SI el dolor
ſse deue medir con
la cau
ſsa, porque
ſse padece? Que coraçon humano, no tendrà por ba
ſstante la que cada dia le offrece el mi
ſserable e
ſstado delos Indios de
ſsta Nueua E
ſspaña,
para deshazer
ſse en lagrimas. Y mas
ſsi
ſse con
ſsidera el poco
prouecho, que an cau
ſsado tantas reales Cedulas, de
ſspachadas para remedio de
ſstos daños, por nue
ſstros Catholicos
Reyes en todos tiempos: en e
ſspecial la del prudente Rey
Don Felipe
ſsegundo.
Al Arçobi
ſspo de Lima; en la qual
grauemente mue
ſstra
ſsu
ſsentimiento, condoliendo
ſse de las
mi
ſserias, y vexaciones hechas a los Indios, reprehendiendo el poco cuydado de los Prelados, de que no ayan mirado, y
ſsolicitado el cumplimiento de otras, diziendo.
Entendiamos que nueſstros miniſstros cumplian lo queles auiamos ordenado,
y de no auerlo hecho, ni cumplido, y llegado a eſstado de tanta miſseria
y trabajos, nos á dolido como es razon. Y fuera juſsto que vos, y vue
ſstros anteceßores, como buenos, y cuydadoſsos Paſstores, vuieredes mirado por vueſstras ovejas,
felicitãdo
felicitando
el cumplimiento delo que en ſsu fauor eſstá proueydo, ó dandonos auiſso de los exceſs
ſsos que vuieße, para
que los mandaſs
ſsemos remediar, y ſse cumplieſs
ſse nueſstra voluntad, que
es de que eſstos pobres gozen de deſscanſso, y quietud.
&c. Pues
ſsi
miramos el amoro
ſso, y paternal zelo dela Catholica Reyna Doña I
ſsabel, hallaremos tambien, el auer
ſse quedado
ſsin cumplimiento tantos de
ſs
ſseos, y recomendaciones, como los que declarò en occa
ſsion tan acordada como la de
ſsu te
ſstamento, donde ay vna clau
ſsula,
que dize:
Por ende
ſsuplico al Rey mi ſseñor muy afectuoſsamente, encargo y mando a la
dicha Princeſsa mi hija, y al dicho Principe ſsu Marido, que aſssi lo hagan y cumplan, y que eſste ſsea ſsu principal ſsin, y que en ello pongan mu|
cha diligencia, y no conſsientan, ni dèn lugar que los Indios vecinos, y
moradores de las dichas Islas, é tierrafirme, ganadas, ê por ganar reciban agrauio alguno en ſsus perſsonas, ni bienes: mas manden, que
ſscan bien, y juſstamente tratados, y ſsi algun agrauio an recebido, lo remedien, y prouean,
&c. Otras muchas reales Cedulas ay, demas de las que cada dia de
ſspacha el Con
ſsejo en ella
razō
razon
,
y con todo vemos las mole
ſstias tan
ſsobre los reparos, que
ſse puede dezir de vnas, y otras lo que dixo el P. Iuan Pedro
Maffeo, tratando de otra real Cedula.
De
ſspachada a la
India para el mi
ſsmo efecto, por el piado
ſso Rey Don Iuan
III. de Portugal:
Salutaria Principis mandata,
itemq;
itemque
Prætoris edicta, non quantum par fuerat ponderis habuere obſseruata, & exhau
ſsta fermè facillima quæque, reliqua, partim quod priuatis obſstarent
commodis, haud æquo animo in vulgus accepta.
&c. Ba
ſstante razon, demas de otras, que refieren graues Autores.
Para
que ayan quedado
ſsin la ob
ſseruancia deuida tantas determinaciones Reales, y
ſsin fruto, tan apretantes diligencias,
y proui
ſsiones Reales, como las que cada dia vemos
ſse despachan en las reales Chancillerias. De fuerte, que
ſsi
ſse con
ſsideran e
ſstos tan
ſsaludables remedios, y que no lo
ſson para el mal, y afflicion, que padecen e
ſstos mi
ſserables Indios,
parece que no queda mas que e
ſsperar: ni que pueda auer
otros, que lo puedan
ſser. Y por lo menos, yo de mi digo,
q̃
que
a
ſssi lo é
ſsentido, ha
ſsta agora, que por mi dicha, y
ſsolicitud
ha corrido la impre
ſssion de
ſste libro, en que veo el medio
mas proporcionado para mal que parecia incurable:
q̃
que
es
el que tanto de
ſs
ſseaua la Sanctidad de Pio V. porque
ſsolia
dezir:
Dadme vos, que todos los Confeſs
ſsores hagan ſsu officio como
deuen; que yo os darè el Chriſstianiſsmo gouernado, y mantenido en toda paz, y tranquilidad.
E
ſste pues aduierte, y en
ſseña en e
ſste tratado
ſsu author, in
ſstruyendo a los Confe
ſs
ſsores de las ju
ſsticias de las Indias, de tal manera en
ſsus obligaciones, que
teniendole por Norte, tengo por
ſsin duda,
q̃
que
lo que en tantos años no tuuo remedio,
ſse con
ſsiga con toda
ſsuauidad, y
que podamos de
ſsde luego congratularle con el gran Ca
ſs
|
ſsiodoro:
Caſssiodor. lib.
2 Epiſst. 2.
Tranſsiſsti gloriam diſspoſsitione laudabili: & quod illi aſs
ſsumere non valuerunt, effeciſsti.
Y a
ſssi me parece el a
ſs
ſsumpto
de tanta importancia, que
ſsolo
ſse pudo fiar de vn hijo de
mi gran Patriarcha
ſsanto Domingo: informa breuemente de todo lo nece
ſs
ſsario al intento, con que mas
ſse apetece
por que es daño
ſso el manjar que carga, y no alimenta; y
di
ſscrecion, dexar lugar que otros llenen. Amenaça ruynas a la tirania, que intentó hazer tiros a la razon; prometiendo duracion a lo violento, premio al vicio, y pena a la
virtud. Mas paraque trabajo tan nece
ſs
ſsario quede mas authorizado,
ſsolo falta dezir lo poco que ha venido a mi noticia de
ſsu Author. Fue el P.M.F. Geronymo Moreno, de
los Religio
ſsos de la mayor mode
ſstia, y
ſsantas co
ſstumbres
que an pa
ſs
ſsado de E
ſspaña a e
ſste Nueuo mundo, y tan docto, que al principio de
ſsus e
ſstudios, leyendo Sumulas en el
muy Religio
ſso Conuento de S. Pablo de Seuilla, dexò fama el
ſsignificare
que leyó, que oy llaman de Moreno. Fue
in
ſsigne varon en Cathedra y Pulpito: y con
ſser conocido
y venerado por tal, no
ſse de
ſsdeño (para mayor gloria de
Dios) de aprender de
ſsde
ſsus primeros rudimentos la lengua Zapoteca, con tan grandes fundamentos, que
ſse hizo
tambien Mae
ſstro en ella,
ſsolo con animo de dedicar
ſse del
todo a la defen
ſsa, y amparo delos Indios, hallando
ſse tan
gu
ſsto
ſso en e
ſste exercicio, y en el de mini
ſstro de los
ſsanctos
Sacramentos, que queriendo algunas vezes
ſsu
ſsancta Prouincia de S. Hypolito hazerlo Prouincial, hizo grandi
ſssimas diligencias para no
ſserlo: y auiendolo hecho por obediencia, el Vicario General Mae
ſstro F. Iacinto de Hozes,
hizo
ſsegundas diligencias a los dos años, para dexar el officio; lo qual no qui
ſsieron consentir los Padres Diffinidores, por no quedar
ſsin tan illu
ſstre Prelado: y a
ſssi acabò el
tiempo con gran
ſsatisfacion de todos, y aumento de toda
la Prouincia. Y aunque
ſse puede gloriar la Orden de Predicadores en hijos tan in
ſsignes, como los pa
ſs
ſsados, y pre
ſsentes, per
ſsuadome que el
q̃
que
abre camino tan
ſseguro para |
que
ſse cumpla lo que tan
cuydadoſamẽte
cuydadoſamente
an de
ſseado nue
ſstros Catholicos Reyes,
ſsin gozar el fruto de
ſsus de
ſs
ſseos, ni
tantos bien intencionados elde
ſsus e
ſsperanças.
Plus omnibus
obtulit.
Y pues
ſsolo Dios Nue
ſstro Señor
ſsabe premiar
aquiẽ
aquien
le
ſsirue, quien duda que
ſse pueda dezir (
ſsegun lo mucho, que le
ſsiruió nue
ſstro muy Reuerendi
ſssimo Padre Mae
ſstro Fr. Geronymo Moreno,) &
merces eius cum eo,
que e
ſstará gozando los
inefables bienes de la Gloria,
y bien auenturança.
Amen.