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¶Aqui ſse cõntienẽcontienen

treynta propoſsiciones muy juridicas:

en las quales ſsumaria y ſsuccintamente ſse tocãtocan muchas coſsas perteneciẽtespertenecientes al derecho que la ygleſsia y los principes chriſstianos tienen / o puedẽpueden tener ſsobre los infieles de qual quier eſspecie que ſsean. Mayormente ſse aſsſsigna el verdadero y fortiſsſsimo fundamento en que ſse aſsſsienta y eſstriba: el titulo y ſseñorio ſsupremo y vniuerſsal que los Reyes de Caſstilla y Leon tienen al orbe de las que llamamos occidẽtalesoccidentales Indias. Por el q̃lqual ſson conſstituydos vniuerſsales ſseñores ygleſsia Emperadores enellas ſsobre muchos reyes. ApuntãApuntan ſse tambien otras coſsas cõcernientesconcernientes al hecho acaecido en aq̃laquel orbe notabiliſsſsimas: y dignas de ſser viſstas y ſsabidas. Colijo las dichas treynta ꝓpoſicionesproposiciones El obispo don Fray Bartholome de las Caſsas / o Caſsaus: Obiſspo que fue ladela ciudad Real de Chiapa: cierto Reyno delos dela nueua España. Año. 1552.
Prefacio

ArgumẽntoArgumento dela cauſsa delas ſsiguientes propoſsiciones.

El obiſspo don fray Bartholome delas caſsas / o caſsaus ſsiendo obiſspo dela ciudad real de Chiapa que es vn reyno dela nueua eſspaña: como conoſscieſsſse por experiẽciaexperiencia de cincuenta años las neceſsſsidades eſspirituales que los Eſspañoles an incurrido enlas Indias: delas quales no eſtauãestauan libres los que biuiãbiuian en aq̃laquel obiſspado: antes eran delos mas neceſsſsitados de tener lumbre de ſsus errores y peccados: y que le incũbiaincumbia por su officio paſstoral darles Remedio para ſsu ceguedad y peligro (lo qual no ſsuele darse por otra via deſspues dela predicaciõpredicacion y Doctrina ſsino por las confeſsſsiones) por eſsta causa ordeno vna breue informaciõinformacion como confeſsſsionario aſsſsignando ciertas reglas por las quales enel foro dela conciencia se guiaſsſsen / o rigeſsſsen los confeſsſsores. Traydo eſste confeſsſsionario a eſstos Reynos de caſstilla y viſsto y reuiſsto y examinado: fue aprouado y firmado por ſseys maeſstros ſseñalados en theologia. Pero algunos emulos dela verdad: ygnorãtesygnorantes del hecho y del derecho delas coſsas paſsſsadas enlas Indias: que pretendiãpretendian poner eſscuſsas y colores a obras nefandiſsſsimas / queriẽndoqueriendo lo calumniar: tomaron por ocaſsion para fundarſse vna delas reglas dichas imponiendo le que cõteniacontenia negar el titulo / o señorio de aquel orbe que enel tienen los Reyes de Castilla. Porq̃Porque afirma que todo lo que enlas yndias ſse ha hecho por los Eſspañoles nullo y de ningun valor de derecho aya ſsido como coſsa hecha ſsin autoridad de principe y contra toda natural juſsticia. Deſsta ocaſsion tuuieron las ſsiguientes propoſsiciones ſsu origen y principio.
Prologo

¶ Prologo ldel obispo don Fray Bartholome de las Caſsas / o Caſsaus Alos muy poderosos y chriſstianiſsſsimos ſseñores el CõſejoConsejo real delas Indias.

Uuestra alteza mãndomando llamarme a eſste Real cõſejoconsejo de las Indias: ſsobre vn confeſsſsionario que yo hize: por el qual ſse regieſsſsen los confeſsſsores en las confeſsſsiones de españoles en mi Obiſspado: delqual diz que reſsultan algunas propoſsiciones ſsegun el entendimiencoentendimiento que le dan algunos: delas quales ſse podra inferir quelos reyes de Caſstilla no tienen titulo / o no buen titulo al imperio y ſseñorio de que vsan en aquel Orbe. Y parecio a vueſstra alteza que yo deuia declarar por eſscrito lo que dello ſsiento / pues muchas vezes eneste Real conſsejo he hablado en fauor dello. E porque eſsta es materia de grãgran calidad e importãciaimportancia y para dar cuẽtacuenta della requiere largo tratado: pues a de venir a manos de varones doctos y perſsonas excelentes y yo lo he començado a collegir delo que ha algũosalgunos años que he penſsado y eſstudiado: pero porque vueſstra Alteza me da prieſsſsa por lo ẽbiarembiar a su magestad: pareciome mucho abreuiando hazer de todo lo que ſsegun dios y ſsu ley cerca deſste articulo alcanço: por las ſiguiẽtessiguientes propoſsiciones ſsin prouallas el ſsumario preſsente. La prueua dellas con lo demas ſse quedara ꝑapara enel dicho tratado que en breues dias ſsi plaze a Dios vueſstra alteza vera eneſste real cõſejoconsejo preſsentado. Y porque neceſſariamẽtenecessariamente tractando deſsto ſse han de tocar coſsas a nueſstra ſsancta fee concerniẽtesconcernientes: porende todo lo que dixere y cada parte dello ſsomero ala correction dela ſsancta romana ygleſsia.
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