¶ E
ſste es el Tenor de las Encomiendas que
entonces
ſse dauan, y el mi
ſsmo
ſse queda en las
que oi
ſse dan, aunque el efecto (como adelante veremos) es diferente, y de aqui
ſse
vinierõ
vinieron
a llamar Encomiendas, porque
ſse Encomen
dauan los Indios. Tambien
ſse llamo Repartimiento, porque hazian vna Suma o Ma
ſs
ſsa de
todos los Indios que hauia que Repartir (
ſsin
llegar les a
ſsus haziendas ni per
ſsonas) y aquellos Repartian conforme a lo que e
ſsta dicho.
Dixe
ſsin llegar les a
ſsus Per
ſsonas,
ſsino era
quã
do
quando
los
dauã
dauan
por E
ſsclauos, lo qual
ſse hazia muchas vezes, por alguna
Rebeliõ
Rebelion
y Traiciones
cometidas contra los He
ſspañoles que
eſtauã
estauan
de Paz, y por otras cau
ſsas que la Iu
ſsticia declaraua, mas de e
ſsto no tracto ahora ha
ſsta
adelãte
adelante
. Repartidos (como e
ſsta dicho) los Indios
Efecto de
el Repartimiento.
(que a
ſssi llamaron los naturales de aquellas
partes) cada vno
ſse
ſseruia de los que le cabian
en Repartimiento, como mejor le parecia, y
aunque al principio deuio de hauer algun exce
ſs
ſso, como ordinariamente acaece, ha
ſsta que
las co
ſsas
ſse entienden,
ſsiempre huuo hombres
zelo
ſsos de la lei de Dios, por cuia Relacion
ſse
proueio de ciertos Religio
ſsos (de la
Ordẽ
Orden
de
ſsanct Hieronymo) que fueron con
ſsupremo
poder al tercer Viaje del Almirante, y otras
Per
ſsonas Ecle
ſsia
ſsticas, que juntamente con la
Conuerſiõ
Conuersion
de los Indios, tuuie
ſs
ſsen cargo particular de la Con
ſseruacion y Protection de
ellos. E
ſstos con la Iu
ſsticia hazian la
Taſ
ſaciõ
Tassacion
de como
ſse hauian de
ſseruir los Encomende
Efecto dela
Taſs
ſsacion.
ros y en
q̃
que
. Señalauan que tiempo
hauiã
hauian
de dexar a los Indios, para hazer
ſsus lauores
ſsementeras y co
ſsechas, y que tiempo hauian los Indios de venir a hazer las de
ſsus Amos, y
ſseruir
en las Minas de Oro, que e
ſsta era entonces la
principal hazienda y Granjeria de los He
ſspa
ñoles, y de e
ſsta Ta
ſs
ſsacion
ſse daua noticia a
entrãbas
entrambas
partes, a los Indios para que
ſsupie
ſs
ſsen
lo que hauian de dar, y a los He
ſspañoles para
que
ſsupie
ſs
ſsen que no les hauian de pedir mas.
E
ſste es el Efecto de las Ta
ſs
ſsaciones. Y como
dixe poco ha no pudo dexar de hauer al principio mucha de
ſsorden, no (como algunos
piẽ
ſan
piensan
y dizen) por parte delos Conqui
ſstadores,
per
ſsonas particulares (a quien todos echan la
culpa)
ſsino por parte de las mi
ſsmas Iu
ſsticias,
Oficiales de la Hazienda Real, y otras per
ſsonas fauorecidas, que como no tenian
quiẽ
quien
les
fue
ſs
ſse a la mano, los Exce
ſs
ſsos de los tales ni
ſson ca
ſstigados ni publicados,
ſsino los de los
Pobres que (como dize el
Refrã
Refran
) no huellan,
y hazen Patada. Y para mejor hazer
ſsu hecho,
e
ſstos que hazian el Repartimiento
ſseñalauan
Quadrillas a los Priuados de los Reies, Secre
tarios, y a los de el Con
ſsejo que
eſtauã
estauan
a
ſsu lado, para tener en ellos
ſsauor (y
mediãte
mediante
el)
ſsalir con
ſsus preten
ſsiones, e
ſstos eran el Secretario Miguel de Almaçan, el Secretario Conchillos. el Contador Pa
ſs
ſsamonte Aragone
ſses, el
Obi
ſspo de Burgos, y otros muchos que
teniã
tenian
ſsus Quadrillas publicamente, y aun eran menos pernicio
ſsas, que quando las tienen
ſsecretas y en confiança de Terceros. E
ſstos tenian
ſsus Maiordomos en las Indias, que como eran
Mercenarios alquilados, y no Pa
ſstores, no
curauã
curauan
de las Ouejas, mas de para el fructo, por
que el vezino de aquellas partes
q̃
que
re
ſsidia en
ſsu propria hazienda, a
ſssi por el amor (que naturalmente tiene cada vno a
ſsus
ſsubditos (aun
que
ſsea a vn bruto) como por
ſsu intere
ſs
ſse, de |
con
ſseruar los Indios que le
ſsu
ſstentauan, pues
faltandole aquellos no le hauian de dar otros,
lo que no era en los priuados (que dixe
q̃
que
e
ſstauan en E
ſspaña) porque
ſsiempre les hauian de
dar nueuo Repartimiento, y a
ſssi como no les
hauia de faltar la Propriedad,
procurauã
procurauan
desfrutarla quanto podian. ¶ Antes que pa
ſs
ſse
Repartimiẽ
to
Repartimiento
de Eſsclauos.
adelante con e
ſsta Materia, me
cõuiene
conuiene
interrũpirla
interrumpirla
para tractar de los E
ſsclauos, y boluer
luego a las
Encomiẽdas
Encomiendas
. Dixe arriba que e
ſsta
Encomienda que
ſse hazia, era de hombres libres, y que
ſsu
ſseruicio era limitado. Sin e
ſste
Repartimiẽto
Repartimiento
hauia otro de E
ſsclauos, que no
ſse hazia por
Encomiẽda
Encomienda
:
ſsino que
ſse dauan en
Propriedad para perpetua
ſeruidũbre
seruidumbre
. E
ſstos
Eſsclauos de
buena Guerra,
eran de dos maneras, vnos que por Rebeldes
condenauan a
ſeruidũbre
seruidumbre
, como eran los Caribes en las I
ſslas, que venian de otras I
ſslas, y
de tierra firme a
ſsaltear los Indios de paz, para comer
ſselos, y otros que
ſse
Rebelauã
Rebelauan
,
pronunciauãlos
pronunciauanlos
por E
ſsclauos, y como a tales los
iuan a
Cõquiſtar
Conquistar
de nueuo, de
ſspues de hauer
les hecho las amone
ſstaciones y diligencias
q̃
que
conuenian: Conqui
ſstados
executauã
executauan
pena de
Muerte en las Cabeças, y enlos mas culpados,
y los de mas repartian por E
ſsclauos (al v
ſso de
Guerra) y
quedauã
quedauan
por de los Señores a
quiẽ
quien
ſse dauan. Otros E
ſsclauos hauia de Re
ſscate,
q̃
que
quiere dezir comprados,
q̃
que
hauia entre los Indios de paz, los
q̃
que
les ellos
hauiã
hauian
pre
ſso en Guerra abierta, o condenado
cõforme
conforme
a
ſsus leies, o
comprado los de otros, o de ellos proprios
q̃
que
ſse vendian a
ſsi mi
ſsmos, a e
ſstas quatro e
ſspecies
ſse
reduzẽ
reduzen
todos los E
ſsclauos de Re
ſscate, que
en aquellas partes ha hauido. Todos los E
ſscla
Como ſse hazian los Esclauos.
uos (de qualquiera fuerte
q̃
que
fue
ſs
ſsen)
ſse traian
ante la Iu
ſsticia y Oficiales de la Real hazienda, y
ſse pagaua el Quinto al Rei (
ſsegun fuero
de Ca
ſstilla) como de co
ſsa ganada en Guerra
ju
ſsta, y los herrauan con fuego en el ro
ſstro, y
ſse entregauan a
ſsus Señores: los quales
ſse
ſseruian de ellos, no como de los encomendados,
ſsino como de
ſsus E
ſsclauos, de e
ſstos huuo muchos, y yo alcance gran golpe de ellos el año
de M.D.L. que
ſse comprauan y
vẽdian
vendian
, y
ſsu
bito los vi en Mexico dar qua
ſsi a todos por libres, y
ſse proueio, que ni en aquellas Prouincias que ya e
ſstauan
cõquiſtadas
conquistadas
, ni en ningunas (que en todas las Indias
ſse Conqui
ſsta
ſs
ſsen)
ſse hizie
ſs
ſsen E
ſsclauos por manera alguna. Bien
creo, que a los principios huuo alguna
deſordẽ
desorden
en e
ſsta Materia de los E
ſsclauos, a
ſssi en los
Iuezes que con facilidad deuian darlos,
ſsin hazer la Inqui
ſsicion que conuenia, y las demas
diligencias nece
ſs
ſsarias, como en los proprios
Señores, no
ſsolo en tractarlos mal, mas aun en
Herrar (por
ſsu propria autoridad) muchos
q̃
que
no lo eran, y mugeres y niños, y otros mi
ſserables que no
ſabiã
sabian
, ni eran parte para remediar
ſsu de
ſsuentura, mas todo e
ſsto ce
ſs
ſsa con la proui
ſsion que oi hai, que no
ſse puedan hazer Esclauos en lo por venir, y lo pa
ſs
ſsado mas facil
es
ſsentirlo que remediarlo. E
ſsto es lo que hai
a cerca de los E
ſsclauos que
ſse hizieron en las
Indias. ¶ Torno ahora a las Encomiendas.
El año de M.D.XVI. Franci
ſsco
Fernãdez
Fernandez
de
Cordoua, de
ſsde la I
ſsla de Cuba (
q̃
que
por otro
nombre
ſse llama Fernandina, por el Rei Catolico Don Fernando. V. de glorio
ſsa memoria) de
ſscubrio la Prouincia de
Iucatã
Iucatan
, que es
tierra firme con Nueua E
ſspaña. E
ſste De
ſscubrimiento continuo el Capitan Grijalua por
el
Adelãtado
Adelantado
Diego Velazquez Gouernador
de Cuba, y entendido lo que era (mas por exten
ſso delo que Franci
ſsco Fernandez hauia alcançado) embio a conqui
ſstar la Tierra de
ſscubierta al Capitan
dõ
don
Fernando Cortes,
q̃
que
despues fue Marques de el Valle, el qual
cõquisto
conquisto
toda aquella tiera, de que es Metropoli la
ciudad de Mexico, Rindio a Motecçuma, y
vẽcio
vencio
a Axayacatcin y Coautemutça,
ſsus
ſsucce
ſs
ſsores Señores de Mexico. Rindio
ſsele la Prouincia de Tlaxcalan, y la de Michoacan, finalmente reduxo a la obediencia dela Corona de
Ca
ſstilla todas aquellas Prouincias, con las de
Honduras, quanto hai entre los dos mares del
Sur (que es el de Medio dia) y de el Mar de el
Norte (que es nue
ſstro Oceano Atlantico)
Cõ
quiſtada
Conquistada
e
ſsta tierra,
ſseñalo vna parte della pa
ra Repartir entre los Conqui
ſstadores que
ſse
la aiudaron a Conqui
ſstar, y como el y ellos eran vezinos de la I
ſsla de Cuba, donde tenian
ſsus Repartimientos encomendados por la orden y forma que e
ſsta dicho, hizo las mi
ſsmas
Encomiendas, añadiendo que las hazia por el
tiempo que fue
ſs
ſse la
volũtad
voluntad
de
ſsu Mage
ſstad,
y
ſsuia en
ſsu Real nombre, y e
ſste (con el
q̃
que
arriba dixe) es el Tenor de las Encomiendas que |
oi
ſse dan en Nueua He
ſspaña:
porq̃
porque
al tiempo
que
ſse hizo el primer Repartimiento (por las
In
ſstructiones que e
ſstauan dadas) a los Gouernadores
q̃
que
embiauan a de
ſscubrir les era mandado,
q̃
que
no hizie
ſs
ſsen
Repartimiẽto
Repartimiento
; y a
ſssi el que
ſse hizo fue con condicion
q̃
que
ſsu Mage
ſstad le aproua
ſs
ſse, como de
ſspues le aprouo. Lo que ha
ſsta aqui he tractado ha
ſsido general de todas
nue
ſstras Indias, lo que de aqui adelante e
ſscreuire
ſsera de
ſsola la Nueua He
ſspaña, y Prouincias a ella
ſsubiectas: no por que las Encomiendas, Ta
ſs
ſsaciones, y Repartimiento de el Piru,
y las demas Indias, difieran en el hecho ni en
el Derecho de las de Nueua He
ſspaña,
ſsino por
con
ſseruar mi credito, en no tractar de co
ſsa
q̃
que
no haia vi
ſsto, y tentado por mi propria per
ſsona, en mucho tiempo
q̃
que
las mas principales cau
ſsas de e
ſsta qualidad en aquellas partes
paſ
ſarõ
passaron
por mi mano: por
q̃
que
ſsi e
ſste recatamiento huuieran tenido los que de e
ſsta Materia (por e
ſscripto, o en di
ſsputa)
quierẽ
quieren
tractar, ni huuieran dicho lo que dizen, ni de ellos
ſse dixera con verdad, que hablan en el Derecho de el hecho
q̃
que
no
ſsaben. Hecho el
Repartimiẽto
Repartimiento
primero (en
la forma que e
ſsta dicha)
ſse entendio luego en
hazer la
Taſ
ſaciõ
Tassacion
de cada pueblo, con
q̃
que
hauia
de acudir a
ſsu Encomendero: para e
ſsto
ſse hizo junta General de cada Prouincia; y entendio
ſse por las pinturas de los naturales (de que
ellos v
ſsan como letras) con que acudian a
ſsus
Principales, y que dauan al Rei
ſseñor general
de todos, y en que co
ſsas, y que
dauã
dauan
para
ſsus
Idolos Templos Sacerdotes y Sacrificios: y
conforme a la qualidad de la tierra que habitauan, y a la comodidad de las Contractaciones y fructos que tenian. Hizo
ſse Ta
ſs
ſsa,
releuã
do
releuando
les del increible tributo
q̃
que
antes tenian, y
dexado a los Principales lo que hauian de lleuar conforme a lo antiguo, Señalauan les vna
pequeña parte (de lo
q̃
que
hauia de lleuar el Rei
q̃
que
tenian) Y por que e
ſsto pertenecia al Rei nue
ſstro
ſseñor, e
ſsta
ſse aplicaua al Encomendero
por Ta
ſs
ſsacion, y
ſse e
ſscriuia en vn libro que de
ello tenia el Secretario del Gouernador, y ahora tiene el de el Vi
ſsorrei, y al Encomendero
ſse le daua vn tra
ſslado, y a los Indios otro
en
ſsu lengua, y de palabra, y por pintura
ſse les
daua a entender lo que contenia: para que entendie
ſs
ſsen ha
ſsta donde llegaua la Obligacion
que
ſse les imponia. La Exaction, o cobrança
de e
ſstos Tributos nunca jamas
ſse dio al Encomendero, ni el contrataua con los que la pagauan,
ſsino con el Gouernador de los Indios: el
qual y los Principales la cobrauan de ellos, y
acudian de
ſsu mano al Encomendero; y eran
medio entre e
ſstos dos extremos
đ
de
el
Encomẽ
dero
Encomendero
y los
Encomẽdados
Encomendados
: y
quãdo
quando
(por muertes, o por otra cau
ſsa) los Indios
veniã
venian
a menos
e
ſstos acudian al Gouernador de la tierra, o a
la Audiencia, y pedian moderacion; la qual
ſse
les daua (citado el Encomendero) y
ſse
ſsentaua
al pie dela Ta
ſs
ſsacion antigua, por la
ordẽ
orden
que
e
ſsta dicho. Y
ſsi el Gouernador y Principales
no pagauan al Encomendero lo que
cobrauã
cobrauan
,
tampoco tiene Exaction de ello,
ſsino acudir a
la Audiencia, o Iu
ſsticia maior, que les mande
que lo paguen. Mas la Ta
ſs
ſsacion que
hauiã
hauian
de
cobrar el Gouernador y Principales de los Indios para
ſsi, ellos mi
ſsmos tenian la Exaction,
y lo cobran de
ſsu mano, y de ella
ſse pagan, como, quando, y donde quieren. De e
ſsta no podia hauer querella
aunq̃
aunque
mas exce
ſssiua fue
ſs
ſse:
por que los Maceguales (que pagan el Tribu
Subjection
đlos
delos
Indios
to)
ſson Gente barbara y be
ſstial; tan humil de
q̃
que
aun no
ſse arri
ſscan a mirar al ro
ſstro de
ſsus Principales, y como los Principales han de hablar
por ellos, y
ſson los Principales los
q̃
que
hazen el
exce
ſs
ſso,
forçoſamẽte
forçosamente
hauiã
hauian
de biuir los Maceguales en e
ſsta
ſeruidũbre
seruidumbre
. Tres E
ſstados hai en
tre los Indios. Maceguales
q̃
que
es la
Gẽte
Gente
Plebeia Labradores y Oficiales y
Hõbres
Hombres
q̃
que
ſeruiã
seruian
de carga, como entre no
ſsotros la
ſs be
ſstias, de
las quales ellos
careciã
carecian
,
ſsino es en Piru,
dõde
donde
Ouejas y
Perros de
carga.
hai Ouejas de carga: y en Cibola
hallarõ
hallaron
Perros de que
vſauã
vsauan
para carga. Pilis (
q̃
que
quiere dezir Principales) y a
ſssi los llamamos en Ca
ſste
llano) e
ſstos
ſson como los Hidalgo
ſs entre no
ſsotros, y entre los Indios Orientales los Naires. mas Pili no es nombre de E
ſstado propriamente,
ſsino de oficio: el Tercero es, Tlahtoua
ni (
q̃
que
quiere dezir como gran Señor) y e
ſsto llamauan al Gouernador que los Gouernaua.
De todos los Gouiernos
q̃
que
he leido (antiguos
y modernos) ninguno hallo
q̃
que
tã
tan
preciſamẽte
precisamente
quadre con el que los Indios tenian (quando
llegaron los Ca
ſstellanos a la Nueua He
ſspa
Gouieruo
đlos
delos
Indios.
ña) como el que el Turco tiene en
ſsus tierras,
q̃
que
es Señor ab
ſsoluto de las Per
ſsonas, y de los |
bienes de
ſsus Va
ſs
ſsallos, tanto como le plaze,
ſsin que haia
ſucceſsiõ
succession
(en Gouierno, ni en Se
ñorio,
Iuriſdiciõ
Iurisdiccion
, ni otra co
ſsa) de padre a hijo,
mas de
ſsu voluntad ab
ſsoluta, excepto en los
bienes
ꝑticulares
particulares
(a
ſssi muebles como raizes)
y en
aq̃llos
aquellos
no tiene el
ſsucce
ſs
ſsor, ni
aũ
aun
el po
ſs
ſseedor
miẽtras
mientras
biue, mas derecho de el
q̃
que
el
grã
gran
Turco quiere, y el les da Señores, y los quita,
y Gouernadores: e
ſste Señorio es
ſsupremo, y
a
ſssi lo era y mucho mas el de Motecçuma, y
ſsus Antece
ſs
ſsores en Mexico, y todo
ſsu Imperio, Sola
ſsu per
ſsona
ſse dezia
ſser libre, los de
mas
erã
eran
Tlacotl. (que quiere dezir E
ſsclauo)
de el gran Señor, y como la tierra
q̃
que
biuia era
de Conqui
ſsta y ganada (como ahora lo es de
los Ca
ſstellanos) el Gouierno e
ſstaua en poder
de Mexicanos, y a
ſsus mas queridos, o mas be
nemeritos daua vn gouierno de Prouincia, o
frõtera
frontera
, o ciudad, o otro lugar
ꝑticular
particular
, a cada
vno
ſsegun
ſsu qualidad, y delos Soldados Mexicanos hazia Pilis, y les daua heredamientos
con Maceguales que
ſse los labra
ſs
ſsen, como antiguamente eran en Ca
ſstilla los Solariegos, y
entre los Romanos los Cen
ſsitos y A
ſscripticios, mas los vnos y los otros (y en
ſsuma todos) eran E
ſsclauos de el Rei, y no hauia limitacion en lo quele hauian de tributar,
ſsino todo lo que el embia
ſs
ſse a pedir aquello dauan,
ſsin reparar que fue
ſs
ſse poco ni mucho, quando no tenia que les pedir, o co
ſsa fructuo
ſsa en
que los ocupar, les mandaua pa
ſs
ſsar peñas, o arboles muy crecidos
đ
de
vna parte a otra, no
pretẽdiẽdo
pretendiendo
mas fructo de ellos,
q̃
que
la
ocupaciõ
ocupacion
. Y
a
ſssi lo dio por con
ſsejo al Marques de el valle,
diziẽdo
diziendo
q̃
que
la Ocio
ſsidad les hazia pen
ſsar nouedades, y ponerlas en execucion. E
ſsta era la forma de Tributos
q̃
que
los Indios
teniã
tenian
en tiempo
de
ſsu infidelidad, y la
oppreſsiõ
oppression
de los Maceguales, ninguna
lẽgua
lengua
humana la ba
ſstara a ex
plicar, de el Tlaule (que es el pan que ellos v
ſsan que aca llamamos Maiz) no
podiã
podian
comer
ſsino los granos de la punta, que
ſson delgados
y de menos
ſubſtãcia
substancia
, y el principio de la ma
çorca
hauiã
hauian
de guardar para la
gẽte
gente
đ
de
Guerra,
no
podiã
podian
comer gallina, ni ve
ſstir algodon, ni
beuer ciertos beurages,
q̃
que
entre ellos
ſse v
ſsan.
Si
faltauã
faltauan
E
ſsclauos para
ſsacrificar, o niños para el plato de
ſsus Señores dauan
ſsus hijos. El
Imperio Mexicano fue el maior
đ
de
toda la nue
ua E
ſspaña, y la po
ſs
ſseio de Mar a Mar, ha
ſsta la
Prouincia de Guatemala. La cabeça de e
ſste
Imperio era la Ciudad de Tenochtitlan Mexico (como tambien lo es ahora) a veinte leguas hazia la mar de el Norte) tenia la prouincia de Tlaxcala,
q̃
que
era Señoria
ſsobre
ſsi, y e
ſsta
ua de Guerra
cõtra
contra
Mexico, tenia quatro cabeceras (como los Cantones de Suiços) y e
ſstos elegian de
ſsi vn Maior, que era por tiempo limitado (como el Dictador Romano) Se
ñor de todos, no ab
ſsoluto,
ſsino
cõ
con
parecer de
los de mas gouernaua, como el
duq̃
duque
de Venecia. A la parte de el Mar del Sur tenia, la Prouincia de Michocan (que no
ſsotros llamamos
Tara
ſscos) e
ſstos tenian
ſseñor
ſsobre
ſsi, y Guerra
cõtinua
continua
contra los Mexicanos. Todo lo de
mas era
ſsubiecto a Mexico (que es vna grandi
ſs
ſsima tierra)
dõde
donde
hai infinidad de
Lẽguas
Lenguas
,
tan diferentes entre
ſsi, como la Arauiga de la
Vizcaina. Las principales
q̃
que
ſse me
ofrecẽ
ofrecen
ſson.
Mexicana, Otomitl.
Tõtonaq̃
Tontonaque
, Chontal, Gua
ſsteca, Minxe, çapoteca, Matalcinga, Guachichil, Michteca, y otras muy muchas, mas entre todos corria la
lẽgua
lengua
Mexicana: de la qual
hauia Nauatlatos (que a
ſssi llaman los Interpretes) porque como era la lengua de los Se
ñores, corria por todas partes, como la Latina por el Imperio Romano, y la Griega por
toda A
ſsia. E
ſstos nombres de Lenguas, tambien lo
ſson de Prouincias habitadas delas
gẽ
tes
gentes
que las hablan, y e
ſstos eran Naturales de
las Poblaciones donde ahora
eſtã
estan
(llaman los
en Latin Indigenas, o Aborigines, que quie
re dezir naturales dela tierra) de e
ſstos los mas
antiguos (que por pinturas delos Indios
ſse al
cançan)
ſson los Otomitles,
q̃
que
po
ſs
ſseian toda la
comarca de Mexico, ha
ſsta (haura qua
ſsi en
tiẽ
po
tiempo
que
ſse perdio E
ſspaña poco mas o menos,
y la entraron los Moros) que
vinierõ
vinieron
los Mexicanos, cuia Naturaleza
dizẽ
dizen
ellos que es de
los Chichimecas, y
ſse
apoderarõ
apoderaron
de toda e
ſsta
tierra, y la tuuieron ha
ſsta que
entrarõ
entraron
en ella
los Ca
ſstellanos, y en breue
ſse
acabarã
acabaran
de apoderar delos de Tlaxcala,
ſsino
fuerã
fueran
ſsocorridos
de los E
ſspañoles. Mas como el Imperio Mexi
cano era Tyranico, en todas las Prouincias
teniã
tenian
Guarniciõ
Guarnicion
de
gẽte
gente
, a
ſssi para cobrar
ſsus tributos, como para
cõquiſtar
conquistar
nueuas tierras, y
defender las conqui
ſstadas. Y porque algu|
nas dellas (
eſpecialmẽte
especialmente
las co
ſstas de la Mar, y
mas las del Norte)
ſson tierras calidi
ſssimas y
peſtilẽtes
pestilentes
, las poblaua de receuo cada año,
Tierras pobladas de receuo.
embiãdo
embiando
alla
gẽtes
gentes
de otras Prouincias
q̃
que
ſse
rebelauã
rebelauan
, y otros delinquentes
q̃
que
biuieſsẽ
biuiessen
en ellas
El Rei de Mexico no era por
ſucceſsiõ
succession
como
Election de
el Rei de
Mexico.
el de Ca
ſstilla y Portugal,
ſsino por Election de
tres Cabeceras, Mexico, Tezcuco, Tlacupan.
Los
ſseñores
đ
de
e
ſstos tres pueblos le
elegiã
elegian
quã
do
quando
moria, y elegido era perpetuo. y muchas
vezes elegian al que
ſsi por
ſsucce
ſssion fuera huuiera de
ſser Rei, como por fin de el Empera
dor Maximiliano, fue electo por Emperador
el Rei don Carlos (nue
ſstro
ſseñor de glorio
ſsa
memoria)
ſsu nieto, que le huuiera de
ſsucceder
ſsi por natura fuera la
ſsucce
ſssion. E
ſsta es en
ſsuma la Policia que los Indios tenian en
ſsu Infidelidad, y la forma de Gouierno, y de tributar a
ſsus
ſseñores. Agora torno a las Encomiendas y Repartimiento que dixe que
ſse hauia hecho y las primeras ta
ſs
ſsaciones. En e
ſste mi
ſsmo
tiempo (que fue al principio de el Reinado de
el Emperador
dõ
don
Carlos nue
ſstro
ſseñor) vino
de las I
ſslas a e
ſstos Reinos, vn Clerigo que hauia mucho
tiẽpo
tiempo
re
ſsidido en las I
ſslas He
ſspa
ñola y Cuba, y diziendo
quã
quan
mal tratados
erã
eran
los Indios por los Encomenderos, y quanto
de
ſseruicio
ſse hazia a Dios, y daño a la hazienda Real, en el Gouierno que
ſse v
ſsaua en aquellas partes, tracto que con mucho menos trabajo de los naturales, y con increible augmento de la Hazienda de el Rei
ſse ofrecia a hazer
la Conqui
ſsta, y traher grandes te
ſsoros, Chri
ſstianamente y no con Tirania hauidos: el era
hombre vehementi
ſssimo, y como no hallo en
los de el Con
ſsejo que tratauan las co
ſsas de Indias (y las
ſsabian) aparejo para
ſsus chimeras,
dio tras ellos como tras los de mas, y valio
ſse
de Xeures, Laxao, Bouclans, Prats, y los de
mas E
ſstrangeros que venian en
ſseruicio de
ſsu
Mage
ſstad, y atendiendo a
ſsu habito que era
clerigo, y a las grandes prome
ſs
ſsas E
ſspirituales y Temporales que hazia, dieron le todo lo
que pidio, que fue vna compañia de labradores, y armolos de vnas cruzes en los pechos, y
con
ſsus nueuos Comendadores, y grandes poderes fue (creo que a Cubagua) donde los Indios le quemaron y mataron qua
ſsi a toda la
Mal ſsucceſs
ſso de ellos.
gente, que eran mas de. CCC. labradores, y el
con muy pocos e
ſscapo
huiẽdo
huiendo
: y de alli
ſse metio fraile, mas no por que dexa
ſs
ſse
ſsu antigua
preten
ſsion, antes
cõ
con
el nueuo habito la
ſsiguio
mas encarniçadamente. Buelto fraile a He
ſspa
ña, torno a Indias Obi
ſspo de vn Obi
ſspado
q̃
que
le
dieron en aquellas partes, en el qual
ſse con
ſseruo mal, y
ſsubito le dexo, y por la nueua Hespaña
ſse boluio a He
ſspaña con mucha furia (
entõces
entonces
vio el a Mexico de pa
ſs
ſso, y antes ni despues no vio otra tierra de Indias importante,
ſsino las que he dicho) y
ſsi en la orden
ſsacerdotal, y e
ſstado de Capitan, y en el de fraile tuuo
poca con
ſstancia, no la mo
ſstro mucho maior
en el de Obi
ſspo, por que luego le Renuncio,
co
ſsa a mi flaco juizjo que no recibe excu
ſsa ni
color: por que quien tan cur
ſsado e
ſstaua en las
co
ſsas de las Indias (como el mo
ſstraua) deuia
ſsaber quando tomo el Obi
ſspado la carga que
era:
ſsi no lo
ſsabia fue temeridad encargar
ſse de
ella: y
ſsi lo
ſsabia, fue malicia de
ſscargar
ſse de
ella. Si dize que le querian matar, y quantos
mas inconuenientes pu
ſsiere todos
ſse los concedo, y muy maiores,
tãto
tanto
mas digo que e
ſstaua obligado a no de
ſsamparar a
ſsu E
ſspo
ſsa la
Ygle
ſsia, con quien Dios le aiunto, y verla en
ſsu vida ca
ſsada con otro. Si e
ſsto hizieran
cõ
con
las
ſsuias S. Pedro, S. Marcos, S. Diony
ſsio, ellos
carecieran de martyrio: pero Roma, Alexandria, y Paris no e
ſstuuieran fundadas en
ſsu
ſsangre. No
ſse yo como quiere
ſser hauido por Obi
ſspo (en la autoridad)
ſsin Obi
ſspado, el
q̃
que
teniendo le negocio como no
ſser Obi
ſspo: mas
es verdad lo de el Euangelio, que a nue
ſstros
proximos queremos poner cargas incomportables, y no
ſsotros no tocarlas
cõ
con
el dedo. Venido pues en He
ſspaña (por E
ſscrito y por Palabra) in
ſsi
ſstio en lo que antes, y con
grãdiſsimo
grandissimo
Negocio: tanto que por los miedos que ponia, que todo el Mundo
ſse iua al infierno,
ſse
hizieron las (que llamaron) Leies nueuas, que
es e
ſsta Lei
ſsobre que e
ſscriuo, por la qual
ſse ve
do
abſolutamẽte
absolutamente
que no
ſse hizie
ſs
ſse
Encomiẽ
da
Encomienda
de Indios. De e
ſsto
ſse
ſsiguieron muchos trabajos, y la Rebelion de el Piru,
entẽdidos
entendidos
por
ſsu Mage
ſstad los inconuenientes de e
ſsta Lei,
la Reuoco; y por e
ſsto dixe
q̃
que
e
ſstando Reuoca
de
ſse pudiera excu
ſsar de poner, como la Materia era
tã
tan
importãte
importante
tractarõ
tractaron
muchos de e
ſscriuir de ella, y
tomarõ
tomaron
por el principal
pũcto
puncto
Si |
la Guerra y Conqui
ſsta de los Indios
ſse puede
hazer con ju
ſsticia, E
ſscriuio. La buena memoria del Mae
ſstro frai Franci
ſsco de Victoria v
na Repeticion que anda impre
ſs
ſsa con las
ſsuias. e
ſscriuio el Doctor Sepulueda. tambien imprimio. y frai Bernaldino
đ
de
Areualo fraile descalço de el Abrojo,
grã
gran
ſsieruo de Dios y
hõ
bre
hombre
cuerdo, e
ſscriuio Mo
ſs
ſsen Mateo Malferit
cauallero Mallorquin, y mejor que todos frai
Vincencio de Curzola Religio
ſso Dominico
E
ſsclauon, que fue conqui
ſstador de Iucatan,
e
ſstos po
ſstreros no imprimieron. Yo tambien
a bulto borre mis pliegos ciertos, que de
ſspues
ſse me perdieron
cõ
con
mi libreria en la mar. Mas
ſsobre todos e
ſscriuio el Obi
ſspo que he dicho,
ha
ſsta hazer vn confe
ſssionario (en que ab
ſsolutamente pronuncio) que
ningũ
ningun
Sacerdote podia ab
ſsoluer a quien tuuie
ſs
ſse Encomienda de
Indios,
ſsi actualmente no la dexa
ſs
ſse, y re
ſstituie
ſs
ſse lo lleuado. Y a
ſssi lo hizieron muchos
Confe
ſs
ſsores, y aun muchos Encomenderos,
q̃
que
en la Agonia de la muerte no
ſse qui
ſsieron poner en di
ſsputa, por e
ſste inconueniente
ſse pro
hibieron
ſsus obras. E
ſste es el Hecho que prometi proponer, el qual e
ſsta cierto, y ninguno
le podra culpar de fal
ſso. las razones que el Obi
ſspo alega
ſse pueden ver por
ſsus obras, por
q̃
que
ni las quiero proponer, ni
reſpõder
responder
a ellas: no
ſse diga de mi que bu
ſsque occa
ſsion para e
ſscriuir lo que no es de principal intento de la Materia que tracto:
ſsolo digo que el maior argumento con que per
ſsuadia
ſsu doctrina, era con
dezir que era Obi
ſspo, y
q̃
que
dezia cada dia Mi
ſs
ſsa, y hauia ochenta años que e
ſstaua en las Indias, y e
ſstudiaua el Hecho, y el Derecho de
aquellas partes. A e
ſsto
ſsolo quiero re
ſsponder
porque es lo mas con que me
hã
han
apretado los
q̃
que
defienden
ſsu
opiniõ
opinion
a carga cerrada. En
quã
to
quanto
a
ſser Obi
ſspo, digo
q̃
que
el Concilio Ariminen
ſse que
ſse hizo contra
ſsancto Athana
ſsio fue todo de Obi
ſspos, y aun muy doctos pero Arrianos, y Ne
ſstorio fue Patriarcha de Con
ſstantinopla, mas que le aprouecho para no
ſser hereje, Iudas Apo
ſstol fue, mas no por e
ſs
ſso acerto,
no digo e
ſsto para derogar a la dignidad que
es
colũna
columna
de la Ygle
ſsia, mas para mo
ſstrar que
no ba
ſsta
ſser Obi
ſspo para acertar,
ſsino
ſser Obi
ſspo docto y acertado. En quanto al tiempo
q̃
que
e
ſstuuo en las Indias, dize muy gran verdad
mas pudo hablar de ellas, como el A
ſsturiano
(que en lo po
ſstrero de A
ſsturias huuie
ſs
ſse nacido y enuejecido) podria hablar de el Gouierno de la Corte de He
ſspaña. el no vio a Mexico, ni a Piru que e
ſstas
ſson las Indias, y de e
ſstas
tierras a las
q̃
que
el vio, hai maior de
ſsproporcion,
que de la Corte a A
ſsturias. Pues en lo que toca a las Letras, las obras y e
ſscriptura de cada
vno (aunque haia
ſsido aiudado) da mue
ſstra de
el Pecho donde
ſsalieron que
tãtas
tantas
letras tema,
vna co
ſsa
ſse, que lo dexare a juizio de quien leiere
ſseis pliegos de
ſsus e
ſscriptos, y de ellos no
quiero hazer otro juizio, y e
ſsto mi
ſsmo
reſpõ
do
respondo
a los Años que dize hauer ga
ſstado en el e
ſstudio de e
ſste derecho. Bien
ſse que Leies (en
q̃
que
ſse intitulaua Licenciado) no las oio en
Salamã
ca
Salamanca
, ni Valladolid, ni fuera de He
ſspaña, y no
creo que es
ſciẽcia
sciencia
que
ſse e
ſstudie (
ſsin e
ſstudio)
por
ſsolo ingenio o Practica. mas e
ſsto no quiero que valga
ſsino
ſsu e
ſscriptura, y en quanto al
tiempo y años, pareceme que los higos inuernizos que
ſse
quedã
quedan
en la higuera el inuierno,
e
ſstan mas en ella que los que maduran a
ſsu
tiẽ
po
tiempo
, y e
ſstos nunca acaban de madurar. Los van
cos que e
ſstan en las e
ſscuelas de Salamanca,
ſsin
menear
ſse de los Generales oien todas las liciones que
ſse leen, y al fin de el año
ſsaben tan poco como al principio, y el Bedel tiene todos
los libros de la Libreria, y duerme en las Escuelas, y habla cada dia con los Catedraticos,
y
ſsabe menos que los e
ſstudiantes que
ſse van à
comer y dormir a
ſsus ca
ſsas. Si
ſsu E
ſscriptura es
buena, que
ſse me da a mi que la haia hecho
ſsin
e
ſstudiar, y
ſsi no lo es, que
ſse me da a mi que haia perdido el juizio e
ſstudiando en ella,
pagã
pagan
le
al caçador la caça que
vẽde
vende
por el tiempo que
ga
ſsto en caçarla, o por lo que es la caça, torno
a repetir otra vez lo que ciento he dicho, que
veã
vean
ſsus e
ſscriptos, y por aquellos
juzguẽ
juzguen
.
Quiẽ
Quien
e
ſsta otra parte quiera defender, vea el ca
ſso
q̃
que
he pue
ſsto, y
ſsepa di
ſstinguir de Indios Encomendados a Indios E
ſsclauos. y vea que Derecho tenia Motecçuma a la Nueua He
ſspaña, y a
ſs
ſsi como
ſsus Encomenderos
ſuccediã
succedian
en
ſsu Derecho, a
ſssi los de ahora en el de el Rei nue
ſstro
Señor, Compare
ſse lo vno con lo otro, y veran como no e
ſsta la Que
ſstion donde ellos la
bu
ſscan Si la Guerra es ju
ſsta, o no? Y de pre
ſsente no
ſse me pida mas de e
ſsta Materia.