DOn Phelippe por la gracia de Dios Rey de Caſtilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Hieruſalem, de Nauarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galizia, de Mallorcas, de Seuilla, de Cerdeña. de Cordoua, de Corcega, de Murcia, de Iaen, de los Algarues, de Algezira, de Gibraltar, duque de Milan, &c. Por quanto por parte de vos Bartolome de Albornoz vezino de la villa de Talauera, nos ha ſido hecha relacion, diziendo que vos hauiades compueſto vn libro intitulado Arte de contractos; el qual era muy vtil y prouechoſo; y nos ſupplicaſtes lo mandaſſemos ver, y os dieſſemos licencia y facultad para lo poder imprimir, o como la nueſtra merced fueſſe. Lo qual viſto por los del nueſtro conſejo, y como por ſu mandado ſe hizieron las diligencias que la Prematica por nos nueuamente hecha ſobre la impreſsion de los libros diſpone: fue acordado que deuiamos mandar dar eſta nueſtra carta para vos en la dicha razón. E nos tuuimos lo por bien; y por la preſente os damos licencia y facultad, para que por eſta vez podays imprimir el dicho libro que de ſuſo ſe haze mencion, por el original que en el nueſtro Conſejo ſe vio, q̃ va rubricado y firmado al cabo de Pedro del Marmol nueſtro eſcriuano de camara de los que en el nueſtro cõſejo reſiden, ſin por ello caer ni incurrir en pena alguna: con que deſpues de impreſſo no ſe pueda vender, ni venda, ſin que primero ſe trayga al nueſtro conſejo, juntamente con el dicho original, para que ſe vea ſi la dicha impreſsion eſta conforme à el, y ſe taſſe el precio que por cada volumen houieredes de auer: ſo pena de caer, e incuirir en las penas contenidas en la dicha Prematica, e leyes de nueſtros Reynos. De lo qual mandamos dar y dimos eſta nueſtra caſta ſellada con nueſtro ſello, y librada de los del nueſtro conſejo. Dada en Madrid a ſiete dias del mes de Agoſto, de mil e quinientos y ſetenta y tres años.