtro derecho ſobre que le fundar,{ Derecho đ el Reino no conoce eſte Titulo. } vali me del Derecho comũ de los Romanos, no para mezclar ſus Leies cõ las nueſtras (cõtra lo q̃ la Lei del Reino prohibe) ſino tratãdo las por razon como ella manda, y añidiẽdo lo que mas me parece que conuenga, que aſsi como ei primer Titulo es Prologo de todos los ſiguientes, eſte que es final ſea anotacion de todos los Antecedentes y (concluſion de los Contractos.