¶ Si pidio salario notablemente demasiado, no le teniendo publico, o teniendolo con pacto de no recebir nada, o no mas de vn tanto, recebio alguna cosa notable, o mas de lo ordenado, aunque se
le diesse por su voluntad. M. con obligacion de restituyr, si no selo
merece por otros seruicios, y visitaciones, que en
tiẽpo
tiempo
de sanidad
le haze
. El salario,
q̃
que
el enfermo le prometio, por temor de la muerte, o de graue dolencia, no lo puede pedir, si
otramẽte
otramente
es sobrado
.
¶ Si hizo
†
cōprar
comprar
medicinas sobradas al enfermo, por tener pacto
cō
con
el boticario, o por otros respectos ilicitos. M.
cō
con
obligaciō
obligacion
de restituyr
. ¶ Si no quiso curar de gracia al pobre enfermo. M. segun
la glo. celebre, y recebida
. Lo qual (a
nr̃
nuestro
parecer) se ha de
entẽder
entender
,
quando veya, que peligraria, si no lo curasse, y no auia otro que lo
curasse, ni quien pagasse la cura: porque entonces esta en extrema
necessidad, y
otramẽte
otramente
no, por lo dicho arriba
. Y lo mesmo si no
curo al rico, que no le queria pagar,
segũ
segun
la mesma glossa
: lo qual
se ha de entender del que bien se queria curar con el, pero por auaricia de no pagar, no lo hazia
estādo
estando
en gran necessidad dello: y si
lo cura, puede cobrar su salario despues del muerto, o sano,
segũ
segun
la
dicha glossa, y la mente de todos
In. d. §. 1. &
d. c. Pasce.
.