De los hijos legitimos TITVLO. XI. CAP. I. HIjo legitimo es, hijo hecho ſegun{ L. 4 Tit. 6 lib. 3. Fue. L. 1. Tit. 13. Part 4. Qual hijo es legitimo v quando daña la mala fe de los padres. } lei, nacido de padre y madre verdaderamente caſados ſegun mãda la ſancta madre Igleſia, y ſi entre los caſados huuieſſe algũ embargo q̃ ellos no ſupieſſen, o alguno de ellos, los hijos que nacieſſen de eſte Matrimonio) en la buena fe de entrambos padres, o de el vno) ſon legitimes, y luego que entrãbos ſupieſſen el embargo (o tuuieſſen mala fe) los hijos que nacieſſen, no ſerian legitimos. Si algũ embargo ſe puſieſſe, mientras no fuere prouado y ſentenciado, los hijos q̃ nacieren ſon legitimos. Otro ſi es legitimo el hijo hauido en Barragana, ſi deſpues la toma el padre por muger legitima, porq̃ el matrimonio es de tanta fuerça, que a los nacidos legitima, y a la madre ſi es eſclaua, la haze libre. CAP. II. SI home ſoltero con muger ſoltera fizie{ L. 2. Titu. 6. lib. 3. Fuer. El legitimado por Matrimonio ſiguiente es puro legitimo. }re fijos, e deſpues caſare con ella, eſtos fijos ſean herederos. CAP. III. EL Matrimonio con alguna muger, no haze legitimos a los hijos que el padre huuieſſe hauido en ella de antes, ſiendo caſado{ L. 2. Tit. 15. Part. 4. La mala fe de los padres haze los hijos no legitimos. } con otra, ni los hijos de los que ſe caſan manifieſtamente en haz de la Igleſia, no ſon legitimos, ſi los padres ſabiã algun embargo, por donde no podiã ſer caſados, aun que no lo denunciaſſen. CAP. IIII. LOs hijos legitimos tienẽ mucha hõra, y{ L. 2. Tit. 13. Part. 4. Efecto dela legitimidad } pro porq̃ ſuceden en las honras y dignidades de ſu padre, y pueden ſuceder a ſus padres y parientes, y tener orden ſacro, y dignidad ecleſiaſtica, o ſeglar.