IN Primis
ſupponẽda
supponenda
ſsunt ver
*
ba legis 3. tit.
21. lib. 4. Reco.
dũ
dum
loquẽda
loquenda
de
omnimoda executione, &
adimplemento
ſsententiæ
de remate
,
ſsic di
ſsponit,
que el remate ſse
haga como la dicha ley diſspone, ſsin
embargo de qualquiera apelacion
q̃
que
dello ſse inter puſsiere, dando el acreedor las fianças, como la dicha ley
mã
da
manda
, y ſsin embargo que la tal apelacion
ſse interponga para ante nos, ò para ante los Oydores de nueſstras Audiencias, ò para ante qualeſsquier Iuezes,
ò de qualquier nulidad,
q̃
que
cõtra
contra
la dicha
execuciõ
execucion
, ò remate ſse alegue: lex
autẽ
autem
19.
eiuſdẽ
eiusdem
tituli, quæ po
ſsterior e
ſst, dicit in fine,
y haga el remate y pago, ſsin embargo de qualquier
apelacion.