¶ Treynta y dos. Si jugo a juegos defendidos. Vnos juegos ſon de ingenio o induſtria, y otros de fortuna o dicha. Y pueſto q̃ en los vnos y en los otros aya ingenio y dicha, da ſe les nombre de lo q̃ mas ay en ellos. Iuegos de induſtria ſon axedrez, bola y pelota y otros ſemejãtes. Y eſtos no ſon defendidos. Iuegos de fortuna ſon cartas y dados. Las tablas ſon defendidas por las leyes imperiales in authen. Alearum vſus co. de relig. & ſumpti. Y por conſiguiente dados y cartas como extienden los juriſtas, porque tãbien alea es todo juego de fortuna. Iugãdo los legos a eſtos juegos para coſa de combite no van contra eſta ley. vt. l. Quod in conuiuio. ff. de aleæ luſu. ni los q̃ juegan poca coſa de recreacion. Y digo poco reſpecto dela perſona que juega, como es lo que ligeramẽte daria de gracia, q̃ lo q̃ es mucho para vno, es poco para otro, porque cõ eſta moderacion ceſſa la razon de la ley que ſon los males que ſe ſiguen deſtos juegos. Ni van tampoco contra la ley canonica. 35. di. c. Epiſcopus porq̃ nunca fue recebida ni guardada, ni adelante renouada. Pero veamos fuera deſtos caſos peccaran los legos jugando a eſtos juegos? El auctor del Manual tiene, que jugando ſin eſcandalo y fin otra circũſtãcia mortal, no es culpa mortal confirmãdo lo con Doctores y razones cap. 19. num. 6. y cap. 23. num. 16. Los clerigos que juegã a eſtos juegos ſin eſcãdalo en tiẽpo de peſtilencia o dolencia no peccan, pues ceſſa la razon de la ley, y porque lo que de ſuyo no es malo ſi no por ſer defendido por vſar mal dello, la coſtumbre lo eſcuſa de culpa. Mas ſi ſe entregan a ellos como tahures ya menoſprecian la ley antigua. Epiſcopus. Y aſsi ellos como los otros clerigos q̃ eſtan preſentes van contra la miſma renouada y acreſcẽtada. De vita & houeſta. Cler. c. 2. oficia. Aſsi junta eſto Caie. 2. 2. q. 198. articu. 3. Otra dubda mayor viene luego cõ eſta, y es ſi el q̃ juega y gana a eſtos juegos defendidos limpiamẽte y ſin engaño, y al que era Señor de lo que perdio, ſi ſera obligado a reſtituyrlo. En eſſo ay diuerſos pareceres de Doctores y a vnos ſeguimos en vn breue cõfeſsionario por ſer graues y de mucho peſo. Pero lo que aora ſe tiene y comunmente platica es que ſera bien dar lo a pobres o boluer lo al que lo perdio, mas que no es obligado a ello y lo puede lleuar y tener ſin eſcrupulo aſsi el clerigo como el lego, porq̃ de ley natural el ſeñor de la coſa le puede dar libremẽte a otro ſobre alguna condicion, o ſin ella.