¶ Lo octauo,
† que si el penitente no quiere, que se le de tan grande: diminuy ala quanto el quisiere, declarandole la pena del otro
mundo, segun los
Parisiẽses
Parisienses
. Y aun hara bien en dezirle, que sino
rezare, o ayunare el dia señalado, lo que le encarga, lo ayune, o reze en otro: o que la pueda redemir por limosnas. Porque raras vezes se le ha de imponer al pecador tan gran
penitẽcia
penitencia
satisfactoria.
|
que el no quiera cumplir. Dezimos (satisfactoria) porque necessariamente se le ha de imponer la que es necessaria, para salir del
pecado, y culpa confessada, y no recaer enella. Qual es la de restituyr lo ageno, la de no tener odio mortal al proximo, la de dexar
el officio, que no se puede exercitar sin pecado. M. Y la de euitar
las
cōuersaciones
conuersaciones
, y
cōpañias
compañias
,
q̃
que
vee le haran pecar
mortalmẽte
mortalmente
. Ca
quiẽ
quien
estas y otras
semejātes
semejantes
no quiere hazer, en ninguna manera se
puede, ni deue absoluer, como lo diximos alibi.
* Es empero
q̃stiō
question
difficil, si el penitente es obligado de precepto a acceptar la
penitẽ
cia
penitencia
justa, que el confessor le
mādare
mandare
, la qual arriba
remitimos a
este lugar: y en la edicion passada inclinamos mas a la opinion de
de Hostien.
y Panor.
a quien ningun Canonista (que yo me acuerde)
cōtradize
contradize
. Los quales dizen, que no es obligado a tomar
mas de vn
Pater noster, y Scoto,
Gabriel,
Sylu.
Caiet.
y Medina
,
siẽtẽ
sienten
que no, ni aun vn
Pater noster. Y para satisfazer a algunos agora, dezimos lo primero, que esta
questiō
question
es inutil (a nuestro parescer) en la platica, ca creemos, que nunca ouo, ni aura penitente tan duro, que venga a confessar se, que no quiera recebir alguna penitencia. Lo. ij. que muy gran señal es de que no trae el arrepentimiento, y el dolor deuido para lo absoluer, el que viene con
proposito de no recebir alguna
penitẽcia
penitencia
. Lo. iij. que por la sobre
dicha
opiniō
opinion
de Hosti. Scoto, y sus sequaces haze que parece muy
duro dezir, que vn pecador, que confiessa vn millon de pecados
mortales, es obligado so pena de pecado mortal a recebir toda la
penitencia, que por ellos merece: y que sino es obligado a recebir
toda la penitencia justa, tampoco lo sera a recebir la mitad, ni otra parte alguna: pues tan justa es la sentencia, que condena a toda la merecida, quanto la que ala parte: y assi no ay mas razon de
obligarlo a recebir vna parte, que otra, sino (quando mucho)
algun comienço della: qual es vn
Pater noster, o otra cosa
semejā
te
semejante
como dize Hostiense. Haze tambien que parece, que no ay texto, ni razon, que concluya que este tal pecador sea obligado (so
pena de pecado mortal) a tener proposito efficaz de satisfazer a
Dios en esta vida por tanto pecado: y por consiguiente, que basta
tener proposito de satisfazer a qui por penitencia, o indulgencia,
o enel purgatorio, por horrible pena. Haze tambien que esta opinion ningun parentesco tiene con la de Luthero, que niega ser necessaria satisfacion alguna, en este, ni enel otro mundo: y esta tiene, que no solamente es necessaria la satisfacion, pero aun el proposito efficaz de satisfazer eneste, o en el otro mundo. Lo. iiij. digo
|
que por la contraria
opiniō
opinion
que tiene Paluda.
In. 4. d. 17.
q. 2. art. 1.
haze, que vn
cō
cilio
concilio
dize que el penitente deue recebir la penitencia que el confessor le impone. Y otro,
que el confessor deue arbitrar la
penitẽ
cia
penitencia
: y que todos los catholicos confessamos, que el confessor como
tiene poder para absoluer, assi lo tiene para obligar, y que el conci
lio Tridentino
da por herege al que lo contrario dixere. Mas que
el concilio
Lateranẽse
lateranense
mando a los confessores, que no absoluiessen a los blasphemos de Dios, y de su madre, sin muy grande penitencia, a aluedrio deseuero confessor.