¶ E
ſsto es al Intere
ſs
ſse de perdida
ſseguida. En
quanto al
ſsegundo miembro de la Ganancia
q̃
que
ce
ſs
ſsa. Es la
ſsegunda Conclu
ſsion, Intere
ſs
ſse de
ganãcia
ganancia
dexada, no
ſse ha de pagar,
ſsino es
quã
do
quando
ſse re
ſsuelue en perdida
ſseguida. E
ſsta
Cõclu
ſion
Conclusion
parecera a muchos dificil, y podra
ſser
q̃
que
de
ſspues de entendida, no les parezca tan riguro
ſsa como a el principio antes
đ
de
entẽderla
entenderla
. En
todas las contrataciones
dõde
donde
hay Intere
ſs
ſse,
los Doctores (a
ſssi Iuri
ſstas como Theologos)
mirã
miran
ſsiempre la qualidad de la per
ſsona a
quiẽ
quien
ſse ha de pagar el Intere
ſs
ſse. Como
ſsi vn mercader pre
ſsta a otro
ſsu dinero, y
ſse lo retiene
aq̃l
aquel
a quien lo pre
ſsto, dizen
q̃
que
atẽto
atento
que e
ſste mercader (que dio el dinero) biue de ganar
cõ
con
ſsu
hazienda,
q̃
que
ſse le ha de pagar Intere
ſs
ſse, y el lo
puede lleuar con buena conciencia. E
ſsta es comun conclu
ſsion de todos los Doctores y
Sã
ctos
Sanctos
q̃
que
en e
ſsta materia tratan. Y aunque para
ellos es muy cierta, para mi tiene mucha duda, porque entiendo que
ſse æquiuocan en los
terminos de la cau
ſsa por do
ſse mueuen a ello.
Y para e
ſsto pre
ſsupongo, que el fin de vn officio es co
ſsa di
ſstincta de el officio mi
ſsmo. El fin
de el Medico es la
ſsanidad, y es di
ſstincta de la
ſsciencia de medicina,
q̃
que
es el officio de el Medico: porque
biẽ
bien
puede vn Medico
ſser enfermo y entender
biẽn
bien
ſsu facultad, y en el mi
ſs
mo exemplo, vemos vn Medico
q̃
que
cura vn enfermo, y vale
ſse de
algũos
algunos
en
ſsalmos, o co
ſsas de
Magica para
ſsanarle, y le
ſsana: e
ſste Medico
cõ
ſigue
consigue
ſsu fin
ſanãdo
sanando
al enfermo: mas no en
quã
to
quanto
ſsu officio de Medico,
ſsino de en
ſsalmador,
o hechizero; por do e
ſsta claro
q̃
que
el fin
ſse di
ſstingue de el officio, pues damos el fin
ſsin el officio, que es la
ſsanidad de el enfermo
ſsin la
ſciẽ
cia
sciencia
de el Medico, y damos el officio
ſsin
ſsu fin,
q̃
que
es el officio de el Medico
ſsin la
ſsanidad de el
enfermo: la razon de e
ſsto es, porque el officio
aũque
aunque
es cau
ſsa de el fin, es cau
ſsa remota, y no
propinqua o inmediata. El fin de el marinero
es lleuar la Nao al lugar donde va, mas
ſsu officio es di
ſstincto de aquel fin:
porq̃
porque
bien le pue
de lleuar el viento a otra parte
cõtraria
contraria
, o comer
ſse le la mar, y no por e
ſs
ſso dexara de
ſser official de
ſsu officio. A
ſssi es en la mercaderia,
q̃
que
el fin de el Mercader es ganar; mas no es
ſsu officio ganar,
porq̃
porque
muchos v
ſsando la mercaderia, no
ſsolo no ganan, mas aun pierden el caudal. De e
ſsto tenemos,
q̃
que
el fin de el officio no
es el officio, el officio
ſsera hazer los medios
nece
ſs
ſsarios para
aq̃l
aquel
fin. La
Equiuocaciõ
Equiuocacion
que
dixe hauer en e
ſsta
cõcluſion
conclusion
q̃
que
reprueuo, es
q̃
que
toman el fin de el mercader por el officio,
ſiẽ
do
siendo
co
ſsas di
ſstinctas como hemos vi
ſsto. Y a
ſssi
ſsi
vn Mercader die
ſs
ſse
ſsu dinero a otro, y e
ſstouie
ſs
ſse cierto de la ganancia, como e
ſsta cierto
de di
ſsponer
ſse a ella, yo
biẽ
bien
confe
ſs
ſsaria
ſsu opinion. Mas que me re
ſsponderan,
ſsi e
ſste mercader (
q̃
que
pre
ſsto el dinero) lo
q̃
que
le
q̃da
queda
lo
ẽplea
emplea
y
pierde, no
ſsera en cargo a el
q̃
que
le ha retenido
el otro dinero, en hauer
ſsido cau
ſsa
q̃
que
no lo perdie
ſs
ſse? y
q̃
que
le
q̃de
quede
alli caudal, no
ſsera e
ſsta muy
buena obra
ſsin demandarle mas intere
ſs
ſse? Yo
entiẽdo
entiendo
q̃
que
e
ſsto no recibe re
ſspue
ſsta,
biẽ
bien
cõfieſ
ſo
confiesso
q̃
que
la
opiniõ
opinion
q̃
que
he dicho procederia en vn cafo como e
ſste.
Põgamos
Pongamos
q̃
que
vn mercader empleaua
quiniẽtos
quinientos
ducados para embiar a Indias,
teniẽdolos
teniendolos
para e
ſste effecto, da a vn particular
ciento, y dize, yo empleo e
ſstos
quatrociẽtos
quatrocientos
en e
ſstas mercaderias, en las quales hauia
đ
de
emplear
tambiẽ
tambien
e
ſstos
ciẽto
ciento
q̃
que
os doy, mas quiero os los dar a condicion que corran el mi
ſs
mo rie
ſsgo que e
ſstotros, y la ganancia que e
ſstotros
hizierẽ
hizieren
me hayays de dar, y
ſsi
ſse
perdierẽ
perdieren
, lo mi
ſsmo
ſsea por los ciento
q̃
que
os
quedã
quedan
,
Elle es el vn exemplo otro. Pongo por ca
ſso
q̃
que
vn mercader a
quiẽ
quien
hauia de pagar otro cient
ducados a la feria, no
ſse los paga, el acreedor
que es mercader prote
ſsta,
q̃
que
embia otros
ciẽt
cient
ducados cargados a indias, y
q̃
que
hauia
đ
de
embiar
e
ſstos mi
ſsmos ciento que le deuen,
ſsi
ſse los
houierã
houieran
pagado, y quiere
q̃
que
el rie
ſsgo, o prouecho
de lo
q̃
que
e
ſsta por pagar, corra como el empleo
q̃
que
el acreedor
actualmẽte
actualmente
haze, o como otro
q̃
que
el
ſseñala antes
q̃
que
ſse haga. Como
ſsi dixe
ſs
ſse, prote
ſsto
q̃
que
corra el rie
ſsgo como la mercaderia
q̃
que
ſsu
lano emplea, en la qual yo empleara mi dinero
ſsi le touiera. En tales ca
ſsos como e
ſstos, yo
confie
ſs
ſso
q̃
que
ſsi
ſse gana en los
exẽplos
exemplos
q̃
que
he pue
ſsto a mil por ciento,
q̃
que
tãto
tanto
ha de pagar
ſsobre
el principal el
q̃
que
los deue, por cau
ſsa de la
ganã
| p. [11]v
cia
gana
ncia
dexada. Mas e
ſsto no es por la per
ſsona de el
mercader a quien
ſse deuen, ni por
ſsu officio,
ſsi
no por el rie
ſsgo que corrio
ſsobre el intere
ſs
ſse,
que
ſse viene a re
ſsoluer e
ſsta
ganãcia
ganancia
dexada, a
perdida
ſseguida, como dize mi
cõcluſiõ
conclusion
, que
ya aquel mercader perdio lo que hauia de ganar, pues el rie
ſsgo corrio por el. Y a
ſssi no atendemos el officio,
ſsino el fin que es di
ſstincto de el officio. E
ſsta es la prueua de e
ſsta conclu
ſsion, porque en lo de mas hauria grandi
ſssima inju
ſsticia,
ſsi por ler vno Mercader a
ſs
ſsegura
ſs
ſse (por via de intere
ſs
ſse) aquella parte de el
caudal, que
ſsi el hiziera
ſsu officio (que es emplearia) no la tenia
ſsegura. Y que e
ſsto
ſsea a
ſssi
prouar
ſse ha euidentemente. Pongamos que
vn clerigo (
q̃
que
en
ſsu vida no tracto) tiene pre
ſstados cient ducados a vno a pagar a cierto pla
zo, pide
ſselos, no
ſselos da el deudor, haze el
ꝓ
teſto
protesto
que tengo dicho, y embia otros ciento
cargados a Indias,
ſsi con ellos gana
treziẽtos
trezientos
,
quiẽ
quien
duda
q̃
que
aquel contra
quiẽ
quien
prote
ſsto, (pre
ſsupue
ſsto
q̃
que
e
ſsta obligado a los intere
ſs
ſses y da
ños) le haya de pagar el daño
q̃
que
ſse le
ſsiguio de
no hauer embiado
aq̃llos
aquellos
. C. ducados
cõ
con
los otros. C.
q̃
que
empleo?
q̃
que
e
ſste daño es la
ganãcia
ganancia
q̃
que
dexã
dexan
de hazer, pues e
ſsto no le viene
đ
de
parte de
la per
ſsona, ni de el arte o officio,
ſsino de aquel
acto
ſsolo. Y a
ſssi
ſsera en aquel
q̃
que
no fuere mercader, y dexara de
ſser en el mercader quando
no houiere la mi
ſsma razon. En re
ſsolucion no
tiene la ganancia cierta
q̃
que
es
ſsu fin,
aunq̃
aunque
tiene
cierto el officio,
q̃
que
es el procurar de hauerla, y
muchas vezes o las mas les
ſsuccede lo (que dize el refran) de el que va por lana y viene tre
ſs
quilado. E
ſsto es lo que acerca dela materia de
el Intere
ſs
ſse me parecio aduertir, en quanto es
nece
ſs
ſsario a la materia de las obligaciones, y
de las penas que
ſse tractan, con que creo quedara la materia bien
entẽdida
entendida
, no
ſsolo en
quã
to
quanto
al tribunal exterior,
ſsino en quanto al de
Dios que es lo que mas nos importa. Solo repito que ninguno
ſse guie por la quantidad de
el Intere
ſs
ſse, que es mucho o es poco, ni por el
officio o qualidad de la per
ſsona que lo paga,
o a quien
ſse paga, porque e
ſstas
ſson co
ſsas extrin
ſsecas de el
Cõtracto
Contracto
, y en mucho Intere
ſs
ſse
ſsobre poco principal, puede no hauer cargo de conciencia: y en muy poco Intere
ſs
ſse de
mucho principal, puede hauer grande cargo.
A
ſssi como el Pe
ſscador que echa la red mal y
en mala parte, y acierta a
ſsacar mucho pe
ſscado, no
ſsera mejor pe
ſscador que el que
ſsiendo
buẽ
buen
official, la echa
ſsegun arte (mejor y en mejor parte) y no
ſsaca nada,
porq̃
porque
e
ſste es ca
ſso, y
ni haze ni deshaze a el arte, que muchas vezes
es vencida de la fortuna. Por e
ſsta mi
ſsma
razõ
razon
puede
ſser el contracto abominable, y hauer
poco Intere
ſs
ſse, y puede
ſser el contracto muy
bueno, y en poco caudal hauer mucho intere
ſs
ſse.