Al Ilustrissimo y Reuerendissimo Senor don diego covarrvvias de leiva Obispo de Segouia, Presidente del Consejo Real, &c. Bartolome de Albornoz. TAnta es la excelencia de las letras, y tan grande su estima en todas las edades, gentes y naciones, de que por experiencia, o lecion se tiene noticia, que los Reies, Principes, y grandes senores, y muchos Reinos, y ciudades (a quien parece que sus grandes hechos y potencia assegurauan la eternidad) no se tuuieron por seguros, si a las letras no se encomendauan. Lei justa, y conforme a razon que los Principes con su poder amparen lo que les da la eternidad que procuran. Las proezas senaladas, y grandes hechos de armas (por heroicos que sean) con sus auctores, y con la memoria de los que se hallan presentes se acaban, si las letras no les dan vida y perpetua memoria. Los grandes edificios que a tanta costa de tiempo y dineros se fabrican, vna vez puestos donde se fundaron, no causan admiracion mas de a los que los tienen presentes, por que no pueden ler arrancados, sino para ser destruidos. Mas los libros y letras andan por todo el mundo, y como el anima de el hombre (en quien las letras tienen su assiento) siendo incorporea, con ojos inuisibles vee lo que con los de el cuerpo no se puede alcancar, y es inmortal, no subjeta a corrupcion alguna, assi lo es la gloria que de ellas procede, que aun que comparada con la verdadera (que solo consiste en el conoscimiento de Dios, y gozar de su diuina Magestad) es menos que sombra, sin duda es la mas auentajada de todas las otras que en este mundo se pueden dar. Pues si esta obligacion y reconocimiento virtuoso, de amparar las letras, fauorecer a quien las sigue, y premiarlos, ha sido particular estudio de Principes virtuosos, que ninguna parte tuuieron en ellas, quanta mas obligacion tiene vuestra S. Illustrissi. de fauorecer los estudios, en que Dios en su edad le hizo solo, y le dio tanto grado, quanto no sabemos otro que le iguale, y a la gran sabiduria de que le hauia dotado, aiunto la suma potestad en el tiempo que su Iglesia, y estos Reinos maior necessidad tenian, para que ellos fuessen reparados, y los enemigos que los quieren destruir confundidos. Quien puede mucho, si sabe poco no puede fauorecer las sciencias que no sabe, por la misma razon a el que sabe mucho, si puede poco, no le le puede pedir que de a la sciencia el fauor que para si no tiene. Estas dos partes que tan dificilmente en muchas edades se han buscado juntas, en la nuestra (para bien de estos Reinos, y remedio de su vniuersal Iglesia) con vnion indissoluble las ha aiuntado Dios, socorriendo con el maior remedio a la maior necessidad. Podra ser, que a algunos parezca que tomo oficio ageno y nueuo, qual para mi seria si fuesse lisongero, yo creo, que ni yo, ni otro jamas haia vsado de maior y mas verdadera libertad, y con esto mas importante de la que al presente tracto, si en nombre de la Republica Literaria de estos Reinos, representare a vuestra S. Ilustriss. (como en vn espejo) la suma de su vida con tanta verdad, que ninguno con ella pueda contradezir lo que en presencia de quantos oy biuimos ha passado, y le proponga, su vida passada a que le obliga en lo porvenir, para que siguiendo se asi mismo, y dando a tan glorioso principio el fin que merece, espere de Dios el premio, y de los presentes el verdadero testimonio para los que despues vernan, como por el contrario le han dado, a los que confiados en su poder y auctoridad (que en ellos y con ellos tuuo fin) quisieron mas seguir sus apetitos, que lo que asu honra tocaua. La patria (comencando de los bienes, que los Filosofos llaman extrinsecos) porque son fuera de el animo (donde estan las riquezas verdaderas) diosela Dios, la mas Ilustre de estos Reinos la Imperial ciudad de Toledo, Silla Real de Hespana en lo Espiritual y Temporal, desde tiempo de los Godos, y la mas principal de el mundo despues de la. S. Iglesia de Roma. Su Genitura y Constellacion en que nacio, admirable, entre otras excelencias que notoriamente muestra, es la maior, que su propria virtud y partes, sin otra negociacion, o aiuda extrinseca, le dan el lugar que tiene, y siempre le ha dado el que ha tenido, como de Caton se dixo, que el mismo fue maestro de su fortuna. A estas causas naturales se allega el Prognostico espiritual que se pudo hazer, de quien nacio dia de el bienauenturado Apostol Sanctiago patron de Espana, que a ella truxo la Fe, y assi como conuiene con el vuestra. S. Ilustriss. en el nombre, conuiene en los oficios de ser Perlado espiritual, y patron seglar de Espana, y entrambos conuienen con el primero Iacob glorioso Patriarcha, de quien toman el nombre, para (como el) mudarle en Israel, que quiere dezir varon que vee a Dios. Fue aquel dia tan venturoso para la Corona de Castilla, que al puncto que vuestra. S. Ilustruiss. nacio, se gano Pamplona, y se entero en el cuerpo de estos Reinos el de Nauarra, que de tantos anos atras (contra derecho y justicia) de esta Corona estaua enagenado, proueiendo Dios milagrosamente a el remedio de aquel Reino, para que no se perdiesse, por donde Hespana fuesse destruida. Passo las de mas partes (que tambien entre Filsofos son extrinsecas) de que Dios tan abundamente doto a vuestra S. Ilustrissima, como es la composicion y figura exterior, con que satisfaze la dignidad que tiene, y tan amable, que llama para si la aficion y reuerencia de todos. Las riquezas dioselas Dios desde su primera edad tan bastantes, que no le desuaneciessen a cosas impertinentes, y pudiesse sin ninguna necessidad (que es muy contraria a los estudios) seguir sus letras. En la nobleza de linage no presento mas testigo de el Ilustre y sancto Colegio de S. Saluador de Ouiedo, donde a vuestra S. Ilustriss. conocimos en Salamanca, con el habito de aquella sancta casa, donde tan riguroso examen se haze sobre la limpieza de linage y costumbres, de quien en ella ha de ser admitido. Vengo a las otras partes intrinsecas, y riquezas espirituales que vuestra S. Ilustriss. (como Vlysses) puede dezir que es caudal suio, en cuia propriedad ningun otro tiene parte (aunque en su fructo todos la tenemos, y ternan los venideros) que es su Doctrina, compuesta de tan hermosa substancia, como son las sciencias de los Derechos Ciuil y Canonico, y de la sancta Teologia, adornada de tan hermosos accidentes, como son las lenguas Latina y Griega: Historia sagrada y profana, y conocimiento de todas las artes liberales, con que antes que saliesse de el estudio, siendo Catedratico, fue Principe de la Escuela de Salamanca, con vno de los maiores auditorios que antes, ni despues en ella ha hauido. Si mi testimonio como de discipulo antiguo, oiente y seruidor suio, es sospecho so, presento por testigos las Obras que vuestra Ilustriss. S. ha escrito, considerense en Quantidad, o en Qualidad: en Quantidad, sabemos que ningun Hespanol antiguo, ni moderno ha escripto tanto, si no es el. S. Obispo Tostado, a quien vuestra S. Ilustrissi. es segundo, y comarcano enel numero de libros, como en los terminos de el Obispado. si en Qualidad se miran, presento por testigos, las Impressiones multiplicadas, que de ellas se han hecho en estos Reinos, y fuera de ellos, sin que las penas de los priuilegios fuessen parte para impedirlo, por la demanda y necessidad con que se piden, El vso que de ellas hai, declaren las alegaciones de los estrangeros, no solo Iuristas, sino con ellos de todos los que professan conocimiento de lenguas y letras de humanidad. Hasta ahora no he referido cosa alguna en que pueda caer adulacion, ni sospecha de ella, porque es el hecho desnudo, que ni se me puede negar, ni y o colorarle en alguna manera, mas de proponerle, y con el la peticion de todo el mundo a Hespana, y de Hespana a Castilla, y de Castilla a vuestra. S. Ilustriss. que le dize. Mira gran Perlado las partes que Dios te dio, y las que yo de mi te he dado, mira la necessidad vniuersal que el mundo tiene de mi, y la que yo de ti tengo. La Religion en todas partes dissipada, a mi y de mi pide su remedio, la paz esta perdida, los enemigos de Dios visibles y inuisibles, por pecados del mundo estan pujantes, Italia ha afloxado en letras, Francia y Alemania valiera mas que no las tuuieran, la quietud publica temporal y espiritual de la Christiandad de mi sola pende, la que en el mundo hai yo la doi alos que no son de mi gremio, la que hai, de mi sola se espera, y yo de ti solo, en el seruicio que hizieres, a mi cabeca Rei y senor que en el supremo gouierno te puso. Esto es Ilustrissimo senor, lo que Castilla pide, la obligacion que contra vuestra Ilustriss. S. presenta son las partes que le ha dado, y lo que deue a quien es, quando en todo esto vuestra. S. Ilustriss. huuiere hecho lo que de el se espera, y piense que ha pagado, queda mas deudor que antes, porque la paga se passa a la plana de la deuda, y por mucho que de vuestra. S. Ilustriss. se reciba, siempre se espera mas, la contienda es consigo mismo, de vencer vnos beneficios con otros maiores, especialmente en el fauor de las letras, y estudios, que de ninguno han sido peor tratados, ni mas desfauorecidos, que de quien mas obligacion tenian a darles fauor, a el que lo merece, se le deue por su justicia, a quien no lo merece, de gracia, para que otros se animen, en estos segundos entro yo, y en reconocimiento de la doctrina que antiguamente, primero de la boz biua, y despues de la Escriptura de vuestra. S. Ilustriss. recebi, y de las mercedes y fauor que siempre ha hecho a los Estudiantes, y a mi como a vno de ellos, y para muestra de la comun alegria, que todos en general (y yo con el vulgo) hemos recebido, enla merced que su Magestad ha hecho a estos Reinos, con la elecion de vuestra. S. Ilustriss. para Alferez de su justicia, y Adelantado de su gouierno, no supe como mejor declararla, que con estos papeles que a vuestra. S. se presentan, los quales no suplico a vuestra. S. Ilustriss. sean amparados con particular defensa, pues no es justo se les de sino son dignos de andar en el vulgo, y si lo son, basta les tener olor dela doctrina de vuestra S. Ilustriss. cuia Reuerendissima persona guarde nuestro senor, y tenga, de su mano, en la salud y prosperidad que su vniuersal Iglesia, y estos Reinos han menester. De Madrid. XV. de Marco, Ano M.D. LXXIII.