Cap. VII. De los Virreyes, Preſsidentes i Governadores, que tienen facultad para encomendar, ò carecen della en las Indias.

SVMARIO.

  • 1 Virrey del Perù, porque encomienda.
  • 2 Preſsidente de la Plata, porque no encomienda.
  • 3 Preſsidente de Quito, porque no encomienda.
  • 4 Governadores de los Charcas i Quito.
  • 5 Governador de Tucuman, porque encomienda.
  • 6 Governador de S. Cruz, porque encomienda.
  • 7 Governador del Paraguay, porque encomienda.
  • 8 Governador del Rio de la Plata, porq̃ porque encomiẽda encomienda .
  • 9 Governador de Chucuito, porque no encomienda.
  • 10 Governador de Yabuarſsonco, porq̃ porque no encomienda.
  • 11 Governador de los Quixos, porque encomienda.
  • 12 Preſsidente de Chile, porque encomienda.
  • 13 Preſsidente del Nuevo Reyno, porq̃ porque encomienda.
  • 14 Governador de Popayan, porque encomienda.
  • 15 Governador de Antioquia, porque encomienda.
  • 16 Governador de los Muſsos, porque encomienda.
  • 17 Governador de S. Marta, porque encomienda.
  • 18 Governador de la Grita, porque encomienda.
  • 19 Governador de Cartagena, porque encomienda.
  • 20 Governador de Dorado, porque encomienda.
  • 21 Preſsidente de Panamà, porque encomienda.
  • 22 Governador de Veragua, porque encomienda.
  • 23 Governadores del diſstrito de Barlovento.
  • 24 Preſsidente de la Eſspañola, porque encomienda.
  • 25 Governador de Venezuela, porque encomienda.
  • 26 Governador de Cumanà porque encomienda.
  • 27 Governador de la Trinidad, porque encomienda.
  • 28 Governadores de las Iſslas, que encomẽdavan encomendavan , i porq̃ porque .
  • 29 Governador de la Florida puede encomẽdar encomendar , i porq̃ porque .
  • 30 Virrey de Nueva Eſspaña, porque no encomiẽda encomienda .
  • 31 Governador de Yucatan, porque encomienda.
  • 32 Preſsidente de la Galicia, porque no encomienda.
  • 33 Governador de la Vizcaya, porque no encomienda.
  • 34 Governador del Nuevo Mexico porq̃ porque encomiẽda encomienda .
  • 35 Preſsidente de Guatimala, i ſsus Governadores.
  • 36 Preſsidente de Filipinas, porque encomienda.

Virrey del Perv.

1
* ES Governador i Capitan General, i ſsuceſs ſsor en eſstos cargos, del Marques don Franciſsco Pizarro, que capitulò
ſsu deſscubrimiento, i poblaciõ poblacion , debaxo del nombre de Provincia de Tumbez, que deſspues intitulò, Nueva Caſstilla. Sus terminos al principio fueron, deſsde Tumumpulla, haſs ta Chincha, con dozientas leguas de coſsta,
à que ſse añadieron
ſetẽta setenta , por la miſsma linea Norte Sur, por averſse dudado, ſsi eſsta capitulacion, con ſsolas las docientas leguas, comprehẽdia comprehendia la ciudad del Cuzco, ô pertenecia à la Nueva Toledo, de que era Governador don Diego de Almagro; que dio cauſsa a las guerras civiles, que ſse levantaron entre eſstos dos famoſsos Capitanes; que a los dos coſstaron las vidas: i al fin ſse declarò
en favor del Marques Pizarro. La Nueva Toledo, que comprehendia parte del Collao con los Charcas, Lipes, i Chichas, muerto el Adelantado Almagro, á quien eſstava cometida por capitulacion, quedò a ſsu hijo don Diego de Almagro, por nombramiento, que en el hizo; dexando por ſsu adminiſstrador, haſsta que tuvieſs ſse competente edad,
para el govierno, á Diego de Alvarado, que como amigo del muerto Adelantado, inſstò para que entraſs ſse en el; pero ni lo obtuvo en las Indias,
ni menos en Caſstilla, adonde vino, i murio en la demanda:
porque ſsabiendoſse, que ya don Franciſsco Pizarro lo governava todo,
aunque huvo opinion, de que ſse dividieſs ſsen las governaciones, parecio mas acertado no innovar:
i aſssi las tuvo, haſsta que le mataron, quando entrava en la tierra, como juez, el Licenciado Criſstoval Vaca de Caſstro: que hallandola alterada, i a don Diego | de Almagro, que la tiranizava, ſse declarò
por Governador general de todo el Perù, uniendo en ſsi las dos Provincias de la Nueva Caſstilla, i Nueva Toledo, cuya union avia coſstado las vidas a ſsus dos Pacificadores, i a tantos, como a cada uno ſsiguieron. Tuvo tambien el Marques Pizarro la Provincia de Quito, que deſscubrio i poblò, como Teniente ſsuyo, don Sebaſstian de Belalcaçar, ſsegun que deſspues ſse declarò.
De ſsuerte, que el govierno de Pizarro comprehendia, propiamente, todo lo que ſse llama Perù; que es deſsde Quito a los Charcas.
I aunque ſse eſstendia a Chile, i a Popayan, mas era por cercanìa, que por derecho; i aſssi en eſstas dos Provincias no uſs ò de la facultad de encomendar, ſsino en las del Perù: porque en ellas lo capitulò
expreſs ſsamente, i lo executò el año de quarenta, repartiendo
todo lo que, haſsta entonces, avia deſscubierto i pacificado: con que perpetuò la facultad à ſsus ſsuceſs ſsores, que ſson los Virreyes del Perù, aunque ellos la llevan por deſspacho ordinario, i la uſsan en las miſsmas Provincias de Nueva Caſstilla, Nueva Toledo, i ſsan Franciſsco de Quito, que es donde la uſs ò Pizarro, i para donde el Licenciado Lope García de Caſstro llevò el govierno, aunque el Virreynato a mas tierras ſse eſstiende.

Presidente de la Plata.

2
* NO es Governador, ni encomienda, porque la Nueva Toledo, en que aſs ſsiſste, i es diſstrito de ſsu Audiencia, es del Virrey del Perù, en quanto al govierno:
i aun en ſsu fundacion ſsolo fue Regente, que preſsidieſs ſse, quando el Virrey faltaſs ſse, haſsta que ſse le embiò ſsello Real:
i con el quedò tan ſsubordinada toda la Audiencia, que no | ſsolo el Virrey tiene ſsu govierno, i dà las Encomiendas de la Nueva Toledo; ſsino en vacante de Virrey, el Audiencia de Lima: tanto ſse guarda el diſstrito a cada governacion.

Presidente de Qvito.

3
* NI es Governador, ni encomienda, por la razon, que el de la Plata: pues fue ſsu fundacion
dentro de la governacion de Pizarro, en que ſsus ſsuceſs ſsores tenian adquirida la facultad de encomendar, como oy la uſsan.
4
*En el Virreynato del Perù, i diſstrito de las dos Audiencias de los Charcas i Quito, porque en el de la de Lima no ay ninguno, ſse proveen oy ſsiete Governadores. De los Charcas cinco, en Tucuman, Santa-Cruz de la Sierra, Paraguay, Rio de la Plata, i Chucuìto. En el de Quito dos, Quixos, i Yahuarſsonco.

Governador de Tvcvman.

5
* EL Deſscubrimiento deſsta Provincia hizo el Capitan Franciſsco de Villàgra, por orden, que le dio el Governador de Chile Pedro de Valdivia, i por particular comiſs ſsion, que tuvo del Preſsidente Gaſsca.
I aunque deſspues cometio ſsu deſscubrimiento al Capitan Iuan Nuñez de Prado;
ſsiempre los Governadores de Chile pretendieron derecho à aquella Provincia, por encomendar Indios en ella: haſsta que ſse declarò, primero
el ſser del diſstrito de la Audiencia de la Plata; i deſspues
pertenecer ſsu govierno al Virrey del Perù, i no al Governador de Chile. I como eſstava poblada, por comiſssion del Preſsidente | Gaſsca, que la tuvo,
para conceder nuevos deſscubrimientos, era con facultad de encomendar, la qual han uſsado i uſsan haſsta oy ſsus Governadores.

Governador de Santa-Crvz.

6
* FVe capitulacion de Andres Manſso, y deſspues de Nuflo Ñuflo de Chaves:
i aſssi, aunque pretendio el Governador de Chile, tener tambien derecho a eſsta Provincia de Santa-Cruz de la Sierra, como a la de Tucuman, i ſse declarô
ſser del diſstrito de la Audiencia de la Plata, i por conſsiguiente, del Virrey del Perù, retuvieronſse los Governadores la facultad de ſsu capitulacion, para encomendar, i la uſsan oy.

Governador del Paragvay.

7
* DEſscubrioſse eſsta Provincia por la mar del Norte, entrando por el Rio de la Plata. Deſspues capitularon ſsu deſscubrimiento don Pedro de Mendoça,
el Adelantado Alvar Nuñez Cabeça de Vaca,
Iuan de Sanabria,
por cuya muerte proſsiguio la capitulacion
ſsu hijo Diego de Sanabria, i ninguno le acabò: haſsta que ultimamente le capitulò
el Capitan Iuan Ortiz de Zarate, con titulo de Governador i Adelantado, cuya obligaciòn acabò de cumplir el Licenciado Iuan de Torres de Vera i Aragon ſsu yerno. I aſssi fue eſstà la Provincia de mas capitulaciones, pues huvo quatro para ſsu poblacion, i todas con la ordinaria facultad de repartir, i encomendar los Indios; la qual conſservan ſsus Governadores.

Governador del Rio de la Plata.

8
* ESta Provincia entrò ſsiempre en las Capitulaciones del Paraguay, i en virtud dellas ſse poblô, i eſstuvieron unidas; haſsta que, por el mucho diſstrito, que tenia, ſse dividieron pocos años ha, criando nuevo Governador, con titulo del Rio de la Plata, i dexando al que lo era el Paraguay. I como ningun Governador, que no ſsea Virrey, ò Preſsidente, tiene, ni exerce la facultad de encomendar en el diſstrito de otro, cada uno deſstos Governadores retuvo en el ſsuyo la facultad, i aſssi la uſsa el del Rio de la Plata, de cuya Provincia es cabeça la ciudad de la Trinidad, Puerto de Santa Maria de Buenos-Ayres.

Governador de Chvcvito.

9
* ESte govierno ſsue corregimiẽto corregimiento , que proveìa el Virrey del Perù: i ſsin darle mas juriſsdicion, ſse criò govierno.
No encomienda Indios, porque es todo de Indios, ſsin tener pueblo ninguno de Eſspañoles por ſsujeto; i aſssi ſse reputa por corregimiento de naturales, los quales, ſsi bien los mas ſson de la Corona Real, Encomienda el Virrey, por la regla tercera de las referidas.

Governador de Yahvarsonco.

10
* LA Provincia de Yahuarſsonco i Bracamoros, que aſssi ſse intitula el govierno, fue deſscubierta por los Capitanes Iuan Porcel, i Pedro de Vergara, por orden del Licenciado Vaca de Caſstro:
pero ninguno poblò. El Capitan Iuan de Salinas hizo deſspues ſsobre ella particular capitulacion,
con el Marques de Cañete don Andres Hurtado, Virrey del Perù, con titulo de Corregidor: i | aunque no me conſsta, ſsi tuvo facultad de encomendar; i parece, que a ſsu hijo don Gaſspar de Salinas, ſse dio titulo
de Governador; el que oy lo es carece della, i en ſsu diſstrito, que fue de la capitulacion de Pizarro, la uſsa, i encomienda el Virrey.

Governador de los Qvixos.

11
* LOs Quixos, Cimaco, i la Canela, embiò a deſscubrir, deſsde Quito, don Sebaſtiã Sebaſtian de Belalcaçar, encargandolo al Capitan Gonçalo Diaz de Pineda;
que ſsolo ſsirvio de ſsacar las noticias, con que deſspues entrò Gonçalo Piçarro, a padecer los infinitos trabajos, que de las hiſstorias
conſs ta. Siguio eſste deſscubrimiento Gil Ramirez de Arellano, por orden del Virrey Marques de Cañete, el año de quinientos i cincuenta i ſsiete: i ultimamente el Capitan Melchor Vazquez de Avila, hermano del Preſsidente de Caſstilla Rodrigo Vazquez. Fue ſsiempre à proviſsion de los Virreyes, por lo qual re ſservaron en ſsi la facultad de encomendar, i la han uſsado algunas vezes en eſste govierno, por tres vidas; ſsin que ſse ſsepa el fundamento, con que ſse introduxo en el, una vida mas de lo que en todo el Perù ſse pratica. Conſsvlta huvo al Rey ſsobre ello,
i ſse reſs pondio, que el Virrey no hizieſs ſse novedad, i à la Audiencia de Quito, en cuyo diſstrito cae, ſse mãdò mandò , que informaſs ſse: no me conſsta, que ſse aya reſsuelto. Pero los Governadores deſsta Provincia, ſse han adquirido eſsta facultad, por razon de las capitulaciones ordinarias de conquiſsta; i aſssi encomiendan, aunque los Virreyes del Perù pretendan lo contrario.

Presidente de Chile.

12
* GOvernador i Capitan General. Aquel Reyno fue deſscubierto por don Diego de Almagro: i aviendo dexado ſsu pacificacion, la dio el Marques Pizarro a ſsu Maeſs ſse de Campo Pedro de Valdivia, con titulo de ſsu Teniente i Capità Capitan General,
Herrera, Dec.
i con facultad para encomendar, de la qual uſs ò en la fundacion de las ciudades de Santiago, la Serena, la Concepcion, la Imperial, i Valdivia.
Bolviendo deſspues al Perù, en favor del Preſsidente Gaſsca; i aviendo regido el campo de los leales en la batalla de Xaquixaguana, le dio titulo
Bivar. cap. 78.
de Governador i Capitan General de aquel deſscubrimiento, con la facultad ordinaria: como todo lo re ſsiere ſsu Secretario Geronimo de Bivar en la hiſstoria de aquel Reyno, que tengo manueſscrita. Con eſsto aquel govierno quedò ſseparado del Perù, aunque con algun reconocimiento a ſsu Virrey, aun deſspues de fundada en el, Audiencia Real, que ſse quitò, i ſse ha buelto a poner, conſservando ſsiempre el Preſsidente, o Governador la facultad de encomendar, como la tuvo Pedro de Valdivia.
Siguiendo la tierra del Perù, deſspues de la Audiencia de Quito, entra la del Nuevo Reyno de Granada, en cuyo diſstrito ay ſsiete Governadores, que ſson de Popayan, de Antioquia, de los Mu ſsos, de la Grita, de Santa Marta de Cartagena, i del Dorado.

Presidente del Nvevo Reyno.

13
* GOvernador i Capitan General, ſsolo ſsubordinado al Supremo Conſsejo de las Indias; i el Audiẽcia Audiencia es Pretorial en todo ſsu diſstrito. | Deſscubrio aquel Reyno el Licẽciado Licenciado Gonçalo Ximenez de Queſsada, como Lugarteniente del Adelantado de Canaria don Pedro Fernandez de Lugo, que aviendo capitulado el deſscubrimiento, i governaciõ governacion de Santa Marta, le ordenô, que entraſs ſse a deſs cubrir, como entrô, haſsta la Provincia del Cacique Bogotâ; en que poblô la ciudad de Santa-Fe, repartiendo los Indios, i uſsando el oficio de Governador, como pudiera el miſsmo Adelantado, que luego murio: i ſsucediendole ſsu hijo don Alonſso Luis de Lugo en la governacion de Santa Marta, paſssò a governar el Nuevo Reyno, de que dio, no buena cuenta, i ſse embiò al Licenciado Armendariz, ya con ſseparacion de Santa Marta, haſsta que la riqueza de la tierra, i lo que ſse iva poblando, pidio, i ſse puſso Audiencia Real:
cuyo Preſsidente quedò con la facultad, que el Licenciado Queſsada, i los que le ſsucedieron, avian uſsado, i aſssi la tiene i exerce, i encomienda.

Governador de Popayan.

14
* DEſscubrio eſsta Provincia don Sebaſstian de Belalcaçar, ſsaliendo de Quito, dõde donde eſstava como Lugarteniente de Pizarro,
por lo qual quedò incluſsa en el govierno del Perù, haſsta que canſsado el valor de Belalcaçar de militar â orden agena, ſse vino a Eſspaña, donde por ſsus buenos ſservicios, le dio el Emperador el govierno de Popayan, Guacallo i Neba, haſsta los confines de Quito, con titulo de Adelantado, i facultad de encomendar; excluyendo del al Marques Pizarro, i al Adelantado Paſscual de Andagoya, que por aver capitulado la tierra, que cae a la coſsta, por el Rio de ſsan Iuan, pretendia entrar en eſsta:
la qual, deſs de entonces quedô ſseparada; i por eſstar entre las | dos Audiencias de Quito, i Nuevo-Reyno, parte de ſsu diſstrito, reconoce a la una, i parte a la otra. Pero ſsu Governador encomienda, como pudo el Adelantado Belalcaçar.

Governador de Antioqvia.

15
* LA Ciudad, de que eſste govierno toma el nõ bre nombre , fundô el Capitan Iorge de Robledo; por orden del Adelantado Belalcaçar,
con las de Cartago i Anzerma: i queriendo venir a Eſspaña â pedirlas en govierno, haziendo con Belalcaçar, lo que el avia hecho con Pizarro, fue preſso por el Adelantado don Pedro de Heredia, que era Governador de Cartagena, por dezir, que Antioquia era de ſsu diſstrito, de la qual ſse apoderò. Pero llegando Iuan Cabrera, Teniente de Belalcaçar, ſse la quitò, i dexô en ella, con titulo de Governador, al Bachiller Madroñero. Segunda vez la ocupò Heredia, en que pu ſso al Licenciado Gallegos, â quien ſsegunda vez la quitò Madroñera. Todos eſstos encomendaron ſsus Indios, como lo advierte Herrera:
de ſsuerte, que en eſstas rebueltas huvo cinco repartimientos; uno de Robledo, dos de Heredia, i dos de Madroñero: i aſssi quedò bien introducida la facultad de encomẽ dar encomendar en los Governadores, que deſspues fueron ſsucediendo, porque no bolvio mas a ſser de Popayan, ni de Cartagena, i la uſsan oy.

Governador de los Mvsos.

16
* FVe eſsta Provincia, en que eſstà el govierno de los Indios Muſsos i Colimas, una de las mas belicoſsas de todo el Nuevo-Reyno: i a ſsu deſs cubrimiento i pacificacion, embiò el Licenc. Gon çalo Ximenez de Queſsada,
al Capitan Luis Lan| chero: proſsiguiola Hernando de Valdès, ſsin que el uno, ni el otro la conſsiguieſs ſsen, ni menos Pedro de Orzùa, que entrò por orden del Licenciado Armendariz; haſsta que bolviendo el Capitan Lanchero poblò las dos ciudades, que oy tiene, de la Trinidad, i la Palma, con titulo de Governador, i facultad para repartir, como repartio, los Indios que pacificò, i la exercen ſsus ſsuceſs ſsores; aũque aunque no diſsta veinte leguas de Santa-Fe, donde aſssiſste el Preſsidente del Nuevo Reyno.

Governador de Santa Marta.

17
* ESta Provincia ſsue cabeça de la capitulacion del Adelantado de Canaria don Pedro Fernandez de Lugo,
i por ella començ ò ſsu govierno. I aunque ſsalio del el deſcubrimiẽto deſcubrimiento del Nuevo Reyno, ſsiempre quedò el de Santa Marta con Governador, i con la facultad de encomendar, que haſsta aora tiene. El Rio de la Acha, era del diſstrito de la Audiencia de Santo Domingo, como originado por Venezuela, deſspues ſse incorporò, i eſstà oy en eſste govierno,

Governador de la Grita.

18
* ESte govierno era corregimiento, à proviſsion del Preſsidente del Nuevo Reyno, i ſse dio con titulo de Governador
al Capitan Iuan Pacheco Maldonado, en forma de capitulacion, por ocho años, con cargo de pacificar los Indios Motilones, i allanar la navegacion del Rio Zulia, haſsta la Laguna de Maracaybo, donde avia eſstado mucho tiempo, i de que tenia baſstante experiencia.
Eſste govierno dio motivo a ſsacar el origen deſsta facultad de encomẽdar encomendar en todos los Governadores de las | Indias, porque el Preſsidente del Nuevo Reyno ha pretendido uſsarla en ſsu diſstrito, alegando, que no expreſs ſsandolo ſsu titulo, como no lo expreſs ſsa, no puede encomendar. Pero ſsin embargo parece, que deve gozar della, por lo que ſse ha dicho, acerca de la Regla primera, pues ſsiendo capitulacion para pacificar, la ordenança le concede, que en lo que poblare, pueda encomendar por tres vidas; i en lo que hallare poblado por dos.

Governador de Cartagena.

19
* SV Provincia fue capitulacion del Adelantado don Pedro de Heredia,
principio baſstante, para que ſsus Governadores encomienden, como lo hazen: ſsi bien los Indios de ſsu diſstrito deven de ſser muy pocos, pues ya en tiempo de las Nuevas leyes eran de tanta conſsideracion,
que no ſse les hizo de mal a los vezinos el dexarlos.

Governador del Dorado.

20
* ESta Provincia del Dorado, es el encanto de las Indias, todos la buſscan, i ninguno la halla. Noticia es muy antìgua, que ay un Cacique, que deſsnudo i dorado entra a ſsacrificar en una gran laguna, cuyas riquezas ſson infinitas , . De aqui nacio el nombre del Dorado, que tantos han deſseado hallar.
Filipe de Vtre, ſsaliendo de Venezuela a deſs cubrir, dio en unas Provincias, que llamavan de Omagua, i Omegua,
i el tuvo por del Dorado; pero haſs ta oy nadie pudo bolver a ellas. A eſste deſcubrimiẽ to descubrimiento han aſspirado las capitulaciones del Marañon i Orinoco, que la primera fue de Antonio Sedeño,
Herrer. De cad. 5.
luego de Diego de Ordas,
de Geronimo Ortal, de don Pedro de Silva, i de otros, que todos perecieron, | ſsin deſscubrir nada. Por el Nuevo Reyno ſsiguio el miſsmo intento el Adelantado Gonçalo Ximenez de Queſsada, capitulando quatrocientas leguas, que començaſs ſsen deſsde las eſspaldas del Nuevo Reyno al Norte, por los rios de Pauto, i Papamene, i vinieſs ſsen a comprehender haſsta la iſsla de la Trinidad. Eſsta capitulacion ſsiguio Antonio de Berrio, como heredero del Adelantado, i lo mas que hizo, fue poblar la ciudad de ſsan Ioſseph de Oruño, en la Iſsla Trinidad, i la de Santo Tome, en la tierra firme del Orinoco, quarenta leguas arriba de ſsu boca. I por capitulacion particular, ſsobre la del Adelantado Queſsada, que era por dos vidas, ſse le prorogô el govierno otra mas, con titulo de la Guayàna, ò Dorado; que deſspues de tantas perdidas de gente, ha quedado en ſsola la ciudad de Santo Tome, pobre, i perſseguida de coſarios corſarios . Todos los que capitularon eſste deſscubrimiento, tuvieron facultad de encomendar, que ha quedado en el ultimo, que fue don Fernando de Berrio, que gozo la tercera vida, como ſse ha dicho, fue cautivo, viniendo a Eſspaña, i murio en el cautiverio, i ſsu Mageſstad ha proveìdo aquel govierno.
Acaba el Perù, ſsegun ſsu mas lata ſsignificacion, en lo que comprehende por diſstrito la Audiencia de Panamâ, con ſsolo un Governador, que es el de Veragua.

Presidente de Panama.

21
* GOvernador i Capitan general, i guarda las ordenes del Virrey del Perù en caſsos graves i ſsuperiores, que miran a la defenſsa univerſsal. En quanto al govierno, es ſsuceſs ſsor de los que le han tenido, de lo que llamaron, Caſs tilla del Oro, i deſspues ſse llamò Tierra-Firme, | haziendo propio el nombre apelativo, en que fue el primero Pedro Arias de Avila. Todos tuvieron facultad de encomendar, i la tiene oy el Preſsidente: pero dudo, que aya Indios en que exercerla; porque ſsolo han quedado muy pocos en las villas de Todos Santos i Natà, de aquel diſstrito.

Governador de Veragva.

22
* ESta Provincia deſscubrio el Almirante don Criſstoval Colon, i fue la primera, en que ſse intentô hazer poblacion en tierra-firme de las Indias.
En ella ſse le dieron veinte i cinco leguas en quadro à ſsus herederos, con titulo de Duques. Pero aviendo ſse las cedido al Rey, por diez i ſseis mil ducados de renta, que cobran en las caxas de Panamà, no les quedò coſsa alguna en Veragua, ſsino el titulo de Duques, i aun eſste es de la Vega, en la iſsla Iamaica. La pacificacion de Veragua, i Rio de Balen, capitulò el año de treinta i cinco Felipe Gutierrez, cuyo fin fue de ſsuerte, que llegaron los ſsoldados a comerſse unos a otros, haſsta acabar los mas, i dexar los otros la tierra.
Lo miſsmo intentò deſs pues Diego Gutierrez, excluyendo a Hernan Sanchez de Badajoz, que por capitulacion de la Audiencia de Panamà, avia entrado. Poblo a Cartago, i repartio la tierra: pero ſsus Indios fueron tan belico ſsos, que nunca ſsirvieron de paz. Pero baſstò lo dicho, para introducir, en aquel govierno, facultad de encomendar, de que ſsu Governador goza.
23
*Antes de paſs ſsar a las Provincias, que oy ſse incluyen en lo que llamamos Nueva-Eſspaña, eſstà la Audiencia de Santo Domingo, en la iſsla Eſspañola; que tiene por diſstrito todo el archipielago de Barlovento, i parte de la coſsta de Tierra-Firme, i ſsus iſslas; en | que incluye ocho goviernos: Dos en Tierra-firme de Venezuela, i Cumanà; dos en ſsus iſslas de la Trinidad, i la Margarita; i quatro en las de Barlovento de la Havana, Santiago de Cuba, Puerto-Rico, i Iamaica; ſsin el de la Florida, que es exempto.

Presidente de S. Domingo.

24
* ES Governador i Capitã Capitan General, i Pretorial, ſsu Audiencia. Començ ô el govierno de aquella Iſsla con el deſscubrimiento de las Indias por don Criſstoval Colon, con titulo de Virrey; i en ella ſse hizo el primer repartimiento, como queda advertido: con que ſsus Governadores ſsiempre tuvieron facultad para encomendar: pero ha muchos años, que no tienen Indios, en que exercerla, i aſssi es facultad vana, pues nunca ſse puede reducir à acto.

Governador de Venezvela.

25
* ES Capitan General: ſsu Provincia fue capitulacion de los Belzares, Alemanes,
hecha con ſsus agentes Enrique Alfinger, i Geronimo Sayller, i executada por Ambroſsio Alfinger, i Bartolome Sayller;
de que dieron tan mala cuenta, que les fue quitado el govierno, i fue por Governador el Licenciado Iuan Perez de Toloſsa;
à quien fueron ſsucediendo otros, fundando ciudades, i repartiendo Indios, como Pacificadores, con que dexaron perpetuada la facultad haſsta aora, que la gozan ſsus Governadores.

Governador de Cvmana.

26
* FVe eſsta Prouincia de Cumanâ capitulacion
del Capitan Franciſsco Hernandez de Serpa, que apenas entrò a deſscubrir, quãdo quando le mata| ron los Indios, con que ſsolo ſsirvio de hazer govierno aquella Provincia, como lo quedô, con titulo de Nueva Andalucia, que le avia dado primero Frãciſ co Franciſco de Orellana, en otra capitulacion,
que con el miſsmo efeto hizo para eſsta Provincia: i los dos con las condiciones ordinarias, i facultad para encomendar.

Governador de la Trinidad.

27
* ESta Iſsla anduvo ſsiempre con las capitulaciones del Dorado, como ſse ha dicho; aunque para ella ſsola, la otorgò Antonio Sedeño,
i por agregada â las otras, intentaron ſsu pacificacion Diego de Ordâs, Geronimo Ortal,
i por capitulacion
particular, Iuan Troche Ponze de Leon, con merced
de doze leguas de tierra en quadro, para el, i para ſsus herederos: pero ninguno lo conſsiguio, haſsta Antonio de Berrio, que poblò a ſsan Ioſsef de Oruño.
Como ſse aya deſsmembrado eſsta Iſsla del govierno de la Guayâna, ò Dorado, ſsiendo de una miſsma capitulacion, no ſse halla declarado, pero puedeſse colegir de lo que dirè. Eſstando por Governador deſsta Provincia don Femando de Berrio i Oruño, por la capitulacion de Antonio de Berrio ſsu padre, por algunas quexas, que del huvo, ſse le mandò dar reſsidencia, en que fue condenado â privacion del govierno, i dado à Diego-Palomeque de Acuña:
i deſspues al don Fernando, aviendo parecido en el Conſsejo, i repreſsentado ſsus ſservicios, i los de ſsu padre i tio el Adelantado Queſsada, ſse le dio cedula,
para que, paſs ſsados los quatro años, porque iva proveìdo Diego Palomeque, bolvieſs ſse a entrar don Fernando en el govierno, i le gozaſs ſse por toda ſsu vida. El ſse fue al Nuevo Reyno, i el Governador a la | Guayana, donde entrò Gualtero Raleg, coſario corſario Ingles; i en una refriega, que con el tuvo, fue muerto el Governador Palomeque,
de que ſse dio aviſso a las dos Audiencias de Santo Domingo, i Nuevo Reyno, porque las dos pretendian derecho a eſsta Provincia. De la del Nuevo Reyno, ſse apercibio luego para ſsalir don Fernando de Berrio, como a quien tocava el govierno: i el Audiencia embiò orden, para que en el interin, que llegava, le tuvieſs ſse por ella Capitan Geronimo de Grados. La de Santo Domingo proveyò
por Governador de la Guayana, a don Iuan de Viloria i Quiñones; que llegado a la Iſsla Trinidad, fue recebido pacificamente: pero en la ciudad de Santo Tome, no le recibieron, por dezir, que aquella Provincia no pertenecia, ſsino al Nuevo Reyno, de cuya Audiencia aguardavan Governador, i avian recebido Teniente, con que don Iuan de Viloria ſse bolvio a la Trinidad, donde uſs ò el oficio de Governador, con facultad de encomendar, i ſsubordinado a la Audiencia de Santo Domingo. I eſsta juzgo, que fue la cauſsa de la deſsmembracion deſste govierno.

Governador de la Havana. Governador de Santiago de Cvba. Governador de Pvertorico. Governador de la Margarita. Governador de la Isla Iamaica.

28
* DEſstos cinco Governadores, los dos, de la Havana, i Puertorico, tuvieron antiguamente facultad para encomendar; pero ni ellos, ni los demas la puedẽ pueden oy exercer, por no aver Indios ningunos en ſsus diſstritos: i aſssi no ay ſsobre | que cayga la duda. El de Iamaìca no es pueſsto por el Rey, ſsino por los Duques de la Vega, que tienen ſsu Eſstado en eſsta Iſsla.

Governador de la Florida.

29
* ESta Provincia, aſssi para ſsu deſscubrimiento, como para ſsu poblacion, ha tenido muchas capitulaciones. La primera, con ſsu deſscubridor Iuan Ponce de Leon.
La ſsegunda, con el Licenciado Lucas Vazquez de Ayllon,
que era Oydor de la Eſspañola. La tercera, con Pamfilo de Narvaez.
La quarta con el Capitan Hernando de Soto.
La quinta, con otro Lucas Vazquez de Ayllon,
que parece era hijo del Oydor. La ſsexta, con el General Pedro Menendez de Avilès,
i merced de veinte i cinco leguas en quadro. Todos llevaron facultad para encomendar, i ninguno la exerciò, porque nunca en aquella Provincia ha avido Indios pacificos, que puedan ſser encomendados, ni las capitulaciones fueron mas, que deſscubrir la tierra; i la ultima poblò lo poco, que oy ſse ſsuſstenta con mucha coſsta. Eſste Governador no eſsſsubordinado a la Audiencia de Santo Domingo, ni a otra ninguna, ſsinoinmediato al Conſsejo. Ofreciendoſse, en que no dudo, que encomendarâ Indios.

Virrey de Nveva España.

30
* ES Governador i Capitan General, i ſsuceſs ſsor en el cargo del Marques don Fernando Cortès, que no tuvo facultad para encomendar por capitulacion, aunque la otorgò, para aquella Provincia Diego Velazquez,
ni por titulo, aunque le tuvo de Governador,
i Adelantado:
i aſssi ſsolo uſs ò della en el repartimiento primero, i aun en eſste, | contra lo que le eſstava mandado i ordenado, ſsegun largamente ſse ha viſsto: i el origen i cauſsa porque los Virreyes de Nueva Eſspaña no encomiendan en el diſstrito, que goviernan, aunque tienen en el la miſsma ſsuperioridad i juriſdiciõ juriſdicion , que los del Perù en el ſsuyo, excepto en quanto a eſsta facultad, de que carecen.
Tiene eſste Virreynato ſsolo un Governador, ſsubordinado a la Real Audiencia de Mexico, que es el de Yucatan.

Governador de Yvcatan.

31
* ES Capitan General, i unico en toda la Nueva Eſspaña, en tener facultad para encomendar; i aun eſsta exerciò muchos años por tres vidas,
haſsta que ſse le ordenô,
que ſsolo encomẽdaſ ſe encomendaſ ſe por dos, conforme à la ley de la ſsuceſssion; de lo qual procuraremos raſstrear el origen i fundamento.
En eſsta tierra eſstuvo cautivo algunos años Geronimo de Aguilar, à quien don Fernando Cortes llevò, por lengua, al deſscubrimiento de Nueva Eſspaña, como ſsus hiſstorias refieren.
Eſste dio tan buena noticia de aquella Provincia, que Franciſsco de Montejo capitulô ſsu deſscubrimiento i poblacion, con titulo de Adelantado, i nombre de Iſslas de Cozumel, i Yucatã Yucatan , porq̃ porque no ſse ſsabia aun que fueſs ſse tierra firme.
Llegò i poblò un lugar, en que hizo el primer repartimiento de Indios: pero los de aquella tierra fueron tan belicoſsos, que por eſsta vez forçarò forçaron al Adelantado á que la dexaſs ſse. Dioſsele el govierno de Honduras, haſsta que llegò don Pedro de Alvarado, i ſse le quitò, por ordẽ orden del Rey, i por cõcierto concierto le dio la governaciõ governacion de Chiapa,
en que ſse entretuvo, haſsta que pudo bolver à entrar en Yucatã Yucatan , i poblar algunos lugares, en que començ ò a ſser tenido por Governador. En eſste medio tiẽpo tiempo ſse | fundò
la Audiencia de los Confines, que aora eſstà en Guatimala, i entonces ſse mandò poner en Valladolid de Comayagua, i ſse puſso en la ciudad de Gracias à Dios de la Provincia de Honduras: ſsus limites fueron Guatimala, Nicaragua, Chiapa, Yucatan, Cozumel, Higueras, i Cabo de Honduras. Llevò eſs ta Audiencia orden,
para notificar a Montejo, que dexaſs ſse el titulo de Governador de Yucatan i Cozumel, porque eſsta Provincia ſse aplicava inmediatamente a la dicha Audiencia: lo qual no parece, que ſse executò, ò que durò poco, pues aviẽdoſele aviendoſele notificado por Mayo del año de quarenta i quatro, conſs ta,
que a principio del de quarenta i cinco, governava Montejo â Yucatan i Campeche, i governò el, i ſsu hijo, cõforme conforme a ſsu capitulacion, uſsando de la facultad, que tenia, para repartir i encomẽdar encomendar los Indios. La qual ſse le cõ ſervò conſervò , con aver quedado ſsubordinado à aquella Audiencia de Guatimala, que guardô, i guarda haſsta oy, en la proviſsion de las Encomiendas, el derecho del Perù. I aunque, dẽtro dentro de pocos años, eſsta Provincia de Yucatan paſssò a ſser del diſstrito de la Audiencia de Mexico,
no perdio, ni pudo eſste derecho. Lo uno, porque durava todavia la capitulacion de Montejo. Lo otro, porque eſstava ya introducido, i ſsin nueva orden, i prohibicion, no ſse avia, ni devia mudar. Antes le mejorò: porque como por eſste tiempo era, quando ſse començava â permitir por los Virreyes de Nueva Eſspaña la tercera vida por diſssimulacion, ſegũ segun por lo dicho conſsta, cogio el Governador de Yucatan el miſsmo eſstilo de encomẽ dar encomendar por tres vidas, i con el fue buelta aquella Provincia a la Audiencia de Guatimala,
dõde donde eſstuvo diez años; haſsta que ſsegunda vez fue deſsmembrada i agregada à la de Mexico,
P . a 9. de Enero de 1560.
donde haſsta oy permanece, i | exerce la facultad de encomendar, originada de lo que hemos dicho.

Presidente de la Galicia.

32
* ESta Provincia pacificò i poblò Nuño de Guzman, ſsiendo Preſsidente de la Audiencia de Mexico,
i deſspues, como Governador della; aviendo ſsido privado de la Preſsidencia, por los exceſs ſsos, que huvo,
lo fue tambien del govierno, cuya reſsidencia le hizo venir a Caſstilla:
i en ſsu lugar fue proveìdo por el Rey Iuan Vazquez Coronado.
En cuyo tiempo, los Indios de aquella Provincia ſse alteraron de ſsuerte, que convino para ſsu allanamiento ir en perſsona el Virrey de Nueva-Eſspaña don Antonio de Mendoça.
Herrer. Decad. 7 c. 1.
I poco deſspues, para aſs ſsegurarla mas, ſse fundò en ella una Audiencia de quatro Alcaldes mayores,
ſsubordinados al miſsmo Virrey: con que vino a ſser, por pacificacion i govierno, ſsujeta à el. I aſssi ſse introduxo en ſsus Encomiendas el derecho de Nueva-Eſspaña, como ſse guardava en Mexico. I aunque deſspues ſse le embiò a la Audiencia ſsello Real, i ſse proveyò Preſsidente, eſsto fue ſsin quitar el govierno al Virrey, â quien deſspues de varias ordenes, eſsſsubordinada aquella Provincia, en quanto al govierno mayor, guerra i hazienda:
i aſssi de las Encomiendas, que en ella ſse dan por cedulas Reales, como en Nueva-Eſspaña, deſspacha los titulos el Virrey. I como el derecho de las tres vidas eſstava ya aſs ſsentado, i practicado, no ſse derogò, ni el Preſsidente tuvo, ni tiene oy facultad para dar Indios, ni ellos ſse encomiendan, ſsino por cedula del Rey.
Tiene eſsta Audiencia dos goviernos ſsubordinados: el de la Vizcaya, i el del Nuevo Mexico.

Governador de la Vizcaya.

33
* ES Capitan General, pero no encomienda Indios. Intitulaſse de las Provincias de Copala, Nueva Vizcaya, i Chiametla; las quales mã do mando deſscubrir, poblar i pacificar el Virrey de la Nueva-Eſspaña don Luis de Velaſsco el primero,
cometiendolo entonces con titulo de Capitan General, deſspues de Governador, à Franciſsco de Ibarra, ſsin darle facultad para encomendar Indios, con que ſse introduxo en aquellas Provincias, i ſse guarda el derecho de la Nueva-Eſspaña.

Governador del Nvevo-Mexico.

34
* NI es proveido por el Rey, aunque parece lo fue el año de ſseiſscientos i ocho,
ni conſsta que tenga facultad para encomendar, ſsino por la capitulacion. Deſscubrimiento fue primero del Capitan Antonio de Eſspejo;
deſspues de don Iuan de Oñate,
por capitulacion, que hizo con el Virrey don Luis de Velaſsco el ſsegundo: haſsta aora no ay en el Conſsejo tanta noticia deſsta Provincia, que ſse trate en el de la proviſsion de ſsus oficios, ni Encomiendas; i aſssi baſsta eſsta breve memoria.

Presidente de Gvatimala.

35
* ES Preſsidente i Governador, i ſsu Audiencia de las Pretoriales. Aquella Provincia ſse reduxo de ſsu libre voluntad, antes que en ella entraſs ſsen Eſspañoles, por ſsola la fama de lo que en Mexico avian hecho.
Don Fernando Cortès embiô, para que la poblaſs ſse, con titulo de Teniente de Governador i Capitan General, a don Pedro de Alvarado, que aunque hallò a los Indios de otro parecen, | los allanò, i fundò la ciudad de Santiago,
i ſse vino a Eſspaña, de donde bolvio caſsado, i con muchas mercedes; i entre ellas con el titulo de Adelantado, el de Governador i Capitan General de Guatimala, y ſsus Provincias, ſsin dependencia de Cortès.
Avia repartido los Indios,
i aplicadoſse una grueſs ſsa Encomienda; de la qual llevò confirmacion, i con ella, mas libre la facultad de encomendar, porque no tenia la ſsuſspenſsion, que la de Corts. I aunque deſspues llegò orden, para quitar las Encomiendas,
no ſse executô, pues conſsta, que a inſs tancia de algunos quiſso el Adelantado hazer de nuevo el repartimiento general, i lo dexò por los alborotos de la tierra.
Murio Alvarado el año de quarenta i uno. Sucediole el Licenciado Maldonado por proviſsion del Virrey de Mexico. Fundò ſse luego Chancilleria, para aquellas Provincias, de quatro Oydores, i el uno Preſsidente,
con que ceſssò el cargo de Capitan General, i le quedò, como eſstava, la facultad de encomendar. I aunque eſsta Audiencia ſse traſsladò, i fundô de nuevo; parece huvo alteracion en el govierno. Era a los principios la facultad, como en Mexico, por depoſsito.
Remeſsal. dicho c. 4. n. 2.
Salio la ley de la ſsuceſssion, i dexòla por dos vidas. Revocoſse la ley nueva, que quitava el poder encomendar: i como para Guatimala no ſse davan las cedulas, que para el Virrey de Nueva-Eſspaña, llanamente quedò aſs ſsentado el derecho del Perù por dos vidas, i la facultad para encomendar las que vacaſs ſsen, como oy la uſsa el Preſsidente.

Governador de Hondvras.

ES Capitan General: Eſsta Provincia pacificô el Capitan Alonſso de Caceres, por orden de don Pedro de Alvarado, ſsiendo Governador de Guatimala. I aunq̃ aunque Franciſsco de Montejo pretendio derecho a ella por la capitulacion de Yucatan, Alvarado bolvio a Eſspaña: i llevò declaraciõ declaracion , de que le pertenecia,
como quedò notado; i aſssi encomendò en ella, ſsin embargo de aver tenido antes Governadores, de que el de Guatimala quedò por Preſsidente i ſsuperior; i en el ſse conſservò el derecho, que oy tiene, de encomendar en Honduras.

Governador de Nicaragva.

DEſscubriola Gil Gonçalez de Avila, deſsde Panamà.
Pedro Arias de Avila embiò luego à Franciſsco Hernandez de Cordova,
que començ ò a poblar. Deſspues de otros ſsuceſs ſsos fue Pedro Arias, que era Governador de Panamà,
i reconocio la tierra, por tenerla por ſsuya. Dioſse el govierno de Honduras à Diego Lopez de Salzedo,
i ſse le enſsanchô deſspues el diſstrito, con lo qual el ſse entrò en Nicaragua, i repartio los Indios a ſsu voluntad.
Pero luego ſse dio aquel govierno a Pedro Arias, con que quedô libre de Honduras i Panamâ; i aſssi eſstuvo, haſsta que fundada la Audiencia de los Confines, ſse le dio aquella Provincia por diſs trito, i ſse quitò el Governador, con que la facultad de encomendar quedò en el Preſsidente, que la goza oy, aunque ay Governador de Nicaragua.

Governador de Soconvsco.

FVe eſsta Provincia, de las que primero pacificò don Pedro de Alvarado, yendo a Guatimala;
i aſssi quedò ſsiempre como parte de aquel govierno; i los que le tuvieron encomendaron en Soconuſsco, privilegio que permanecio en los Preſsidentes de Guatimala, que le uſsan haſsta oy, como en Honduras.

Governador de Costa-rica.

ANduvo eſsta Provincia con la de Nicaragua, i paſsſsus miſsmos lances, por lo qual encomienda en ella el Preſsidente de Guatimala.

Presidente de Filipinas.

36
* GOvernador i Capitan General, i encomienda los Indios de todas las Iſslas, que govierna, i ſson del diſstrito de la Real Audiencia, que reſside en Manila. Deſscubriolas con ſsu admirable navegacion, i deſsdichada muerte, Hernando de Magallanes, dexando la memoria de ſsu nombre en el Eſstrecho, que haſsta oy le conſserva.
Intentaron ſseguirle algunos, no con buenos ſsuceſs ſsos, aſssi deſsde eſstos Reynos, como deſsde la Nueva-Eſspaña;
haſsta que el Adelantado Miguel Lopez de Legaſspi, ſsaliendo della, dio logro a ſsus trabajos, deſscubriendo las Iſslas, que llamô Filipinas,
i las de los Ladrones, de cuyo govierno tuvo titulo particular. Pacificò la de Luzon, i otras, en que haſsta oy duran las fundaciones. Llevò facultad para encomendar, pero no parece uſs ò della, por no averle durado la vida, haſsta ver las Iſslas tan pacificas, como deſseava. Por ſsu muerte i nombramiento, que el miſsmo Adelantado llevô | cerrado de Nueva-Eſspaña, le ſsucedio en el govierno Guido de Labazarris, que era Factor, Oficial Real, i fue el primero, que ſseñalando Encomiendas, las repartio entre los Conquiſstadores i Pobladores.
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