¶ La
ſsegunda es, que diga
tadas
todas
las culpas mortales de que
ſse acuerda,
q̃
que
callando vna
ſsola no
q̃daria
quedaria
cõfeſ
ſado
confeſ
ſado
. Y a
ſssi ha de dezir el numero
|
cierto dellas
ſsi lo
ſsabe. Y no
pudiẽdo
pudiendo
lo
ſsaber diga quantas le parece
q̃
que
ſseran poco mas o menos
.
Y
aũ
aun
ſsino puede caer en e
ſsto diga alomenos
quã
to
quanto
tiẽpo
tiempo
ha
q̃
que
e
ſsta en aquel pecado,
ſsi es co
ſsa
q̃
que
va
a la larga como vna mal querencia, o de
ſsone
ſstidad de muchos dias, o
ſsi tiene por co
ſstumbre
de caer en
algũ
algun
pecado cada vez
q̃
que
ſse offrece occa
ſsion para ello, cada
ſsemana, o cada dia
,
.
En fin
q̃
que
ſse tome el pul
ſso de tal manera
q̃
que
aquel concepto confu
ſso
q̃
que
tiene el peccador de
ſsus culpas
ſse
imprima en el
entendimiẽto
entendimiento
del
cõfeſ
ſor
confeſ
ſor
. Y a
ſssi
dize Sylue
ſstro confe
ſs. 1. q. 11.
q̃
que
ſiẽdo
ſiendo
falto el
penitẽte
penitente
en e
ſsto lo
ſsupla el mini
ſstro de manera
q̃
que
por las
circũ
ſtancias
circunſtancias
de las palabras del
q̃
que
cuenta
ſsu vida caya en el numero como el,
porq̃
porque
a
ſssi va
alla embuelto el numero delas culpas. Y el Caieta. dize. Tho. 2. opere de
cõfeſsione
confeſsione
. q. 3.
q̃
que
no
ay
necaſsidad
neceſsidad
q̃
que
ſse fatiguen los dos
ſsobre el numero mas de como e
ſsta dicho. Y
q̃
que
ba
ſsta
q̃
que
la muger publica diga
quãto
quanto
tiẽpo
tiempo
anduuo en e
ſste peccado
cõ
con
per
ſsonas de todos los e
ſstados,
ſsin
ſser nece
ſs
ſsario declarar quantas vezes
cõ
con
ca
ſsados
,
quã
tas
quantas
con clerigos,
q̃
que
por el di
ſscur
ſso de
ſsu vida podra caer el confe
ſs
ſsor a
ſssi a bulto en la cuenta como ella. La qual
ſsentencia es mucho de notar y
ſsobre todo quanto
ſse dira en e
ſsta obra, para regir
ſse por ella en
ſsemejantes ca
ſsos los confe
ſs
ſsores temero
ſsos y menudos. Diximos que
ſse han
|
de confe
ſs
ſsar todas las culpas mortales de que
ſse
acuerda el penitente, porque ninguno es obligado a confe
ſs
ſsar los veniales,
ſsaluo quando duda
ſsi
ſson veniales o mortales. Y lo que dizen los
populares
q̃
que
ſsiete veniales hazen vn mortal, no
es a
ſssi, que ni millares dellos:
porq̃
porque
como dize la
ſscriptura. Prouer. 24.
ſsiete vezes caera el ju
ſsto
y
ſse
leuãtara
leuantara
. Y habla
ſegũ
segun
la glo
ſsa delas caydas
veniales, y pone
ſse numero determinado por indeterminado. Luego
ſsi por caer
tãtas
tantas
vezes en ellas no pierde el
nõbre
nombre
de ju
ſsto
ſsigue
ſse lo dicho
.
¶ La tercera es que
ſse
arrepiẽta
arrepienta
de todas
ſsus culpas
cõ
con
determinaciõ
determinacion
de mudar la vida, de
ſsenga
ñandole
q̃
que
e
ſste dolor o de
ſscontento, no es pe
ſsar
le:
porq̃
porque
no le pe
ſsa, como
piẽ
ſa
pienſa
mucha gente perdida,
porq̃
porque
a
ſssi como de
ſs
ſsear tener de
ſs
ſseo de comer no es de
ſs
ſsear comer,
q̃
que
de
ſs
ſsa manera
ningũ
ningun
enfermo ternia ha
ſstio, a
ſssi pe
ſs
ſsarle porque no le
pe
ſsa de la culpa no es pe
ſsalle della, y por con
ſsiguiente, fi
eſtãdo
eſtando
en e
ſsta baxa di
ſspo
ſsicion le ab
ſsuelue no queda ab
ſsuelto. El verdadero dolor
ha de
ſser pe
ſsarle de todo coraçon por auer offendido al
ſseñor,
cõ
con
tan firme propo
ſsito de nunca
mas pecar mortalmente, como tiene de comer
por biuir, como dixo el propheta. Arroyos de
agua
ſsalieron de mis ojos:
porq̃
porque
no
guardarõ
guardaron
tu
ley. Pen
ſse en mis caminos y bolui mis pies a caminar por tus mandamientos. P
ſsal. 118. y junto
|
cõ
con
e
ſsto de
ſsatisfazer por
ſsus culpas como le fuere
mãdado
mandado
o declarado. E
ſstas tres co
ſsas ba
ſstan
ꝑa
para
ſser verdaderamente ab
ſsuelto
ſsin mas
ſsolicitar los penitentes con alteraciones de atrito, o
contrito. Pero veamos
ſsera por
vẽtura
ventura
nece
ſs
ſsario tener dolor de cada peccado por
ſsi en particular, o ba
ſstara vn dolor general de todos ellos
.
E
ſsta fue vna tempe
ſstad que
ſse leuanto en nue
ſstros tiempos en E
ſspaña, para turbar los hijos
de Dios con vna doctrina e
ſscrupulo
ſsamente entendida de Alexandro de Ales. 4. part.
mẽbro
membro
.
8. articulo. 2. al qual
ſsiguio Sancto Thomas. 1.
2. quæ
ſstione 113. articulo. 5. y. 3. parte. quæ
ſsti. 87.
articulo. 1. Dexados pues e
ſstos temores e
ſscu
ſsados dezimos dos co
ſsas. La vna es, que
ſsi el peccador
ſse arrepiente de
ſsus peccados,
ſsin querer
ſse confe
ſs
ſsar luego,
ſsino adelante quando qui
ſsiere, o fuere nece
ſs
ſsario, ba
ſsta vn dolor general de
todos ellos, porque no es obligado a hazer examen dellos. La
ſsegunda es que al tiempo de la
confe
ſssion hecha la
diligẽcia
diligencia
deuida, para traer
las culpas en la memoria, es nece
ſsario y ba
ſsta
q̃
que
en principio de la confe
ſssion, o pro
ſsiguiendola
o en fin della, antes que el
ſsacerdote le
abſnelua
abſuelua
,
tẽga
tenga
vn dolor general de todas ellas. El qual
dolor general de todos los peccados a
ſssi particularmente pen
ſsados, llaman tambien los Doctores, dolor particular de cada vno dellos, por
|
que a
ſssi como el que cometio diez hurtos de vna mi
ſsma quantidad, no es obligado a confe
ſs
ſsar cada vno por
ſsi, diziendo hurte vna uez, y
de
ſspues otra, y otra, ha
ſsta di
ſscurir por toda,
mas ba
ſsta con vna
ſsola palabra confe
ſs
ſsar las todas juntas, diziendo hurte de diez vezes, y cada vez tanta
ſsumma, y
ſsi no tuuie
ſs
ſse mas peccados,
ſse podia dezir
cõ
con
verdad
q̃
que
ſse
cõfeſ
ſo
confeſ
ſo
particularmente de todos
ſsus pecados,
porq̃
porque
aquella
ſsola palabra cayo
ſsobre cada vno dellos,
juntamẽte
juntamente
cõfeſ
ſados
confeſ
ſados
a
ſssi
ſse podra dezir con verdad
q̃
que
ſse arepiente particularmente de todas
ſsus culpas,
porq̃
porque
aquel vnico dolor cae
ſsobre cada vna
dellas,
juntamẽte
juntamente
pen
ſsadas. Y
ſsi alli
ſse da a
entẽder
entender
q̃
que
el pecador ha de tener de cada peccado
ſsu dolor, y de
ſspues vn dolor general de todos.
E
ſsto no es
mandamiẽto
mandamiento
ſsino
cõ
ſejo
consejo
que
ſse da para ayuda de la flaqueza humana. Como dize
alli el comento,
porq̃
porque
no pa
ſs
ſsamos a
ſssi luego de
vn extremo a otro,
ſsino por
ſsus grados poco a
poco, como de vna graue dolencia a la
ſsalud, y
fuerça primera. Y por tanto
ſseria bien que cada
vez
q̃
que
dize, acu
ſsome padre de tal culpa, tuuie
ſs
ſse vn dolor particular della, por que ablando el
corazon con tantos golpes, vinie
ſs
ſse a dar en vn
dolor perfecto de toda la vida pa
ſs
ſsada,
q̃
que
es la
cõ
trion
contricion
: que ju
ſstifica el alma. Sigue
ſse de lo
q̃
que
e
ſsta
dicho que
cõ
con
dezir con atencion en fin de la
cõ
| p. [8]v
feſsion
confe
ſsion
, de
ſstos peccados confe
ſs
ſsados, y de todos
los oluidados, &c, como
ſse dira en el cap. 7.
ſsintiendo el coraçon lo que dize la lengua, cumple
con e
ſsta que
ſstion tan ventilada, que
ſsi e
ſsto no
ba
ſstara tocara lo la e
ſscriptura, o los
ſsacros canones o los doctores antiguos de la ygle
ſsia.