LImo
ſsna es co
ſsa que plaze mucho a Dios, e a los omes: e quien la puede fazer
e deue le plazer mucho con ella en todo tiempo, e
ſseñaladamente en los dias de las fie
ſstas, e de los ayunos, que dize en las leyes ante de
ſsta. Pero aquel que non pudiere cũplir a todos, puede fazer departimiento entre aquellos a quien lo ha de dar a quales dellos, e a quales non. E para e
ſsto fazer cumplidamente, deuen catar nueue co
ſsas
f. La primera es,
ſsi aquel q̃ la pide,
ſsi es de
ſsu creencia, o de otra, ca ante la deue dar a
ſsu Chri
ſstiano
g, q̃ nõ a otro que nõ fue
ſsſse de
ſsu ley: porq̃ en grã culpa
ſseria aquel q̃ vie
ſsſse el de la
ſsu fe en cuyta de fambre,
ſsi non le acorrie
ſsſse, podiendo lo fazer, e lo die
ſsſse al de o tra creencia: e mayormẽte, quando nõ qui
ſsie
ſsſse pedir por grand verguença q̃ ouie
ſsſse. La
ſsegunda es, que deue catar la cuyta en que e
ſsta el pobre: ca ante deue dar limo
ſsna al que yaze captiuo
h, para
ſsacar lo ende, que non a otro. La tercera es, que deue catar el pobre que yaze en carcel, dõde le die
ſsſsen penas por debda
i que deuie
ſsſse, e non por otra maldad que ouie
ſsſse fecho: ca ante deue a e
ſste acorrer, que non a otro, que non e
ſstouie
ſsſse en tanta premia. Ca como quier que a todos los cuytados deuẽ los omes fazer merced: mas conuiene que la fagã a los que
ſson buenos, e nõ mere
ſscierõ por q̃ ouie
ſsſsen pena. La quarta es, que deuen catar el tiempo, en que deue fazer limo
ſsna: ca
ſsi acae
ſscie
ſsſse por vẽtura q̃ qui
ſsie
ſsſsen ju
ſsticiar
k a alguno
ſsin derecho
l, e lo pudie
ſsſsen e
ſstoruar por auer q̃ die
ſsſsen por el: ante deuẽ fazer limo
ſsna a e
ſste atal, q̃ al otro que non e
ſstuuie
ſsſse entan grand cuyta: ca mas deuẽ preciar los omes la vida del cuytado, que el auer que dariã por el. La quinta co
ſsa es, que deue
ſser fe cha cõ me
ſsura: ca non la deuẽ toda via dar avno, nin envna vegada, mas departiendo lo en muchas,
m e en muchos dias, porq̃ puedan mas cũplir con ella, e fazer merced a mas omes. Pero
ſsi fue
ſsſse a tal ome que
ſse qui
ſsiere dexar del mũdo, e dar todo lo
ſsuyo por Dios, e
ſstonce bien lo puede dar en vna ora
ſsi qui
ſsiere. La
ſse
ſsta co
ſsa que deue catar,
ſsi ha parẽte
ſsco con aquel a quien qui
ſsiere dar limo
ſsna: ca
ſsi algũos qui
ſsie
ſsſsen dar por Dios alguna co
ſsa do ouie
ſsſse pariẽtes pobres
n, ante lo deuẽ dar a ellos, q̃ nõ a otros e
ſstraños: e nõ por
ſsabor que ayã de fazerlos ricos, mas por darles cõ q̃ puedan beuir, e que non ayan razon de fazer mal: ca mas vale que
ſsean ayudados de
ſsus parientes, que nõ que an dẽ con grand verguẽça, pidiendo a los e
ſstraños. La
ſsetena co
ſsa es, que deue parar miẽtes de que edad
o es el que pide la limo
ſsna, q̃ ante deue dar a los viejos, que lo nõ pueden ganar, que a los man cebos. La otaua es, que deuen catar la |
flaqueza
a del pobre: e ante deuen dar limo
ſsna a los ciegos, e a los contrechos e a los enfermos, mirando la flaqueza que ay en ellos, que non a los
ſsanos. La nouena co
ſsa es, que deuen catar el e
ſstado del pobre: ca el que qui
ſsiere fazer limo
ſsna, ante la deue dar a los pobres, que
ſson fijos dalgo
b, e a los otros buenos omes, que ouieron grandes riquezas, e cayeron de
ſspues en grã pobreza, nonpor maldad que ouie
ſsſsen fecho, mas por
ſsu de
ſsauentura, que a los otros pobres, que non fue
ſsſsen de tal logar como ellos.