DOn Phelippe por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Hierusalem, de Nauarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galizia, de Mallorcas, de Seuilla, de Cerdena. de Cordoua, de Corcega, de Murcia, de Iaen, de los Algarues, de Algezira, de Gibraltar, duque de Milan, &c. Por quanto por parte de vos Bartolome de Albornoz vezino de la villa de Talauera, nos ha sido hecha relacion, diziendo que vos hauiades compuesto vn libro intitulado Arte de contractos; el qual era muy vtil y prouechoso; y nos supplicastes lo mandassemos ver, y os diessemos licencia y facultad para lo poder imprimir, o como la nuestra merced fuesse. Lo qual visto por los del nuestro consejo, y como por su mandado se hizieron las diligencias que la Prematica por nos nueuamente hecha sobre la impression de los libros dispone: fue acordado que deuiamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón. E nos tuuimos lo por bien; y por la presente os damos licencia y facultad, para que por esta vez podays imprimir el dicho libro que de suso se haze mencion, por el original que en el nuestro Consejo se vio, que va rubricado y firmado al cabo de Pedro del Marmol nuestro escriuano de camara de los que en el nuestro consejo residen, sin por ello caer ni incurrir en pena alguna: con que despues de impresso no se pueda vender, ni venda, sin que primero se trayga al nuestro consejo, juntamente con el dicho original, para que se vea si la dicha impression esta conforme a el, y se tasse el precio que por cada volumen houieredes de auer: so pena de caer, e incuirir en las penas contenidas en la dicha Prematica, e leyes de nuestros Reynos. De lo qual mandamos dar y dimos esta nuestra casta sellada con nuestro sello, y librada de los del nuestro consejo. Dada en Madrid a siete dias del mes de Agosto, de mil e quinientos y setenta y tres anos.