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DIos es comienço, a e medio, e acabamiento de todas las co ſsas, e ſsin el b ninguna coſsa puede ſser: ca por el ſsu poder ſson fechas, c e por el ſsu ſsaber ſson gouernadas, d e por la ſsu bõdad ſson mantenidas e. Onde todo ome que algun buen fecho quiſsiere començar, primero deue poner, e adelantar a Dios en el f, rogandole e pidiendole merced, que le de faber, e voluntad, e poder, porque lo pueda bien acabar. Porende nos don Alfonſso g por la gracia de Dios Rey de Caſstilla, e de Toledo, e de Leon, e de Galizia, e de Seuilla, e de Cordoua, e de Mur cia, e de Iaen, del Algarue, h entendiendo los grãdes lugares q̃ tienen de Dios i los reyes en el mundo, e los bienes que del reſsciben en muchas maneras ſseñaladamente en la muy gran honrra que a ellos faze, queriendo que ellos ſscan llamados Reyes, que es el ſsu nombre [k] E otro ſsi, por la iuſsticia que han de fazerpa ra mantener los pueblos de que ſson ſseñores, que es la ſsu obral: e conociẽdo la muy gran carga, que les es con eſsto, fi bien no lo fizieſsſsen: no tan ſsolamente por el miedo de Dios que es tan poderoſso e iuſsticiero, a cuyo iuyzio han de venir m, e de quiẽ ſse no pueden por ninguna manera aſsconder, ni eſscuſsar: que ſsi mal fizieren, no ayan la pena que merecen: mas avn porla verguença n e la afren ta delas gentes del mundo que juzgan las coſsas, mas por voluntad o, que por derecho p. E auiendo ſsabor de nos guar dar deſstas afrentas e del daño que ende nos puede venir. E otro ſsi, la muy grande merced que nos Dios fizo en querer que vinieſsſsemos del linage q onde venimos, e el lugar en que nos puſso, faziendonos ſseñor de tantas buenas gentes, e | de tan grãdes tierras, como el quiſso me ter ſso nueſstro ſseñorio. Catamos carreras porque nos, e los q̃ deſspues de nos reynaſsſsen en nueſstro ſseñorio, ſsopieſsſsemos a ciertamẽte los derechos para mantener los pueblos en Iuſsticia e en paz. Otro ſsi, porq̃los entẽdimiẽtos delos ornes q̃ ſson departidos b en muchas maneras ſse acor daſssen en vno, cõ razõ verdadera e derecha, para conoſscer primeramẽte a Dios, cuyos ſson los cuerpos e las almas q̃ es ſse ñor ſsobre todos, e de ſsi a los ſseñores tẽporales, de quien reſscibẽ bien fecho en muchas maneras: cadavno enſsu eſstado, ſsegũ ſsu mereſscimiẽto. Otro ſsi, q̃ fizieſssẽ aq̃llas coſsas q̃ fueſssẽ tenidas por buenas, e de q̃ les vinieſsſse biẽ: e ſse guardaſssẽ de fazer yerro q̃ les eſstuuieſsſse mal, e de q̃ les pudieſs ſse venir daño, por ſsu culpa. E porq̃ todas eſstas coſsas no podriã fazer los omes cũplidamẽte, ſsino conoſscieſssẽ cada vno en ſsu eſstado, ql es lo q̃ le cõuiene q̃ faga en el, e de lo q̃ ſse deue de guardar. E otro ſsi, delos eſstados de las otras coſsas a q̃ deuẽ obedecer. Poreſsſso fablamos todas las co ſsas e razones q̃ a eſsto perteneſscen. E fezimos ende eſste libro, porque nos ayudemos nos del e los otros q̃ deſspues denos vinieſssẽ conoſsciẽdo las coſsas, e oyendo las ciertamẽte: ca mucho cõuiene a los re yes e ſseñaladamẽte a los deſsta tierra, cono cer las coſsas ſsegũd ſson, e eſstremar c el de recho del tuerto, e la mẽtira dela verdad: ca el q̃ no ſsupiere eſsto, no podra fazer la iuſsticia biẽ e cũplidamẽte, q̃ es a dar a cada vno lo q̃ le cõuiene cũplidamẽte, e lo q̃ mereſsce. E porq̃ las nr̃as gẽtes ſson leales, e de grãdes coraçones: por eſsſso a meneſster q̃ la lealtad ſse mãtenga cõ verdad, e la fortaleza de las voluntades con derecho, e con iuſstitia: ca los reyes ſsabiendo las coſsas que ſson verdaderas e derechas, fazerlas han ellos, e no conſsentiran alos otros que paſsſsen cõtra ellas: ſsegũd dixo el rey Salomon [d] que fue ſsabio y muy ju ſsticiero, q̃ quando el rey eſstuuieſsſse en ſsu Cadira de iuſsticia q̃ ante el ſsu acatamiẽto ſse deſsatã todos los males. Ca pues q̃ lo entendiere, guardara a ſsi e a los otros, de daño. E por eſsta razõ fezimos ſseñaladamente eſste libro: porq̃ ſsiempre los reyes del nueſstro ſseñorio ſse catẽ en el anſsi como en eſspejo: e vean las coſsas q̃ an en ſsi de enmẽdar, e las enmiẽden, e ſsegund aqueſsto q̃ fagan en los ſsuyos. Mas porq̃ tantas razones, ni tan buenas como auia meneſster para moſstrar eſste fecho, no podiamos nos fablar por nueſstro entendito, ni por nr̃o ſseſso, para cũplir tan grand obra e tan buena, a corrimonos dela merced de Dios e del hendicto ſsu fijo nueſstro ſseñor Ieſsu Chriſsto, en cuyo esfuerço nos lo comẽçamos, e de la virgen ſsanta Maria ſsu madre, q̃esmedianera entrenos e el e de toda la ſsu corte celeſstial: e otro ſsi de los dichos dellos. e E tomamos de las palabras e de los buenos dichos q̃ dixerõ los ſsabios, q̃ entendierõ las coſsas ra zonadamẽte, ſsegũd natura e delos derechos de las leyes, e de los buenos fueros q̃ fizieron los grãdes ſseñores, e los otros omes ſsabidores de derecho, enlas tierras q̃ ouierõ de juzgar. E puſsimos cada vna deſstas razones do cõuiene. E a eſsto nos mouio ſseñaladamẽte trescoſsas. La primera, el muy noble e bienauenturado rey do Fernãdo [f] nr̃o padre q̃ era cũplido de juſsticia e de derecho, q̃ lo quiſsiera fazer ſsi mas biuiera: e mãdo a nos q̃ lo fizieſsſse mos: la ſsegũda, por dar ayuda e esfuerço alos q̃ deſspues de nos reynaſssẽ, porq̃ pu dieſssẽ mejor ſsufrir la grãlazeria etrabaio q̃ an de mãtener los reynos, los q̃ lo bien quiſsieſssẽ fazer. La tercera, por dar carrera alos omes de conoſscer el derecho e la razon, e ſse ſsupieſssẽ guardar de fazer tuerto ni yerro, e ſsupieſssẽ amar e obedeſscer alos tros ſseñores q̃ deſspues de nos vinieſsſsen. E eſste libro fue comẽçado [g] a fazer e a cõponer, viſspera de S. Iuan Baptiſsta, a quatro años e. xxiij. dias andados del comiẽço del nr̃o reynado, q̃ comẽço quando andaua la AEra de Adam en cinco mill e veynte vn años Hebraycos [h], e dozien|tos e ochẽta e ſsiete dias. E la AEra del diluuio, [b] en quatro mili e trezientos e cinquenta e tres años Romanos, e ciento e cinco dias mas. E la AEra de Nabucodo noſsor en mill e nouecientos e nouenta e ocho años Romanos, e nouenta dias mas. E la AEra de c Felipo el grand rey de Grecia, en mill e quinientos e ſseſsenta e quatro años Romanos, e veyntey dos dias mas. E la AEra del gran Alexandre de Macedonia, en mili e quinientos e ſseſsenta e dos años Romanos, e dozientos e quarenta e tres dias. E la AEra de Ceſsar d en mill e dozientos e ochenta e nueue años Romanos, e ciento e cinquẽ ta dias mas. E la Aera e de la Encarnacion en mill e dozientos e cinquenta e vn años Romanos, e ciento e cinquenta e dos dias mas. E la AEra de los Arauigos f en ſseyſscientos e veynte nueue años Romanos, e trezientos e vn dias mas. E fue acabado deſsde que fue començado a ſsiete años cumplidos.
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