QVando acaece que antes q̃ los fructos{ L. 10. Tit. 4. lib. 3. Fuer. Los fructos de la heredad q̃ ſe restituie quando la ſiguẽ, o ſe parten. } ſon cogidos de las heredades, muere el marido o la muger, ſi los fructos parecen en la heredad a la ſazon de la muerte, partanſe por medio, entre el biuo y los herederos de el muerto, y ſino aparecen, haia los fructos aquel cuia fuere la raiz, y de las miſsiones (q̃ fueren hechas en la lauor) a el que la labro, y eſto ſea ſi la lauor fuere viña, o arboles, ca ſi fuere tierra, y fuere ſembrada (aunque no aparezca el fructo a la ſazon de la muerte) partaſe por medio quanto ende huuiere, y ſino fuere ſembrado, y fuere baruecho, el que no ha nada en la heredad, haia la mitad đ las miſſiones que fueren fechas en el baruecho.