¶ Si la
cõpro
compro
: digo
q̃
que
o yo lo hago
porq̃
porque
he mene
ſster aquella co
ſsa que compro y quiero la tener
ſsegura / o lo hago por
auerla mas barato: con daño del que mela vende. ¶ Si es
por auerla con tal daño:
ſsera el pecado y obligacion de re
ſstitucion
q̃
que
ſse dira aqui abaxo ene
ſste mi
ſsmo. §. hablando del
q̃
que
compra la co
ſsa que tiene por cierto
q̃
que
ha de valer mas.¶ Si
la compro por tener la co
ſsa
ſsegura: o ta
ſs
ſsamos luego el precio / o no.¶ Si no le ta
ſs
ſsamos ni
ſse diminuye por dar
adelã
tados
adelantados
los dineros nada
lo
delo
que ha de valer al tiempo en
q̃
que
he de re
ſscebir lo que compro:
ſsino
q̃
que
lo dexamos a como valiere quando melo han de dar:
entõces
entonces
es proui
ſsion de
prudẽcia
prudencia
humana / y no hago agrauio alguno: antes hago
biẽ
bien
a mi proximo
ſsi tiene nece
ſs
ſsidad de mis dineros:
ſsaluo
ſsi el
q̃
que
melo vende no quisiera venderlo en el tiempo
q̃
que
ponemos
q̃
que
melo ha de dar:
ſsi no quando mas auia de valer: a
ſs
ſsi como
ſsi
pu
ſsie
ſs
ſsemos
q̃
que
melo ha de dar por Enero y el no lo auia de
vender ha
ſsta Abril o mayo: y
ſsolamente lo vende para como valiere en Enero: por razon delos dineros
q̃
que
le doy
adelãtados
adelantados
: que ental ca
ſso ya
ſse me da por mis dineros alguna
dema
ſsia / y a
ſs
ſsi
ſseria logro
⁊
y
contrato reprouado por el
ſsexto
ca. de
ſsant Lucas donde
ſse dize: nichil
indeſperãtes
indisperantes
: y por el
dicho ca. con
ſsuluit / y por el ca
ſso
ſsemejante del dicho. ca. nauiganti: y queda mas
largamẽte
largamente
prouado al principio de
ſste
notable. §. 2. y. 3.¶ Si ta
ſs
ſsamos luego el precio: entonces / o
la co
ſsa puede valer mas delo
q̃
que
doy al
tiẽpo
tiempo
en
q̃
que
me la han
|
de pagar: o menos delo
q̃
que
doy. ¶ Si
ſse o pre
ſsumo
q̃
que
valdra
menos delo
q̃
que
doy: el agrauio es para mi: y an
ſsi no aura de
que tener e
ſscrupulo para conel proximo.¶ Si puede valer
mas: es
de
ver entonces
ſsi yo
q̃
que
compro / tengo e
ſsto por cierto: o e
ſstoy en dubda dello.¶ Si
tẽgo
tengo
por cierto
q̃
que
la co
ſsa
q̃
que
compro / ha de valer mas delo
q̃
que
agora doy al
tiẽpo
tiempo
que la
tẽgo
tengo
de re
ſscebir: el tal
cõtrato
contrato
es v
ſsurario / o tiene encubierta la v
ſsura /
ſsegun ya fue dicho aqui arriba en el tercero ca
ſso del Scoto. §. 11. y an
ſsi la compra es illicita /
⁊
y
yo
q̃
que
la hago pecco mortalmente / y
ſsoy obligado a re
ſstituyr lo
q̃
que
valio mas al tiempo que me la dieron:
porq̃
porque
lo
q̃
que
de
ſsta manera
ſse lleua: es por cau
ſsa del tiempo / o del pre
ſstido: y no por
otra co
ſsa. Y e
ſsto queda ya prouado aqui enel. §. 11. y
ſse mo
ſstro enel. §. 2. y. 3. ¶ Si tengo dubda delo que ha de valer:
entonces / o ponemos el precio
ſsegun lo
q̃
que
veriſ
ſimilmẽte
veriſ
ſimilmente
ſse
pre
ſsume que podra valer la co
ſsa al
tiẽpo
tiempo
en
q̃
que
la he de recebir / y quando el otro la queria vender: o no le ponemos en
tal ygualdad.¶ Si le ponemos en e
ſsta ygualdad: la compra es licita y
ſsegura / porque ygualmente corre el peligro
an
ſsi para mi
q̃
que
compro: como para el otro
q̃
que
vende. Y de
ſsta
manera
ſse aprueua e
ſsto enlos dichos capitulos in ciuitate /
et nauiganti: y en otros lugares. Para lo qual tambien
ſse
vea lo
q̃
que
digo enel. 2. nota. §. 2. en el vltimo delos
enxemplos
exemplos
q̃
que
alli pongo. ¶ Pero
ſsino ponemos el precio en tal ygualdad:
ſsino
q̃
que
ſse / o pre
ſsumo /
q̃
que
ſsi la co
ſsa baxare mas de lo que
doy /
ſsera poco o no nada: y que
ſsi
ſsubiere
ſsera mucho mas
delo que doy (an
ſsi como
ſsi pu
ſs
ſse
ſs
ſsemos el precio del trigo a
tres reales / en año y en tierra
dõde
donde
ſsi falta vn poco el agua
puede
ſsobir a
ſsiete y ocho reales o por ay: y a vn que haga
buen afio no puede baxar medio real) entonces / es lo mi
ſs
mo que queda dicho ene
ſste. §. 13. y
ſse dixo arriba enel. §. 11.
del que tiene por cierto que la co
ſsa que compra ha de valer
mas al tiempo de recebirla: e
ſsto es
q̃
que
el tal contrato es vsurario / o tiene encubierta la v
ſsura:
⁊
y
que por con
ſsiguiente yo
que lo hago peco mortalmente / y
ſsoy obligado a
reſtituciõ
restitucion
|
de lo que mas valio:
porq̃
porque
falta aqui lo que
ſegũ
segun
los dichos
capitulos in ciuitate
⁊
y
nauiganti
ſse requiere:
q̃
que
la dubda
ſsea
veri
ſs
ſsimil / de poder valer la co
ſsa
tãto
tanto
mas como menos para quel peligro corra por ygual a
ſs
ſsi para el
q̃
que
compra como
para el que vende: y
tãbien
tambien
porq̃
porque
lo poquito
q̃
que
puede baxar:
no de
ſshaze la certidumbre
ſsobre dicha: y an
ſsi re
ſsta / que lo
q̃
que
lleuo demas: es por el tiempo / o por lo que pre
ſsto.