QVanto a la sexta parte
en que diximos donde / o en que lugar
se tiene de dar la
cuẽta
cuenta
: podremos breuemente de
ʒzir que se tiene de dar la cuenta / o ra
ʒzon: donde se tuuo la administracion.
¶ En
tã
to
tanto
que si el administrador no se halla enel lugar
que tuuo la administracion / saluo en otra juridi|
cion / o lugar / a de ser remetido al lugar
dõde
donde
tuuo la administracion: para que alli de cuenta delos bienes
q̃
que
administro:
Y si
sieres
quisieres
saber
por
q̃
porque
/ a de ser remitido: digo
q̃
que
por dos ra
ʒzoneç. La
ṗ
mera
primera
porq̃
porque
ausentando se del lugar
dõde
donde
tuuo la
administraciõ
administracion
/ cometio delito:
porq̃
porque
no se tenia
de
ausentar / fasta ser dada la
cuẽtas
cuentas
. y por
raʒ
õ
raʒon
l
del
delito / el mas
ṗncipal
principal
jue
ʒz / es
aq̃l
aquel
dõde
donde
se comete.
Y como
ãte
ante
jue
ʒz mas
ṗncipal
principal
se tiene de ha
ʒzer la
remissiõ
remission
: para
q̃
que
ante el
de
cuẽtas
cuentas
el administrador
delos bienes
q̃
que
administro / o del cargo
q̃
que
tuuo:
¶ Otra
raʒ
õ
raʒon
se puede dar mas euidente y clara
por
dõde
donde
el administrador tiene
de
dar
cuẽtas
cuentas
enel
lugar
q̃
que
administro los bienes: y es
porq̃
porque
el derecho
p̃sume
presume
/
q̃
que
alli se podra mejor saber la verdad
dõde
donde
cõtrato
contrato
.
¶ Y en
tãto
tanto
es
ꝟdad
verdad
q̃
que
deue ser remitido:
q̃
que
si el señor quiere
cõuenir
conuenir
al administrador enel lugar
dõde
donde
se ausento:
q̃
que
se tiene
de
ha
ʒzer
la
remissiõ
remission
pidiẽdo
pidiendo
la el administrador: la ra
ʒzon
desto es:
porq̃
porque
la
remissiõ
remission
no se ha
ʒze
ṗncipalmẽte
principalmente
en fauor del señor: mas
porq̃
porque
mejor la
ꝟdad
verdad
los
delos
dos se auerigue. y ansi
pidiẽdo
pidiendo
la
remissiõ
remission
q̃lera
qualquiera
dellos se hara y deue ha
ʒzer.
¶ Saluo en caso
q̃
que
los dos
cõsintiessẽ
consintiessen
en
cõtar
contar
ante otro jue
ʒz
q̃
que
lo
podriã
podrian
ha
ʒzer: pues / a ellos toca el
ꝓuecho
prouecho
y el daño.