ΒΆ El Obispo que ordena alguno sin patrimonio sobre concierto que no le pedira alimentos: es suspenso de ordenar por tres anos. Y el que le presenta con condicion, que ninguna cosa le pidira: es suspenso de las ordenes por el mismo tiempo. Y el que assi fue ordenado, es para siempre suspenso de simonia. c. si quis. Por la misma razon parece, que cae en esta censura el que recibe de otro algo dado de gracia en publico, porque no se puede ordenar sin patrimonio o beneficio: pero esto con secreto concierto entre ellos, que despues de ordenado se lo boluera, o no se lo pedira como apunto bien Nauarro.