¶ Capitu. vj. Que ſse dira al penitente oydas las culpas.

¶ Concluyda la confeſssion del peccador, podra le el ſsacerdote tocar quatro coſsas. La primera es el peligro en que eſstuuo haſsta aquella hora, y que fuera del ſsi muriera, ſsi el ſseñor no le aſsperara por ſsu miſsericordia a penitencia, trayendo le a la memoria los peccados mas graues, encareſs ciendo los con algunos exẽplos exemplos , y caſstigos de Dios, y reprehendiendo le dellos. Pero ſsi fueſs ſse de poco coraç õ coraçon y eſstuuieſs ſse tan affligido y atemorizado por conoſscer biẽ bien ſsu eſstado, que le paſs ſsaſsen algunos mouimientos de deſcõfiança deſconfiança ſsera nece ſsario esforçarle, y leuãtarle leuantarle a eſsperança, por exẽ | p. [112]v plos exem plos de muchos que ſsiendo grandes peccadores fueron perdonados y ſsanctos, y que nueſstro ſse ñor en perdonar mas mira a hazer como quien es, que a nueſstra maldad o bondad, como dixo Dauid. Pſsal. 24. Perdonaras ſseñor por tu nombre mi peccado que es muy grande. Y el miſsmo ſseñor ſse alaba deſsto por Eſsaias. 43. diziendo. Yo ſsoy yo ſoy el que por mi perdono tus culpas ſsin acordarme mas dellas. Cuenta ſsi tienes algo por donde ſseas juſstificado, y en el Pſsal. 85. tu Señor eres ſsuaue y manſso, y con todos los que te llamã llaman muy miſsericordioſso, que ſson tres verſsos de muy grã gran conſsuelo.
¶ La ſsegunda es que ſsi le viere floxo en la contricion le diga quanto aborreſsce Dios el peccado. Por vn ſsolo peccado echo los angeles del cielo, y los metio en el infierno. Por vna mã çana mançana que comieron los primeros padres los deſspidio del parayſso. Por andar la gẽte gente fuera de camino embio a los. 1656. años del principio del mundo ſsobre ellos vn diluuio que ninguno dexo a vida ſsino ocho almas que ſse ſsaluaron en vna arca. Y finalmente no quiſso Dios perdonar eſsta culpa ſsin que ſsu vnigenito hijo fueſs ſse hombre, y padeſscieſs ſse tantos tormentos y murieſs ſse por ella.
¶ La tercera es examinar le no aſssi de paſs ſsada mas con mucha diligẽcia diligencia como eſsta diſspueſsto en el verdadero y firme ꝓopoſito propoſito de emendar la vi| da deſsengañandole con algunas de las reglas ſsiguientes. El que acoſtũbra acostumbra jurar a cada paſs ſso ſsin tener cuenta que ſsea mentira o verdad lo que jura o blasfemar del ſseñor de los ſsanctos, ſsi no determina muy de verdad de dexar tan mala coſstumbre y hazer en eſs ſso las diligencias que pareſscieren neceſs ſsarias, no ha de ſser abſsuelto.
¶ El que ſsuele dexar de oyr miſs ſsa Domingos y fieſstas, o de ayunar quãdo quando manda la ygleſsia ſsiendo de veynte y vn años cũplidos cumplidos , no auiendo legitimo impedimẽto impedimento para ello, ſsino aſssienta del todo conſsigo de nunca mas dexar miſs ſsa ni ayuno ha de ſser abſsuelto. El que injurio a otro por palabra o por obra, ſsino le quiſsiere ſsatisfazer como es obligado, no ha de ſser abſsuelto.
¶ El que no dexa el odio o malquerencia que tiene contra otro no ha de ſser abſsuelto. La reconciliacion de fuera en algunos caſsos conuiene que ſse haga como entre marido y muger, entre padre y hijo, entre hermano y hermano, entre ſsuegra y nuera, entre ſseñor y criado, entre ſsuperior & inferior, y entre aquellos por cuyos odios ſse tienen muertes o eſcãdalos eſcandalos , diſs ſsenſsiones y odios y los ſsacerdotes que por quitarſse la habla y dezir miſs ſsa eſcãdalizan eſcandalizan el pueblo, y los beneficiados de vna miſsma ygleſsia, y los criados de vn ſse ñor, y los vezinos muy juntos por el eſscandalo que toman los otros.
El que no tiene firme ꝓpoſito propoſito de dexar la mãceba manceba y las occaſsiones peligroſsas para boluer a ella como cõuerſar conuerſar o morar jũtos juntos , no a de ſser abſsuelto porq̃ porque mal podra dexar de caer o de eſcãdaliza eſcandalizar perſseuerando en las occaſsiones del mal. Y por no hazer lo aſssi eſstan embaraçados muchos a ños con ſsus eſsclauas y criadas, y ſse confieſs ſsan y comulgan . , eſstos no han de ſser abſsueltos aunque digan que ſse emendaran ſsin quitar eſste eſcãdalo eſcandalo porque rõpido rompido el voto de la vergunença verguença , y ceuados los coraçones en el vicio como ſse podran apartar del, morando en vna caſsa donde tantas vezes ſse encuentran, y en tãtos tantos lugares y tiẽpos tiempos aparejados para mal. Y ſsi dixere que deſspidiendo la muger de caſsa le hara gran falta, reſsponda le que por eſs ſso dixo el ſseñor, ſsi tu ojo, pie, o mano te eſscandaliza, corta los y deſspide los de ti, que mejor es, que entres en el cielo tuerto, o manco o coxo que con todos eſs ſsos miembros en el infierno. Matth. 18. Y ſsi replicare que ſsera grande nota deſs pedirla, diga le que mayor nota y eſscandalo es tener preſs ſsa ſsu alma, y que a eſsto ha de acudir primero aunq̃ aunque le cueſste mucho. Y ſsi todavia ſse agrauiare de embiar le deſcõ ſolado deſconſolado no haga ca ſso deſs ſso, que mayor inconuiniẽte inconuiniente es que quede el miẽbro miembro podrido por la piedad indiſscreta del çuruiano con peligro de la vida, que cortarle vn poco de carne aunque duela y aſsegurarla, que | ninguna paſssion ſse vence ſsin otra. Verdad es que tantas circuſstancias ſse podian juntar en el caſs ſso que ſse moderaſs ſse eſsto, que ſiẽdo ſiendo la contricion y el buen propoſsito grande, y la caſsa en que moran grande donde la occaſsion no le halla ſsino ſse buſsca, podia el confeſs ſsor dilatar la abſsolucion por algunos dias haſsta ver la emienda, y viendo le ya muy otro, abſsoluerle ſsin mas obligar le. Pero fuera deſste caſso, que pocas vezes acaeſs cera, no ha de ſser abſsuelto. La miſsma dilacion ſse ha de dar, a las perſsonas que tienen por officio ſser medianeras en eſstos tratos, o tienẽ tienen lugar ſsecreto en ſsus caſsas donde los confienten, que es peccado grauiſssimo y peſtilẽcia peſtilencia de los pueblos . El que trae pleyto injuſsto, ſsino deſsiſste del luego ſsin eſsperar o procurar de concluyr lo con algun concierto, y reſstituye a la parte todo lo que hizo gaſstar deſsde que ſsupo que la cauſsa era inju ſsta, no ha de ſser abſsuelto.
El que por jugar quita a ſsu familia lo neceſs ſsario, o es cauſsa por ſsus juegos, que ſsu muger o hijas hagan algunos deſsconciertos, o tiene por coſstumbre hazer burlas en el juego, o blasfemar quando pierde, o querer mal, o injuriar a quien le gana, no ha de ſser abſsuelto haſsta que dexe eſste officio. El mercader o official que vẽ de vende la coſsa por mas de lo que vale, no ha de ſser abſsuelto ſsin reſstituyr lo que aſssi tiene mal lle| uado, y proponer de vender, como comunmente venden en aquella tierra.
¶ La quarta es amoneſstar le que haga penitencia, porque aſssi como dado que vn Rey perdone al que le fue traydor ſsiempre le da algũ algun caſstigo de hazienda o deſstierro, como fue Dauid con Abſalõ Abſalon ſsu hijo. 2. Regũ Regum 14. aſssi pueſsto que Dios perdone en eſste ſsacramento las culpas, cõdena condena le a pagar en eſsta vida por ellas, con oraciones y limoſsnas y ayunos y otras aſsperezas, o en el fuego del purgatorio. Declarando le que porque no ſsabe ſsi la penitencia que le dara ſsera baſtãte baſtante para ſsatisfacer a Dios por la pena que tiene taſs ſsada en la otra vida, que ſsupla adelante eſsta falta con buenas obras cõtinuas continuas haſsta que ſsalga deſsta.
Loading...