¶ Lo. xviij.
† que el arrepentimiento de los peccados, imperfecto, y
no
circunstāciado
circunstanciado
, y qualificado en la manera suso dicha, puedese
llamar atricion, pero no contricion. Y es de dos maneras, segun
Caie.
La vna de los
q̃
que
se arrepienten de auer peca do
mortalmẽte
mortalmente
,
y querrian no peccar:pero no se
determinā
determinan
a guardarse del todo
dello. La otra de los que se arrepienten de auer peccado, y determinan de no peccar mas, sin
cōcebir
concebir
al pecado, por la cosa del
mũ
do
mundo
mas aborrescible, y sin
pẽsar
pensar
en lo euitar, como a la cosa del
mũ
do
mundo
mas euitable. Y aun el arrepen timiento arriba definido de los
que se arrepienten del pecado, como de la cosa mas aborrescible,
y determinan de euitarlo, como la cosa mas euitable, es atricion, segun el hasta que Dios por su misericordia, acuda con su gracia: pero es de otra especie, y se llama contricion informe. Mas segun la
Comũ
Comun
que arriba
seguimos por tal arrepentimiento
siẽpre
siempre
Dios
por su misericordia, da su gracia: y ansi no se halla sin ella. La
† primera de las dichas atriciones, no basta, para perdon arse el pecado
por sola ella, ni aun por ella, y la absolucion: antes peca quien con
ella la pide, o toma.* Lo mismo se ha de dezir del arrepentimiento, que se concibe del pecado sola o
principalmẽte
principalmente
por el daño de
honrra, descanso, o prouecho temporal, o por el miedo de la
deshō
rra
deshonrra
, trabajos, o pena temporal, o eterna, aun
q̃
que
el tal arrepentimiento no es pecado, ni mala obra, como algunos han dicho, antes es
loable, sino quando con tal voluntad se concibe,
q̃
que
sino fuesse por
euitar
aq̃l
aquel
daño, o miedo se holgaria de auer pecado. Ca esto nueuo pecado seria
como arriba
lo diximos.* La segunda no basta
para perdonarse el pecado por ella, ni aun por ella, y la absolucion
sacramẽtal
sacramental
, aun que basta para pedirla, y tomarla sin pecado, y para
q̃
que
la absolucion valga, y no sea obligado a reiterar la confession,
y para alcançar el effecto del sacramento,
quādo
quando
llegare a tener el
arrepentimiento sobredicho.* Desta opinion de Caietano
nũca
nunca
nos hemos osado apartar, por su authoridad, y nadie le auer
nũca
nunca
cōtradicho
contradicho
: pero agora so la correction deuida nos paresce que a
quien de veras le pesa de auer pecado
mortalmẽte
mortalmente
, y se determina
a no pecar mas, por ser el pecado offensa y injuria de Dios, y
creyẽ
do
creyendo
sin gruessa ignorancia, que su dolor es para ello bastante, se
cō
fiessa
confiessa
, y recibe la absolucion sacramental, no solamente cumple
cō
con
el præcepto de se confessar (como el dize) pero aun alcança misericordia y gracia del padre de las misericordias y gracias.
Porq̃
Porque
nin|
guna escriptura sagrada expressa ser necessario concebir al pecado por la cosa mas aborrescible del
mũdo
mundo
. Ca
solamẽte
solamente
dize,
Pœnitentiā
Pœnitentiam
agite
. Hazed penitencia.
Pœnitemini
. Arrepentios.
Facite fru
ctus dignos pœnitentiæ
. Obrad obras dignas de penitencia. I
n
quacun
quacunque
die
cōuersus
conuersus
fuerit peccator, iniquitatum eius amplius
nō
non
recordabor.
En
cōuertiẽdose
conuertiendose
el pecador, le perdonare.
Cōuertimini
Conuertimini
.
Cōuertios
Conuertiros
.
Scindite
corda vestra.
Romped vuestros coraçones.
Dixi
confite
bor aduersum me iniustitiam meam Domino, & tu remisisti impieta
tem peccati mei.
En determinando me a confessar mi pecado al Se
ñor, y tu me lo perdonaste. Ni ay
Cōcilio
Concilio
, ni Papa, ni doctor sagrado de
tātos
tantos
,
q̃
que
enel Decreto se alegan, que tal, declare. Porque todo
lo que ellos dizen en summa es, lo que mucho ha, el concilio Florentino
, y poco ha el Tridentino
mas claro dixeron, ser para
esto necessario doler nos de los pecados cometidos, con proposito de no pecar mas, y con esperança de perdon sin poner estas reflexiones, y comparaciones dificiles, y de pocos sabidas y de menos vsadas. Y aun sant Augustin
, poniendo differencia entre
con
uersum, & versum, conuertido y buelto dize que
versus, o buelto
se dize el, que dexa de pecar por temor de la pena, y
conuersus, o
conuertido el, que solamente, o mas principalmente por amor de
Dios, y por pesar le de su offensa se aparta dello. Allegase a esto
que pocos (en comparacion de los otros) son los confessantes, que
desde que el sacramento de la penitencia fue instituydo hasta oy
han hecho, y hazen esto, y los confessores que induzen a ello. Y (a
nuestro parescer) claramente lo sintio el Concilio
Tridẽtino
Tridentino
. Ha
nos consolado el oyr, que esto mesmo se dixo aquel muy pio y clarissimo doctor fray
Frācisco
Francisco
de Victoria, y aun (a mi parescer) el se
ñor doctor Soto
lo siente,
diziẽdo
diziendo
lo del Corolario
siguiẽte
siguiente
, que
confirma mucho esto. De todo lo qual se sigue quan vtil y segura
cosa sea la confession al arrepentido.