¶ Capitulo. xxv. que trata de vn genero de cõtrataciõ contratacion que en heſspaña ſse dize merchaneria/ y los que la tratã tratan merchanes/ y de alparceria

MErchaneria enla manera que agora la vſ ã vsan los hõbres hombres es vn gñero genero de contrataciõ contratacion el q̈l qual aun que pareſsce que ſse funda en proueer la republica de muchas coſsas las delas que les careſsce principalmẽte principalmente de puercos bueyes/
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* y mulas para arar y beſstias para trabajar. tra tan la agora los hõbres hombres con tãta tanta diſ ſoluciõ dissolucion y corruptela que la hazẽ hazen tirana a eſspecie de vſsura. porq̃ porque los tales fundã fundan ſsu intencion principal en no querer vẽder vender ninguna coſsa para que luego ſse la paguẽ paguen por ganar auentajadamẽte auentajadamente con el tiẽpo tiempo por la diſ ſoluciõ dissolucion dela paga/ dãdo dando lo fiado ſiẽpre siempre a hõbres hombres neceſs ſsitados. y anſs ſsi hallar eis que nũca nunca los tales tratã tratan ſsino con pobres y meneſsteroſs ſsos y con aquellos/ que aun en ningun tiempo puedan pagar mas que fiada la mercaduria doble al precio principal con el ſseys tanto el intereſs ſse que de cada año le lleuan por no pagar y anſs ſsi van a vender ſsus mercadurias alas aldeas/ y lugares pequeños a los labradores que no lo pueden pagar luego por eſstar gaſstados/ ya medrẽtados medrentados / con los alcãces alcances y fatigas | delos plazos y citacion es/ con los intereſs ſses y cen ſsos que los tales malauenturados les han echado en diuerſsos tiempos: y por fuerça/ y como de temor los neceſs ſsitan a que ſsobre el puerco que aun no han pagado tomen otro/ o el buey/ aſsno/ o mula a ſsu peſsar y anſsfi cargados de deuda ſsobre deuda/ y intereſs ſse ſsobre intereſs ſse ſse pierde quanto tienẽ tienen / y ſse acenſsuan ſsus tierras y poſs ſseſs ſsiones haſsta no les quedar hazienda con que biuir. eſstiende ſse a tanto ſsu tirania/ por ſser tan vniuerſsales tiranos que por cojer deboxo de ſsu yugo a ricos y pobres vſsan de vna vniuerſsal cautela la qual es. Pregonar publicamente ſsu mercaduria a vn cierto precio auentajado en cantidad: y dizen que aquel ha de ſser ygual a todos lleuãdo lleuando lo fiado/ o pagando lo luego. Deſsta manera. Que vſsan traer a eſste pueblo vn hato de quinientos puercos: y dizen que daran cada puerco a qualquiera que le quiſsiere a quatro ducados/ agora le tomen fiado por tiempo/ agora le quierã quieran luego pagar. y por eſsta ygualdad de precio les pareſsce alos tales merchanes ſser juſsto el contrato y que no hazen injuſsticia a los que le lleuan fiado pues al meſsmo precio le lleua el que luego le pago o le pudo pagar: antes mueſtrã muestran hazer le gran corteſsia en querer ſse le fiar. y anſs ſsi como a todos les pareſsceſser mas barato no le pagando luego/ aun que ſsean ricos y le puedan luego pagar/ huelgan de gozar del tiempo y tomarle fiado ſsubjetando ſse ala pluma y obligacion. Son eſstas vias infernales de pecados muy graues y eſstan obligados a reſstitucion. por que deſsta manera deſstruyen y roban las haziendas delos miſseros labradores y los conſsumen y reſsueluen en ſsi con las cargas cẽ ſos censos y intereſs ſses que de cada dia les echã echan a cueſstas haſsta dexar los perdidos a pedir por Dios vendiẽdo vendiendo les el tp̃o tiempo con la neceſs ſsidad | ¶ Uſsan tambien de otras infinitas agudezas y diabolicas
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* cautelas para la execucion deſste infernal trato. Que acoſstumbran yr ala feria/ o mercado donde ay muchos hatos de mulas y bueyes de diuerſsos ſse ñores que las vienen a vender como fuere ſsu poſsibilidad. y paſs ſseando ſse los tales merchanes por el mercado llega a ellos vno deſstos neceſs ſsitados labradores (que todos ſse conocen entre ſsi) y dize que tiene neceſs ſsidad de vna mula/ o buey para ſsu labrança y que no tiene dineros. y luego el merchan dize que vaya alos corrales donde eſstan los bueyes y mulas de diuerſsos ſseñores y eſscoja la que quiſsiere/ que aun que no ſsean ſsuyas el ſse la vendera fiada por el tiempo que quiſsiere. luego el labrador va al coral y eſscoje la be ſstia que quiere y el merchan ſse la vende ſsin ſser ſsuya y fia ſse la conoſscidamente enel doblo de lo que le puede deſspues coſstar del dueño al contado. y deſspues que eſsta hecha la obligacion entre ellos dos dela fiança y tiempo y precio va el merchan a comprar ſse la del dueño por lo menos ue que puede. eſsto es gran pecado mortal/ tirania y abſsoluto robo: porque los tales ſsin tener en ſsu poder alguna mercaderia enla qual auẽ turen auenturen algun peligro ni induſstria/ o trabajo o granjeria para la mejora della tratan y relançan las tales beſstias y otros generos de mercadurias en auentajados y demaſsiados precios por cauſsa dela fiança y eſspera que hazen enel tiempo dela neceſs ſsidad de aq̃l aquel proximo. Los tales ſson obligados a reſstitucion en aquellas perſsonas a quien lo tal lleuã. lleuan y de mas deſsto deuẽ deuen ſser echados la dela republica por deſs ſsoladores y  ſtruydores destruidores los delos pobres miſserables: y aun uẽ deuen ſser les
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* tadas quitadas las vidas por plïcos publicos y vniuerſsales robadores ¶ Ay muchas perſsonas en caſstilla: y principalmẽte principalmente las ay enel andaluzia: las quales biuen de vn genero | de cõtratacion contratacion eneſsta manera. que tienẽ tienen vn hato de bueyes/ yeguas/ y mulas: y en ciertos meſses del año las acenſuã acensuan a labradores neceſs ſsitados para arar ſsus tierras y eredades y hazer ſsu agoſsto: por el q̈l qual tiẽpo tiempo
Alparceria.
y trabajo dan los labradores a ſsus dueños por las tales beſstias dos o tres hanegas de pan / o mas o menos como ſse conciertã conciertan entre ſsi. la qual manera de contrataciõ contratacion llamã llaman en muchas partes alparceria: y põgo pongo la aqui porq̃ porque me preguntaron que me pareſscia de ſsu juſsticia. Alos quales reſspondo que de mi pareſscer el cõtrato contrato es bueno porq̃ porque enel ſse alquila la tal beſstia por aq̃l aquel tiẽpo tiempo para aq̃l aquel trabajo por aq̃l aquel precio/ como ſsi fueſs ſse vn cauallo para andar vn camino. Con tal condicion que por la neceſs ſsidad de aq̃l aquel labrador no ſse le alle alquile dema ſsiadamente. y tãbien tambien ſse vſsa enel andaluzia alparçar puercas con hombres que tienen los machos: con cõdicion condicion que de ſseys o de diez que a ſsu tiẽpo tiempo parã paran le de vno y mas ſsus puercas: el qual contrato me pareſsce bueno y de compañia.
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