[sect. 4]Sin embargo destos fundamentos, la duda pedia, resolucion Real, i ley, que lo determinas se: i aunque loreferido pudo valer, para que se declaras se, o concedies se el termino de los seis anos, no para que se tuvies se por declarado, o concedido , como no se tuvo en los casos propuestos, hasta, que por cedulas Reales se resolvio.