Regla Decima.


Regla Decima.

EL que pide, y cõpra compra al que coſse eſstos fructos, ó otros a menos precio que ſse venden por los meſsmos Indios al mas eſstra ño, peca mortalmente, y deue re ſstituir lo que va a dezir.
Son tan claras eſstas Reglas en los principios de ju ſsticia cõmutatiua commutatiua , que no ſsolo no tienen neceſssidad | de probacion, pero avn de ponerlas, y de aduertirlas tengo empacho, y las dexata de eſscreuir, ſsino fuera por conocer la neceſssidad que algunos Confeſs ſsores tienen de ſser enſseñados, no ſsolo por doctrina commun, ſsino en caſsos particulares, y tambiẽ tambien porque eſste vicio de granjear por las vias re feridas, y por otras que resorirè, es tan cõmun commun , y tiene hechos tantos callos en las conciencias de las juſsticias y Corregidores que ya tienen perdido el ſentimiẽto sentimiento de la culpa, y con la miſsma ſseguridad hazen eſstas, y otras coſsas ſemejãtes semejantes como ſsi hizieran vna limoſsna.
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