QVando el impedimento es por arte de
hechizos, o otro mal hecho (por
dõde
donde
el vno de los ca
ſsados no puede aiuntar
ſse
a el otro) querellando
ſse alguno, o entrambos ante el juez de la Igle
ſsia, deuelos
mãdar
mandar
que biuan juntos tres años, y tomarles
juramẽto
juramento
, que en e
ſste tiempo hagan entrambos
todo
ſsu poder para aiuntar
ſse en vno, y
ſsi acabado e
ſste tiempo juraren, que hauiendo hecho
ſsu poder (
ſsin engaño ni e
ſstoruo alguno)
no
ſse han aiuntado, deue el juez hazer catar
a el hombre hombres buenos, y a la muger
buenas mugeres, para ver
ſsi
trahẽ
trahen
verdad, y
de
ſspues deuen jurar con el varon
ſsiete hombres buenos de
ſsus parientes,
ſsi los hai en el
lugar, y
ſsino de otros, y con la muger deuen
jurar otras
ſsiete buenas mugeres de
ſsus
pariẽtas
parientas
,
ſsi las huuiere en el lugar, y
ſsino otras,
y los hombres juren de el hombre que
creẽ
creen
que juro verdad, y las mugeres de la muger
lo mi
ſsmo, y hechas e
ſstas
diligẽcias
diligencias
deue los
el juez departir, y dar licencia, que cada vno
de ellos
ſse ca
ſse donde qui
ſsiere, o
diſpõga
disponga
de
ſsi a
ſsu voluntad.