¶ El. xij.
10
que deste precedẽte precedente se sigue, que los que en la yglesia cometen pecado de soberuia, perjurio, o gula &c. no han de confessar de necessidad la circunstancia del lugar sagrado, ni los que estando en sagrado dessean matar, herir o fornicar, con tanto, que no lo desseen cometer, ni poner por obra enel. Ca si esto desseassen, aun | que estuuiessen fuera de sagrado, serian obligados a confessar la circũstācia circunstancia del sacrilegio, que enello cometen, como lo diximos alibi
.
Loading...